Las víctimas de Angrois reclaman anular la absolución del exresponsable de seguridad de Adif

Las víctimas del accidente del Alvia en Angrois piden anular la absolución de Cortabitarte y denuncian falta de motivación y coherencia en la sentencia.

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La plataforma de víctimas del siniestro del tren Alvia en Angrois (Santiago), ocurrido en julio de 2013, ha solicitado que se deje sin efecto la absolución del exdirector de Seguridad en la Circulación de la empresa pública Adif, Andrés Cortabitarte.

La petición se formula mediante un escrito al que ha tenido acceso Europa Press y que va dirigido a la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña. El documento, fechado el pasado lunes 27, fue presentado “dentro del plazo de 20 días” desde la notificación del auto, que se produjo el 23 de marzo.

En su recurso, las víctimas reclaman que se anule la resolución dictada en enero, por la que se confirmó la condena al maquinista Francisco Garzón, pero se revocó la condena previa y se acordó la absolución de Cortabitarte.

El abogado de la plataforma sostiene que “es procedente interponer el presente incidente de nulidad de actuaciones ya que la vulneración de derechos fundamentales se ha producido con la sentencia de apelación y, por tanto, no ha podido ser denunciada con anterioridad”.

Del mismo modo, considera que “la procedencia del incidente se justifica porque la sentencia de apelación es firme, pone fin al proceso y no es susceptible de recurso ordinario ni extraordinario, siendo este el momento procesal oportuno para interesar la nulidad de actuaciones”.

“FALTA DE MOTIVACIÓN Y DE COHERENCIA”

El letrado fundamenta el escrito en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y, en primer término, denuncia “falta de motivación”. En este sentido, reprocha que el fallo exonere a Cortabitarte “de manera completamente irrazonada, sin entrar a combatir lo más mínimo, o a analizar si quiera, la extensa argumentación de la sentencia de instancia, sobre la existencia de la obligación normativa y técnica de analizar los riesgos asociados a la explotación de una línea ferroviaria en su conjunto, incluyendo por supuesto el riesgo de exceso de velocidad, y el riesgo de fallo humano, ambos sobradamente conocidos en la historia del ferrocarril”.

En un segundo motivo, aprecia “falta de coherencia con los hechos probados” y, en tercer lugar, alude a una “extralimitación en la valoración de la prueba”.

“La interpretación de la sentencia de apelación, además de frontalmente contraria a los hechos declarados probados y a la fundamentación y argumentación de la sentencia de instancia, tampoco resulta razonable, pues en base a la misma nadie en una organización como Adif tendría la competencia sobre la seguridad en la circulación”, subraya el escrito.

La conclusión “es clara”, insiste el abogado de la plataforma: “si no se atribuye una competencia a nadie en concreto, entonces nadie es responsable”.