Hasta 100 euros al mes por dos hijos: quién puede pedir esta deducción sin esperar a la renta

Hacienda permite anticipar hasta 1.200 euros anuales, pero exige condiciones sobre la situación familiar, la pensión de alimentos y el mínimo por descendientes. Así se solicita mediante el modelo 143

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Tener dos hijos puede dar derecho a una deducción de hasta 1.200 euros anuales en el IRPF y, si se cumplen los requisitos del anticipo, cobrar hasta 100 euros al mes. La Agencia Tributaria contempla esta posibilidad para determinados ascendientes separados legalmente o sin vínculo matrimonial. No se concede automáticamente a todas las familias monoparentales. 

La clave está en las condiciones: los hijos no deben tener derecho a percibir anualidades por alimentos y el solicitante debe poder aplicar íntegramente el mínimo por descendientes. Además, tiene que cumplir los requisitos laborales o de percepción de prestaciones previstos.

Quién puede pedir los 100 euros mensuales

La deducción exige reunir las condiciones familiares y, además, encontrarse en alguno de los supuestos que reconoce Hacienda. Entre ellos figuran trabajar por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social o mutualidad, cobrar prestaciones contributivas o asistenciales de desempleo o percibir determinadas pensiones.

También se contemplan prestaciones de mutualidades alternativas en los términos previstos. Estar inscrito como demandante de empleo, sin cobrar una prestación y sin cumplir otra de las situaciones habilitantes, no basta por sí solo.

Deducción de hasta 100 euros al mes por dos hijos
Qué hay que comprobar Condición
Situación del progenitor Ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial.
Pensión de alimentos Los dos hijos no deben tener derecho a percibir anualidades por alimentos.
Mínimo por descendientes El solicitante debe tener derecho a aplicarlo íntegramente.
Trabajo o prestaciones Alta por actividad laboral o percepción de las prestaciones o pensiones previstas.
Cuantía Hasta 1.200 euros anuales en total, en función de los meses y límites aplicables.
Cobro anticipado Modelo 143 y cumplimiento de sus requisitos específicos.
Familia numerosa Esta deducción es incompatible con la de familia numerosa.

Fuente: Agencia Tributaria. Tener dos hijos o ser familia monoparental no basta por sí solo para acceder. Los 100 euros mensuales no corresponden a cada hijo.

No cobrar una pensión de alimentos no equivale a no tener derecho a ella

Este es uno de los puntos que más conviene revisar. La condición se refiere a que los hijos no tengan derecho a percibir anualidades por alimentos. Si existe ese derecho y el otro progenitor incumple el pago, el impago no transforma automáticamente la situación en la exigida para esta deducción.

También hay que comprobar el mínimo por descendientes. La AEAT explica que, cuando la guarda y custodia es compartida, el mínimo se prorratea entre los progenitores. En ese supuesto no se cumple la exigencia de que uno de ellos lo aplique íntegramente.

Para los ascendientes sin vínculo matrimonial, Hacienda vincula la aplicación de la totalidad del mínimo a que no convivan con el otro progenitor y los hijos convivan exclusivamente con uno de ellos, con los demás requisitos fiscales que correspondan. 

Cuánto se cobra: 1.200 euros en total, no por cada hijo

El máximo anual es de 1.200 euros para esta deducción. No son 1.200 euros por cada hijo ni un pago adicional de esa cuantía después de haber recibido los anticipos.

El importe se calcula según los meses en los que se cumplen simultáneamente los requisitos. Si se tuviera derecho durante seis meses, el máximo correspondiente sería de 600 euros, sujeto a los límites aplicables.Para quienes trabajan, debe revisarse también el límite vinculado a las cotizaciones. Ese límite no se aplica del mismo modo a quienes acceden por las prestaciones de desempleo o pensiones contempladas en la regulación. 

Cómo pedir el abono anticipado mediante el modelo 143

La solicitud se presenta mediante el modelo 143 de la Agencia Tributaria. En este supuesto es individual y puede realizarse desde que se cumplen las condiciones. Tanto la persona solicitante como sus descendientes deben tener NIF.

El cobro anticipado tiene requisitos específicos de alta y cotización. Por ejemplo, con contrato a jornada completa en los regímenes que detalla la AEAT se exige alta durante al menos quince días del mes. Para determinados contratos a tiempo parcial se requiere una jornada de al menos el 50% de la ordinaria y alta durante todo el mes. La regulación distingue otros regímenes, por lo que conviene consultar el supuesto concreto antes de solicitar el anticipo. 

La presentación electrónica admite certificado, DNI electrónico o Cl@ve. Se indican la modalidad de deducción, los datos necesarios y una cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario. 

Qué ocurre después en la declaración de la renta

Los anticipos se tienen en cuenta al calcular la deducción definitiva. Si el derecho anual asciende a 1.200 euros y ya se han recibido los doce pagos de 100 euros, esa cantidad no vuelve a cobrarse íntegramente al presentar la declaración.

Tampoco es necesario presentar una nueva solicitud cada enero si se mantiene la situación. En cambio, las variaciones que afectan al anticipo o el incumplimiento de sus requisitos deben comunicarse en quince días naturales. 

Antes de tramitarlo, las tres comprobaciones esenciales son la situación respecto a los alimentos, el derecho íntegro al mínimo por descendientes y la vía laboral o de prestaciones por la que se accede. Son las condiciones que determinan si esos 100 euros mensuales pueden corresponder a la familia.