La CNMC urge a las empresas a inscribir sus alias de mensajería antes del 15 de septiembre para evitar bloqueos

La CNMC exige a empresas registrar sus alias de mensajería antes del 15 de septiembre para evitar bloqueos de SMS, MMS y RCS en el marco del Plan Antiestafas.

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Imagen de un teléfono móvil. GOBIERNO DE CANTABRIA
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha llamado a las empresas a completar cuanto antes el registro de sus alias y a contestar a las comunicaciones del organismo antes del 15 de septiembre, con el fin de prevenir cortes en el envío de mensajes SMS, MMS (mensajes multimedia) o RCS (otro tipo de mensajes) a sus clientes.

A partir de ese día, los operadores de comunicaciones electrónicas deberán bloquear los mensajes que utilicen alias que no figuren en el Registro de Alias de la CNMC, así como aquellos enviados por operadores que no estén dados de alta, en aplicación de la Orden Ministerial TDF/149/2025 del 12 de febrero.

Esta medida forma parte del Plan Antiestafas del Gobierno, orientado a reforzar la protección de las comunicaciones electrónicas y a impedir la suplantación de identidad y el fraude utilizando marcas reconocidas.

La obligación alcanza a cualquier entidad pública o privada que haga uso de identificadores alfanuméricos —como su razón social, nombre comercial, marca o dominio web— en lugar de un número de teléfono para remitir avisos de entrega, recordatorios de citas o comunicaciones comerciales.

Entre los ámbitos más impactados figuran bancos, comercios, aseguradoras, empresas de transporte y administraciones públicas. Las organizaciones que no inscriban sus alias no podrán mostrar su marca como identificador, aunque seguirán teniendo la posibilidad de enviar mensajes a sus clientes sin dicho alias.

La CNMC ha solicitado a las compañías que realicen el trámite con margen suficiente y atiendan las notificaciones aún pendientes, subrayando que las comunicaciones podrán seguir emitiéndose sin alias y que las nuevas altas podrán gestionarse en cualquier momento después del 15 de septiembre.

El procedimiento de alta, así como los requisitos de formato y de vinculación, están definidos en la Circular 1/2026 de la CNMC del 18 de marzo.