Las explotaciones agrarias contarán con una rebaja extraordinaria del 10% en la renta de 2027

Hacienda aprueba para 2027 una rebaja fiscal excepcional del 10% en el rendimiento neto de las actividades agrarias, con deducciones extra por gasóleo y fertilizantes.

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Ganaderos y agricultores en Trabada Carlos Castro - Europa Press
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El Ministerio de Hacienda ha difundido este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que regula para 2027 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). En dicha norma se recogen medidas fiscales excepcionales dirigidas específicamente a agricultores y ganaderos.

La orden fija una reducción general del rendimiento neto del 10% para todas las actividades agrarias, mientras que para el resto de actividades económicas contempladas en el sistema de módulos se mantiene una rebaja del 5%.

Asimismo, los agricultores y ganaderos acogidos al régimen de estimación objetiva podrán seguir aplicando minoraciones adicionales sobre el rendimiento neto previo: un 35% por la adquisición de gasóleo agrícola y un 15% por la compra de fertilizantes.

Estas actuaciones, que implican una disminución de la base imponible del IRPF cercana a los 860 millones de euros, buscan compensar el impacto del encarecimiento del gasóleo y de los fertilizantes, derivado del conflicto en Oriente Medio, sobre la rentabilidad de las explotaciones agrarias.

En conjunto, las medidas aprobadas alcanzan a unos 800.000 agricultores y ganaderos que tributan mediante el sistema de estimación objetiva del IRPF (módulos), que verán aliviada su carga fiscal en la campaña de la renta de 2027.