Un juez de EE.UU. frena las sanciones de Trump contra la relatora de la ONU Francesca Albanese

Un juez federal de EE.UU. suspende cautelarmente las sanciones de Trump contra Francesca Albanese al considerar que atacan su libertad de expresión.

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La relatora especial de Naciones Unidas para los territorios palestinos ocupados, Francesca Albanese Europa Press/Contacto/Ignacio Lopez Isasmendi

La relatora especial de Naciones Unidas para los territorios palestinos ocupados, Francesca Albanese Europa Press/Contacto/Ignacio Lopez Isasmendi

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Un juez federal de Estados Unidos ha ordenado este miércoles dejar sin efecto de forma provisional las sanciones dictadas por la Administración de Donald Trump contra la relatora especial de Naciones Unidas para los territorios palestinos ocupados, Francesca Albanese. El magistrado considera que dichas medidas vulneran sus derechos de la Primera Enmienda, al dirigirse de forma directa contra sus manifestaciones críticas con Israel.

El juez de distrito Richard Leon detalla su postura en un escrito de opinión que acompaña a la orden judicial, mediante la cual concede al marido de Albanese, el economista italiano del Banco Mundial Massimiliano Cali, y a la hija menor de ambos la suspensión cautelar de las sanciones. La relatora ha aplaudido la resolución en redes sociales, agradeciendo a su hija y a su esposo “por salir en (su) defensa”.

De acuerdo con Leon, los demandantes “afrontan daños reales y tangibles como resultado de la designación de Albanese”, una decisión que califica de “excesiva”, según el documento al que ha tenido acceso Europa Press. En el texto se recogen numerosas objeciones a la medida de la Administración Trump, que acusó a la relatora de impulsar una “campaña de guerra política y económica” contra Estados Unidos e Israel que “ya no será tolerada”.

El magistrado recuerda que la Orden Ejecutiva que sirvió para sancionar a la representante de la ONU “busca hacer frente a la 'amenaza extraordinaria' que representan los esfuerzos del Tribunal Penal Internacional (TPI) para 'investigar, arrestar, detener o enjuiciar a personas protegidas', mediante la imposición de sanciones a los extranjeros que hayan participado directamente en dichos esfuerzos”.

“¡Pero Albanese no ha hecho más que hablar!”, subraya Leon, conocido por su gusto por los signos de exclamación en sus resoluciones. A su juicio, “la designación de Albanese por parte del secretario (de Estado, Marco) Rubio en virtud de la Orden Ejecutiva 14203 regula claramente su discurso”.

En este sentido, reprocha que el responsable de la diplomacia estadounidense sostenga que la relatora “colaboró directamente” con los esfuerzos del TPI para “investigar, arrestar, detener o enjuiciar a ciudadanos de Estados Unidos o Israel” al “recomendar que emitiera órdenes de arresto” contra dirigentes israelíes y que “llevara a cabo investigaciones y enjuiciamientos” de compañías estadounidenses.

Leon puntualiza que “Albanese no trabaja para el TPI ni tiene capacidad alguna para dirigir sus acciones” y que “la única forma” en que habría podido contribuir a esos esfuerzos “es ofreciendo su opinión y recomendación no vinculantes; es decir, ¡hablando!”.

“Los acusados no solo pretenden regular la libertad de expresión de Albanese, sino que quieren regularla debido a la 'idea o mensaje expresado', así como por 'su función o propósito'”, critica el juez, añadiendo que las autoridades estadounidenses “castigan” a la relatora “simplemente por recomendar que el TPI enjuicie a ciertas personas: una opinión no vinculante que no obliga al TPI a tomar ninguna medida”.

“Es indiscutible que sus recomendaciones no tienen efecto vinculante sobre las acciones del TPI; no son más que su opinión”, insiste Leon, antes de remarcar, como base de su decisión de suspender la designación de Albanese, que “prohibir una política de sanciones tan 'excesivamente amplia' no perjudica a los acusados”.

El juez también sopesa el impacto de las sanciones en la libertad de movimiento de la hija menor de la pareja, en la titularidad de la vivienda familiar en Washington y en su vida privada. A su juicio, “proteger la libertad de expresión siempre redunda en el interés público (...) incluso cuando las opiniones de un individuo son 'hirientes' (...), como claramente creen los acusados que es el discurso de Albanese”. “No hay nada más que añadir”, concluye.