PP y Vox desbloquearon la semana pasada la investidura de la candidata 'popular' en Extremadura, María Guardiola, con un acuerdo que traza una hoja de ruta bajo el principio de "prioridad nacional". Es el séptimo punto del documento que ambas formaciones firmaron para restringir las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas "a quienes mantienen un arraigo real, duradero y verificable con el territorio".
Además, su aplicación también se extenderá al "sistema de acceso a vivienda protegida y alquiler social". Su ambiguedad despierta dudas sobre cuál será el alcance real de su aplicación, y las explicaciones que han ofrecido PP y Vox tampoco despejan dudas por la diferencia de lecturas. Los 'populares' enfatizan el concepto del "arraigo", sin hablar de nacionalidad, así como del respeto a la ley, según ha explicado este martes en RNE su vicesecretario general de Hacienda, Juan Bravo.
Sin embargo, la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, cuestionó este punto clave del acuerdo, llegando a afirmar que, a su juicio, "no es legal". A ello, le ha respondido este martes de forma velada la portavoz de Vox en el Congreso: "Nos parece una falta de respeto que haya líderes regionales del PP que se dediquen a boicotear a una compañera de partido por llegar a un acuerdo que era el que estaban demandando los extremeños en las urnas", advirtiendo de "consecuencias" si no cumplen.
Santiago Abascal fue claro la semana pasada cuando dijo que en Extremadura "va a haber prioridad de los españoles en el acceso a las ayudas sociales y la vivienda", poniendo así sobre la mesa la cuestión de la nacionalidad.
Si bien es cierto que el documento se aproxima más a lo matizado por el PP, el cruce de argumentos arroja dudas sobre su consideración legal, más todavía si tenemos en cuenta que la legislación española frena las expectativas de Vox en caso de que realmente aborden este asunto en términos de nacionalidad.
"Prioridad nacional", de entrada no, según la ley española
Conviene empezar desde arriba. El artículo 14 de la Constitución Española (CE) consagra el derecho a la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia social, por lo que se descarta en este punto la facultad de priorizar por cuestión de nacionalidad la concesión de ayudas.
En el siguiente escalón, nos topamos con la Ley Orgánica 4/2000, la Ley de Extranjería que regula los derechos y libertades de las personas extranjeras en España, así como su integración social, la cual Vox y PP han integrado en su acuerdo en los términos a continuación dispuestos: "Se instará la modificación de la Ley Orgánica 4/2000 y cuantas disposiciones normativas dificulten la consecución efectiva de lo anterior", siendo "lo anterior" todas aquellas cuestiones relativas a ese principio de "priodidad nacional".
La norma incorpora derechos como, por ejemplo, el acceso a muchos servicios públicos en condiciones equiparables a los españoles en materia de educación, sanidad y servicios sociales. Las diferencias de trato en la cuestión de ayudas o acceso a la vivienda solo podrían considerarse por situaciones administrativas (regular/irregular) o por otros requisitos que nada tienen que ver con priorizar a los nacidos en España.
La figura del "arraigo" en el eje del acuerdo
Ahora bien, la mencionada ley incorpora la figura del "arraigo", mecanismo legal al que aluden PP y Vox en su acuerdo. En realidad, esta fórmula está prevista principalmente para que las personas extranjeras que se encuentran en situación irregular puedan regularizar su situación administrativa y obtener un permiso de residencia por circunstancias excepcionales.
Así, los hay previstos de varios tipos: social, laboral, familiar, para la formación o de segunda oportunidad, este último incorporado en 2025. En definitivia, sirven a grandes rasgos para fomentar la estabilidad legal y la inclusión de las personas extranjeras.
En este punto, lo acordado por PP y Vox sí podría verse amparado en la legislación. Una administración puede conceder ayudas basándose en criterios como el tiempo de residencia en un municipio, el empadronamiento, la regularidad de individuo o su integración social y económica.
Una beca o subsidio puede exigir “empadronamiento previo continuado” o una ayuda de vivienda puede demandar “residencia mínima de 2 o 5 años en la comunidad”, ya que corresponden al ámbito competencial autonómico.
Sin embargo, hay que subrayar que el arraigo no se puede usar en términos de “prioridad nacional”, aunque sí puede traducirse en criterios legales de acceso si se formula correctamente o si se modifica la Ley de Extranjería, tal y como se prevé en el acuerdo en caso de no poder aplicarse.
Reacciones políticas
El portavoz del PP en Extremadura, José Ángel Sánchez Juliá, defendió el lunes que el principio de "prioridad nacional" en el que se "inspira" el pacto busca reforzar el "arraigo" en la comunidad, "siempre" dentro del marco legal vigente.
Preguntado por el encaje con la normativa estatal, dijo que el acuerdo "siempre está sujeto a la legalidad vigente" y ha recordado que "otras administraciones" ya utilizan el criterio de arraigo en distintas políticas sin que "nadie" haya dicho "absolutamente nada".
Sin embargo, la portavoz socialista, Piedad Álvarez, interpretó ese mismo principio en sentido contrario. Sostuvo el lunes que el acuerdo entra en conflicto con la legislación vigente, especialmente en materia de extranjería, y lo califica de “xenófobo”, al considerar que introduce un trato discriminatorio hacia la población inmigrante en el acceso a los servicios públicos.
Por su parte, la portavoz de Unidas por Extremadura, Irene de Miguel, fue más allá al asegurar que Guardiola ha cedido ante un acuerdo calificó de “inconstitucional y profundamente racista y clasista”.
Vox ha elevado la cuestión a nivel nacional para que este miércoles sea votada en el Pleno del Congreso en una moción de interpelación urgente para exigir al Gobierno que aplique la prioridad nacional en toda España. Este miércoles, Guardiola ha pronunciado su discurso de investidura ante la Asamblea extremeña en una intervención sin límite de tiempo en la que no ha aludido a este término.