Selectivitat 2026: què canvia amb la nova PAU i per què seguirà sense ser igual a tot Espanya

La nova prova d'accés a la universitat incorpora un marc comú més homogeni, encara que les comunitats i universitats mantenen marge d'aplicació

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La Selectivitat de 2026 arriba amb canvis rellevants i amb una promesa de fons que fa temps que és sobre la taula: acostar la prova d'accés a la universitat entre comunitats autònomes per reduir algunes de les diferències històriques que han alimentat el debat educatiu a Espanya. No obstant això, encara que el nou marc introdueix regles comunes i una major harmonització, l'examen seguirà sense ser completament idèntic a tot el país.

La convocatòria immediata incorpora modificacions derivades de la nova regulació estatal de la PAU, però el disseny i organització concreta de les proves continua depenent en part de les comunitats autònomes i de les universitats, cosa que manté diferències pràctiques entre territoris.

Què canvia a la Selectivitat de 2026

Un dels principals canvis afecta el propi enfocament dels exàmens. La nova PAU aposta per un model més competencial, en línia amb l'evolució del sistema educatiu, amb proves orientades no només a la memorització de continguts, sinó també a la capacitat de l'alumnat per aplicar coneixements, analitzar informació i desenvolupar respostes més elaborades.

També s'introdueixen criteris comuns per fer més homogènia l'avaluació, incloses pautes compartides sobre correcció i determinats elements lingüístics.

Un altre dels objectius del nou model és reduir diferències excessives entre estructures d'examen segons el territori, una de les qüestions que més polèmica havia generat en anys anteriors.

Per què no serà exactament igual a tot Espanya

Encara que el marc normatiu és estatal, l'aplicació pràctica continua deixant marge a les comunitats autònomes i al sistema universitari en diferents aspectes organitzatius i de desenvolupament de la prova.

Això significa que l'alumnat afrontarà una PAU amb major aproximació entre territoris, però no amb un examen idèntic a cada racó del país. Les diferències no desapareixeran per complet perquè el model educatiu espanyol manté competències descentralitzades en matèria educativa i universitària. Aquesta realitat explica per què l'homogeneïtzació serà parcial i no absoluta.

La comparació entre els exàmens autonòmics fa anys que forma part del debat educatiu. Les crítiques s'han centrat en si estudiants de diferents territoris competeixen en condicions realment equivalents quan aspiren a places universitàries que, en molts casos, s'adjudiquen dins d'un mateix sistema d'accés.

El nou model intenta respondre parcialment a aquest debat introduint una base comuna més clara. Però no suposa una recentralització completa de l'examen ni elimina tota capacitat autonòmica d'adaptació.

Per això, la Selectivitat de 2026 marcarà un canvi important respecte a convocatòries anteriors, però seguirà deixant marge a diferències pràctiques entre comunitats.

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¿En qué estado parlamentario se encuentra la nueva regulación estatal de la PAU y cuáles son los siguientes pasos para su implantación definitiva?

Estado parlamentario actual de la nueva regulación estatal de la PAU

La nueva regulación estatal de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) ha concluido su tramitación parlamentaria y no quedan etapas pendientes en el Senado ni en el Congreso. La iniciativa relacionada, identificada como (15) 810/000626, finalizó su recorrido parlamentario el 9 de julio de 2024, limitándose a la certificación de un acuerdo municipal y sin que se aprobara una norma con rango de ley ni se introdujeran enmiendas. Por tanto, la responsabilidad de la implantación definitiva recae ahora en el Gobierno central.

Detalles sobre la tramitación y próximos pasos

La tramitación parlamentaria de la regulación estatal de la PAU ha finalizado sin la aprobación de una ley específica. El siguiente paso corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional, que debe elaborar la normativa estatal pertinente. Esta regulación se formalizará mediante un Real Decreto, que será aprobado por el Consejo de Ministros y posteriormente publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Una vez publicado, la nueva normativa entrará en vigor y el Ministerio podrá dictar instrucciones complementarias para su desarrollo, como criterios de evaluación o plazos de inscripción.

Tras la publicación oficial, se comunicará a las comunidades autónomas y a los centros educativos para que adapten sus procesos de admisión universitaria a la nueva regulación. En resumen, la fase parlamentaria está cerrada y la implantación definitiva depende exclusivamente de la acción normativa del Ejecutivo.

Resumen de los siguientes pasos
  • Redacción de la normativa estatal por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Aprobación del Real Decreto en el Consejo de Ministros.
  • Publicación en el BOE y entrada en vigor.
  • Desarrollo de instrucciones complementarias por parte del Ministerio.
  • Comunicación a comunidades autónomas y centros educativos para la adaptación de los procesos de admisión.

Para más detalles sobre la conclusión de la tramitación parlamentaria, puedes consultar la información oficial del Senado.

¿Qué cambios principales introduce la nueva regulación estatal de la PAU respecto al modelo anterior? ¿Qué papel tendrán las comunidades autónomas en la aplicación de la nueva PAU? ¿Cuándo está previsto que entre en vigor la nueva regulación de la PAU?

¿Cuáles son las competencias y atribuciones de las comunidades autónomas en materia de educación según la legislación española?

Competencias y atribuciones de las comunidades autónomas en materia de educación en España

Las comunidades autónomas españolas tienen amplias competencias en materia de educación, que incluyen la gestión, organización y desarrollo del sistema educativo en su territorio, siempre dentro del marco básico establecido por el Estado. El Estado fija las bases y la coordinación general, mientras que las comunidades autónomas adaptan y ejecutan la legislación educativa, gestionan los centros y el profesorado, y pueden promover la educación en lenguas cooficiales. Esta distribución de competencias está regulada principalmente por la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la Ley Orgánica de Educación (LOE/LOMLOE).

Marco constitucional y legal

La Constitución Española de 1978 establece en su artículo 148.1.9 que las comunidades autónomas pueden asumir competencias en educación, mientras que el artículo 149.1.30 reserva al Estado la competencia exclusiva sobre las bases y coordinación general del sistema educativo. La LOE y su modificación por la LOMLOE desarrollan este reparto competencial.

Competencias autonómicas en educación

Según la legislación vigente, las comunidades autónomas pueden:

  • Desarrollar y ejecutar la legislación educativa estatal en su territorio.
  • Organizar y gestionar los centros docentes públicos y privados concertados.
  • Elaborar y adaptar el currículo escolar a las características de la comunidad, respetando los mínimos estatales.
  • Establecer el calendario escolar y la ordenación del curso académico.
  • Gestionar el profesorado de los centros públicos (selección, formación, promoción).
  • Planificar y gestionar la oferta educativa, incluyendo la creación, supresión o modificación de centros.
  • Promover la educación en lenguas cooficiales donde existan (catalán, gallego, euskera, valenciano, etc.).
  • Desarrollar programas específicos para atención a la diversidad, integración, innovación educativa y formación profesional.
  • Gestionar los recursos económicos y materiales destinados a la educación en su territorio.
  • Supervisar y evaluar el sistema educativo autonómico.
  • Fomentar la participación de la comunidad educativa en la gestión de los centros.
Competencias exclusivas del Estado

El Estado mantiene competencias exclusivas en:

  • Ordenación general del sistema educativo.
  • Normativa básica sobre enseñanzas mínimas.
  • Homologación y equivalencia de títulos y estudios.
  • Coordinación general del sistema educativo.
  • Regulación de enseñanzas de régimen especial (música, artes, idiomas, etc.).
  • Normativa sobre becas y ayudas estatales (las comunidades pueden complementarlas).
Ejemplos prácticos

En comunidades con lengua cooficial, como Cataluña o Galicia, la educación se imparte en la lengua propia y en castellano, con un currículo adaptado. Además, las comunidades pueden diseñar programas específicos para formación profesional, educación de adultos o atención a la diversidad, y gestionan la contratación de profesores y la inspección educativa.

Resumen comparativo
Competencias Estado Comunidades Autónomas
Bases y ordenación general del sistema No
Currículo y enseñanzas mínimas Sí (establece mínimos) Sí (desarrolla y adapta)
Gestión de centros públicos No
Gestión del profesorado No
Calendario escolar No
Lenguas cooficiales No
Homologación de títulos No
Becas y ayudas estatales No (pueden complementar)

En conclusión, las comunidades autónomas gestionan y adaptan la educación a sus características culturales, sociales y lingüísticas, dentro del marco básico y coordinado por el Estado.

¿Qué diferencias existen entre las competencias educativas de las comunidades autónomas con lengua cooficial y las que no la tienen? ¿Cómo ha evolucionado la distribución de competencias educativas entre el Estado y las comunidades autónomas desde la aprobación de la Constitución? ¿Qué mecanismos existen para resolver conflictos de competencias en materia educativa entre el Estado y las comunidades autónomas?

¿Cuántas veces se ha reformado la prueba de acceso a la universidad en España durante la última década y cuáles han sido los principales cambios?

Reformas de la prueba de acceso a la universidad en España (2016-2026): número y principales cambios

En la última década, la prueba de acceso a la universidad en España ha sido reformada al menos en tres ocasiones significativas: en 2017 (transición de PAU a EBAU), en 2024 (ajustes para adaptar la prueba a la LOMLOE y nuevos currículos) y en 2025-2026 (implantación de un modelo competencial y homogeneización estatal). Los principales cambios han sido la estructura de la prueba, el enfoque competencial, la penalización ortográfica y la progresiva armonización entre comunidades autónomas. La reforma de 2026 es la más profunda, consolidando un examen único nacional, mayor exigencia en competencias y criterios de corrección comunes.

1. Reforma de 2017: De PAU a EBAU

En 2017, la tradicional Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) fue sustituida por la Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU). Se establecieron dos fases: una general (obligatoria) y otra voluntaria para subir nota. La nota de acceso pasó a ponderar un 60% la media de Bachillerato y un 40% la calificación de la EBAU. Esta reforma buscó adaptar la prueba a la nueva legislación educativa y a un enfoque menos memorístico y más competencial.
Más información: La Moncloa sobre la EBAU 2024

2. Ajustes y modificaciones (2024-2025): Adaptación a la LOMLOE y modelo competencial

En 2024 se introdujeron cambios para adaptar la EBAU a la LOMLOE y a los nuevos currículos de Bachillerato. Entre los cambios más destacados:

  • Elección entre Historia de España o Historia de la Filosofía en la fase obligatoria.
  • Duración de los exámenes fijada en 90 minutos, con descansos entre pruebas.
  • Modelo de examen con preguntas a elegir, orientado a evaluar competencias.
  • Inicio de la homogeneización de criterios de corrección y estructura entre comunidades autónomas.
Demócrata sobre la reforma de acceso

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