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Le BOE crée deux nouvelles spécialisations de FP et publie le Plan d'Emploi Digne pour 2026

Le BOE de ce mardi crée deux nouvelles spécialisations de FP, publie le Plan d'Emploi Digne pour 2026 et fixe les conditions des prêts Reinicia+ pour les PME affectées par la DANA. Il recueille également de nouveaux appels à l'emploi public et des avancées dans les promotions de location abordable.

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Le Bulletin Officiel de l'État (BOE) de ce mardi, 21 juillet 2026, établit deux nouvelles spécialisations de Formation Professionnelle liées à la mobilité durable et à l'industrie électronique. Le journal officiel publie également le Plan Annuel pour la Promotion de l'Emploi Digne 2026, les conditions de financement du programme Reinicia+ pour les entreprises affectées par la DANA et différentes convocations d'emploi public.

Nouvelles spécialisations de FP en vélos et systèmes électroniques

Le Gouvernement a créé un cours de spécialisation de FP de Niveau Moyen en Montage intégral et maintenance de vélos et véhicules de mobilité personnelle.

La formation durera 690 heures et appartiendra à la famille professionnelle de Transport et Maintenance de Véhicules. Le curriculum inclut la planification de la maintenance, le montage de composants et la réparation de systèmes mécaniques et électriques de vélos et véhicules de mobilité personnelle.

La formation permettra de travailler dans des établissements dédiés à la vente, au montage, à la réparation et à la maintenance de vélos, trottinettes et autres véhicules de mobilité personnelle, tant mécaniques qu'électriques. Le cours aura un caractère officiel et sera valable sur tout le territoire national. 

Le BOE établit également un nouveau cours de spécialisation de Niveau Supérieur en Développement d'équipes et systèmes électroniques. Il durera 750 heures, équivaudra à 45 crédits ECTS et permettra d'obtenir le titre de Master de Formation Professionnelle.

Le programme formera des professionnels pour développer des circuits, fabriquer des cartes électroniques, programmer des dispositifs et travailler avec des équipements électroniques de puissance. Parmi ses débouchés figurent les postes de technicien de production électronique, réparation de circuits, montage d'équipements et développement technologique dans des départements de R&D+i.

Pourront accéder ceux qui disposent, entre autres diplômes, des diplômes supérieurs de Systèmes Électrotechniques et Automatisés, Systèmes de Télécommunications et Informatiques, Mécatronique Industrielle, Maintenance Électronique, Automatisation et Robotique Industrielle ou Électromédecine Clinique.

Les deux spécialisations pourront être dispensées de manière présentielle, semi-présentielle ou virtuelle et entreront en vigueur 20 jours après leur publication. 

Le Gouvernement publie le Plan d'Emploi Digne de 2026

Le Ministère du Travail et de l'Économie Sociale publie l'accord du Conseil des Ministres qui approuve le Plan Annuel pour la Promotion de l'Emploi Digne 2026. Cet instrument précise chaque année les objectifs et services que doivent développer les services publics de l'emploi dans le cadre de la Stratégie Espagnole de Soutien Actif à l'Emploi. Son exécution revient au Service Public de l'Emploi État et aux communautés autonomes, conformément à leurs compétences.

Le plan organise les politiques actives de l'emploi destinées à améliorer l'insertion professionnelle, la formation, l'orientation professionnelle et le soutien aux personnes sans emploi et aux groupes ayant plus de difficultés à accéder au marché du travail.

Nouvelles conditions pour les prêts Reinicia+ par la DANA

Industrie publie les conditions spécifiques de financement applicables aux prêts participatifs accordés par le biais du mécanisme Reinicia+ FEPYME DANA PLUS.

Cette ligne est destinée à soutenir les petites et moyennes entreprises affectées par la DANA. La résolution transmet au BOE l'accord approuvé par le Conseil des Ministres le 14 juillet dernier et établit les conditions qui devront s'appliquer aux contrats de financement.

Août ne comptera pas pour certains processus de sélection

Le Ministère de l'Agriculture, de la Pêche et de l'Alimentation déclare août non ouvrable à des fins de calcul des délais dans les épreuves de sélection convoquées par le département.

La même mesure est adoptée par le Ministère de l'Inclusion, de la Sécurité Sociale et des Migrations pour les processus correspondant aux offres d'emploi public de 2024 et 2025. Les délais affectés seront suspendus pendant août et continueront d'être comptés une fois ce mois terminé.

Appels à l'emploi public dans les municipalités et universités

Le BOE recueille des appels pour couvrir des postes de personnel fonctionnaire et salarié dans de nombreuses municipalités, conseils départementaux et entités locales. Parmi eux figurent ceux publiés par les municipalités de Madrid, Soto del Real, Logroño, Palencia, Puertollano, La Oliva, El Espinar et Vilanova i la Geltrú.

Des concours d'accès à des corps enseignants universitaires sont également convoqués à l'Université Autonome de Madrid et à la Fondation Jiménez Díaz, l'Université Autonome de Madrid et la Consejería de Sanidad madrilène, et l'Université Polytechnique de Valence.

CASA 47 avance dans trois promotions de location abordable

Le Ministère du Logement publie la formalisation des contrats pour rédiger les projets de trois promotions de logements destinés à la location abordable à Ronda, Málaga.

Les biens immobiliers seront situés dans les rues Corregidor Francisco Arias, Capitán Ruiz de Alarcón et Doctor Jiménez Savariego. Les contrats ont été formalisés par le Conseil d'Administration de CASA 47, l'entité publique d'État chargée de développer des logements abordables.

Nouveaux postes pour les fonctionnaires d'Aide Judiciaire

Le BOE nomme des fonctionnaires du Corps d'Aide Judiciaire à ceux qui ont réussi le processus de sélection d'accès libre convoqué en décembre 2022 et publie l'attribution des postes.

Les résolutions affectent à la fois le domaine géré par le Ministère de la Justice ainsi que le Pays Basque, la Catalogne, la Galice, l'Andalousie, les Asturies, la Cantabrie, La Rioja, la Communauté Valencienne, l'Aragon, les Canaries, la Navarre et Madrid.

De plus, le Ministère de l'Intérieur nomme des fonctionnaires de carrière de l'Échelle de Base de la Police Nationale à deux policiers élèves qui ont complété le processus de formation correspondant.

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¿Qué pasos siguen los cursos de especialización de FP para su implantación tras la publicación en el BOE?

Tras la publicación en el BOE de la norma que crea o regula un curso de especialización de FP, desde el punto de vista jurídico-general el trámite legislativo ya está culminado: la ley o norma básica ha sido aprobada por las Cortes Generales, sancionada y promulgada por el Rey y publicada en el Boletín Oficial del Estado. A partir de ahí, la entrada en vigor se produce en la fecha que disponga la propia norma o, si no se indica, a los 20 días de su publicación. Los pasos específicos de implantación material de los cursos (decisión política y administrativa de oferta, organización en centros, profesorado, etc.) ya no forman parte del procedimiento legislativo, sino de la ejecución administrativa posterior. Sobre esa fase ejecutiva concreta para los cursos de especialización de FP no se dispone de más detalle en las fuentes utilizadas.

1. Qué implica que el curso esté publicado en el BOE

Según la información disponible sobre el proceso legislativo en España, una vez que una norma llega al BOE ha superado todo el circuito parlamentario:

  • Aprobación parlamentaria: el texto ha sido tramitado como proyecto o proposición de ley, con enmiendas, debate en comisión, debate y votación en el Pleno del Congreso, remisión al Senado, posible vuelta al Congreso y aprobación definitiva por las Cortes Generales.
  • Sanción y promulgación: el Jefe del Estado, el Rey, ha procedido a la sanción (acto formal de aprobación de la ley ya votada por las Cortes) y a la promulgación (declaración oficial de existencia de la ley y orden de su cumplimiento y publicación).
  • Publicación en el BOE: la norma se inserta en el Boletín Oficial del Estado, lo que hace accesible su contenido y marca el inicio del cómputo para su entrada en vigor.

Todo esto significa que, jurídicamente, el marco básico que regula los cursos de especialización de FP ya es derecho vigente o lo será en la fecha fijada en la disposición final correspondiente.

2. Entrada en vigor tras la publicación

La fase inmediatamente posterior a la publicación en el BOE es la entrada en vigor de la norma. De acuerdo con el esquema general descrito en las fuentes consultadas, se aplica la regla siguiente:

  • Si la ley o norma que regula el curso de especialización indica una fecha concreta de entrada en vigor, esa será la referencia a partir de la cual el contenido de la norma es obligatorio y aplicable.
  • Si no se fija una fecha específica, rige el plazo general: la ley entra en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.

Desde el momento de la entrada en vigor, las administraciones educativas y los centros están jurídicamente habilitados y obligados a aplicar el marco que la norma establezca (requisitos, estructura, duración, etc.). No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre plazos o condiciones específicas para la FP.

3. Alcance de la sanción y promulgación en la implantación

La información disponible sobre sanción y promulgación ayuda a entender el cierre del ciclo normativo antes de la implantación práctica:

  • La sanción es un paso formal por el que el Rey manifiesta su aprobación a la ley aprobada por las Cortes. Es imprescindible para que la ley pueda ser promulgada, pero no entra al detalle de su aplicación concreta en ámbitos como la FP.
  • La promulgación es el acto en el que el Rey declara oficialmente la existencia de la ley y ordena su cumplimiento y publicación en el BOE. Con esto, se da la orden general de que el contenido de la norma se cumpla en todo el territorio.

Es decir, en materia de cursos de especialización de FP, la sanción y promulgación aseguran que el marco normativo que los define está plenamente vigente y debe ser respetado por todas las administraciones competentes. No obstante, los pasos administrativos internos (planificación de la oferta, organización de grupos, etc.) pertenecen ya al ámbito de ejecución de cada administración educativa, sobre el que las fuentes empleadas no ofrecen detalle.

4. Limitaciones de la información respecto a la FP

Las fuentes manejadas describen de forma general el recorrido de una ley hasta su publicación y entrada en vigor, pero no desarrollan el esquema específico de implantación material de cursos de especialización de FP tras esa publicación (por ejemplo, desarrollo autonómico, selección de centros, criterios de admisión o requisitos de profesorado). Por tanto, desde una perspectiva estrictamente procedimental y basada en la información disponible, los pasos claramente identificables son:

  • Tramitación parlamentaria completa y aprobación por las Cortes Generales.
  • Sanción de la ley por el Rey.
  • Promulgación y orden de publicación en el BOE.
  • Publicación en el BOE y entrada en vigor en la fecha prevista.

A partir de ahí, la implantación concreta de los cursos de especialización de FP se sitúa en la fase de ejecución administrativa, para la que no se dispone de más información en las fuentes consultadas.

¿Qué papel tienen las comunidades autónomas en el desarrollo de los cursos de especialización de FP una vez aprobada la norma básica estatal? ¿Cómo suele organizarse, en la práctica, la oferta de cursos de especialización de FP en los centros educativos tras la entrada en vigor de la norma? ¿Qué diferencias procedimentales hay entre la aprobación de un curso de especialización de FP mediante ley y mediante real decreto?

¿Cuáles son las competencias del Ministerio de Trabajo y Economía Social en la gestión del Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social es el departamento responsable de la elaboración y dirección política del Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno dentro del Sistema Nacional de Empleo. Según la Ley 3/2023, de Empleo, el Plan es uno de los principales instrumentos de planificación y coordinación de la política de empleo, junto con la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y el Sistema Público Integrado de Información. El Ministerio impulsa su redacción, coordina las aportaciones de otros actores institucionales y sociales y lo eleva al Gobierno para su aprobación. Además, el cumplimiento de sus objetivos sirve de referencia para el seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo y para la asignación de fondos.

Marco normativo del Plan Anual

La Ley 3/2023, de Empleo define el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno como uno de los instrumentos de planificación y coordinación de la política de empleo en todo el Estado. En el texto legal se indica expresamente que:

  • El Plan Anual concreta cada año las directrices necesarias para alcanzar en el conjunto del Estado y en cada Comunidad Autónoma los objetivos fijados en la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo.
  • El Plan fija los servicios y programas que desarrollarán tanto las Comunidades Autónomas como la Agencia Española de Empleo.
  • Los servicios y programas incluidos en el Plan pueden modificarse excepcionalmente por la Agencia Española de Empleo, a petición justificada de una Comunidad Autónoma, por necesidades extraordinarias.

En ese marco, la ley atribuye de forma directa un conjunto de funciones al Ministerio de Trabajo y Economía Social en relación con dicho Plan.

Competencias en la elaboración del Plan

La norma establece de forma expresa que:

“El Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno se elaborará por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las Comunidades Autónomas y la Agencia Española de Empleo y previa consulta de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y, en sus respectivos ámbitos, de los Consejos del Trabajo Autónomo y de Fomento de la Economía Social.”

De este precepto se derivan varias competencias claras:

  • Responsabilidad principal de redacción: el Ministerio es el órgano que elabora el Plan Anual, lo que supone la definición de objetivos, servicios y programas de políticas activas de empleo para cada ejercicio.
  • Incorporación de previsiones territoriales: debe integrar las previsiones y propuestas formuladas por las Comunidades Autónomas y por la Agencia Española de Empleo, lo que implica una función de síntesis y de ajuste técnico-político entre distintos niveles de gobierno.
  • Consulta a los interlocutores sociales: está obligado a consultar a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, así como, en sus ámbitos respectivos, a los Consejos del Trabajo Autónomo y de Fomento de la Economía Social. Esto sitúa al Ministerio como garante del diálogo social en la definición del Plan.

Competencias de coordinación, tramitación y aprobación

La Ley 3/2023 dispone asimismo que el Plan:

  • Debe ser informado por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
  • Se aprueba finalmente por el Consejo de Ministros.

En este esquema, al Ministerio de Trabajo y Economía Social le corresponde:

  • Impulso y defensa del Plan en los órganos de gobernanza: presentar y someter el Plan a informe del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y de la Conferencia Sectorial, órganos en los que se realiza también el seguimiento y evaluación de la gestión de las políticas activas de empleo.
  • Elevación al Consejo de Ministros: una vez incorporadas las aportaciones y emitidos los informes, el Ministerio eleva el Plan para su aprobación por el Gobierno, en coherencia con su papel de departamento competente en materia de empleo.

Relación con la Estrategia y el seguimiento de resultados

La misma ley configura a la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y al Plan Anual como instrumentos estrechamente vinculados. El Gobierno aprueba la Estrategia mediante real decreto, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y el Plan Anual concreta anualmente sus objetivos e indicadores.

Además, la distribución de determinados fondos de políticas activas de empleo entre Comunidades Autónomas se realiza en función del grado de cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan Anual de cada ejercicio. Aunque la gestión financiera se articula conforme a la normativa presupuestaria, el contenido del Plan —definido y promovido por el Ministerio— condiciona esa evaluación del grado de cumplimiento y, por tanto, el seguimiento de la eficacia de las políticas activas de empleo.

En conjunto, las competencias del Ministerio en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno abarcan la elaboración técnica y política del documento, la coordinación con Comunidades Autónomas y la Agencia Española de Empleo, la articulación del diálogo social, la tramitación ante los órganos de gobernanza del Sistema Nacional de Empleo y la elevación al Consejo de Ministros para su aprobación, así como un papel central en el marco de seguimiento y evaluación ligado al cumplimiento de sus objetivos.

¿Qué papel tienen exactamente las Comunidades Autónomas en la elaboración y ejecución del Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno? ¿Cómo se miden y evalúan los objetivos incluidos en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno según la Ley 3/2023? ¿De qué manera influye el grado de cumplimiento del Plan Anual en la distribución de fondos de políticas activas de empleo entre Comunidades Autónomas?

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas para acceder a los préstamos Reinicia+ destinados a afectados por la DANA?

Los préstamos del programa Reinicia+ para afectados por la DANA dirigidos a empresas se articulan, sobre todo, a través del mecanismo Reinicia+ FEPYME DANA (para pymes) y del Reinicia+ FAIIP DANA (para inversión industrial), con una línea específica turística Reinicia+ FOCIT DANA. En todos los casos, los beneficiarios deben ser empresas ubicadas en los municipios declarados afectados por la DANA, con proyectos viables de inversión vinculados a la reparación, mejora o modernización de sus activos dañados. Además, se exige estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y no encontrarse en situaciones de insolvencia o inhabilitación. A continuación se detallan los requisitos clave que se desprenden de las notas oficiales y del BOE.

Requisitos generales para acceder a Reinicia+ FEPYME DANA

El mecanismo Reinicia+ FEPYME DANA, gestionado por ENISA y dotado con 350 millones, se describe en las notas oficiales del Ministerio de Industria y Turismo y de Moncloa (nota de Industria, nota de Moncloa) y se enmarca en el Plan Reinicia+ aprobado por el Gobierno (Plan Reinicia+). Según el resumen técnico y la referencia del BOE (ficha oficial y BOE-A-2025-391), los principales requisitos son:

  • Tipo de empresa: ser pequeña o mediana empresa (pyme) de los sectores industrial, turístico o de servicios.
  • Ubicación: tener domicilio social o establecimiento en alguno de los municipios afectados por la DANA, recogidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024 (referido en la documentación oficial).
  • Vinculación a la DANA: presentar un proyecto de inversión directamente relacionado con los daños sufridos (reparación, renovación, adecuación, reposición, ampliación o mejora de activos afectados) y orientado a mejorar capacidades productivas, competitividad y sostenibilidad.
  • Situación jurídica y financiera: no haber solicitado concurso voluntario ni estar en situación de insolvencia actual; no haber sido declarada insolvente ni estar en concurso (salvo que exista convenio vigente); no estar sujeta a intervención judicial ni inhabilitada por sentencia de calificación de concurso.
  • Obligaciones legales: estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, y tener las cuentas anuales del último ejercicio cerrado depositadas en el Registro Mercantil.
  • Ayudas públicas: aportar declaración responsable de cumplimiento de la normativa europea de ayudas de Estado (condición habitual que figura en el BOE-A-2025-391).

Desde el punto de vista político, el periódico Demócrata subraya que estos instrumentos buscan reforzar la resiliencia de las pymes frente a emergencias de protección civil y al cambio climático, tanto en la DANA como en futuras crisis (análisis sobre ayudas por la DANA y crónica del Consejo de Ministros).

Condiciones financieras básicas de Reinicia+ FEPYME DANA

Según las notas oficiales citadas, los préstamos participativos Reinicia+ FEPYME DANA presentan condiciones especialmente blandas:

  • Importe: entre 25.000 y 150.000 euros por operación.
  • Tipo de interés: 0% en la parte reembolsable.
  • Componente no reembolsable: hasta un 15% del importe del préstamo, repartido entre las cuotas.
  • Plazo: hasta 7 años, con hasta 2 años de carencia de principal.
  • Plazo de solicitud: hasta el 31 de diciembre de 2025, a través de la web de ENISA indicada en la ficha del programa (información ENISA).

Otros mecanismos Reinicia+ para empresas afectadas

Reinicia+ FAIIP DANA (inversión industrial)

El mecanismo Reinicia+ FAIIP DANA, dotado con 650 millones, se dirige a empresas con proyectos industriales en zonas DANA. Según la nota oficial (nota FAIIP) y el manual técnico gestionado por SEPIDES (manual FAIIP), se conceden préstamos a interés 0% de entre 200.000 y 40 millones de euros, con plazos de hasta 10 años y 3 de carencia, para creación, ampliación o transformación de establecimientos industriales, así como adquisición de activos de empresas cerradas en la zona.

Reinicia+ FOCIT DANA (establecimientos turísticos)

Para empresas turísticas (hoteles, restauración, etc.), el Gobierno ha aprobado el mecanismo Reinicia+ FOCIT DANA a través del Fondo de Competitividad Turística, gestionado por el ICO, con 200 millones de euros en préstamos al 0% y hasta 10 años de plazo (nota FOCIT, Orden PJC/459/2025, ficha ICO). El BOE recoge un anexo específico de requisitos de elegibilidad y declaraciones responsables para acreditar los daños por DANA y la condición de empresa turística.

Relación con otras líneas DANA

El Plan Reinicia+ se coordina con otros instrumentos como la Línea de Avales ICO DANA aprobada por Economía (primer tramo de avales, adhesión de entidades) y con el programa de ayudas a vehículos Reinicia Auto+ (explicación del programa, ficha Auto+, nota conjunta Industria). Aunque estas últimas líneas se dirigen también a hogares y autónomos, configuran el entramado completo de apoyo económico a los territorios afectados que han ido detallando tanto el Gobierno como el periódico Demócrata (avance de medidas en RD-ley DANA, claves del BOE).

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre requisitos adicionales específicos (por ejemplo, intensidad máxima de ayudas por empresa), por lo que para una solicitud concreta es clave revisar con detalle la documentación oficial en el BOE y en las fichas de programa de Industria y ENISA.

Jouer

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