Incendi oggi in Spagna: confinamento a Castellón e emergenza per il fuoco di Niebla

Spagna si sveglia questo sabato 8 agosto con diversi incendi boschivi attivi. La situazione più preoccupante si concentra a Niebla, a Huelva, dove la UME lavora dopo l'evacuazione di 66 persone, e a Castellón, dove un Es-Alert ha ordinato di confinare Sierra Engarcerán a causa del fumo mentre altri focolai rimangono attivi a Culla e Tirig.

2 minuti

incendios forestales

incendios forestales

Aggiungi DEMOCRAT su Google

Chiedi a FREN

Pubblicato

Ultimo aggiornamento

2 minuti

I più letti

Sabato inizia con due grandi punti di attenzione nella mappa degli incendi: Huelva e Castellón.

In Andalusia, l'incendio di Niebla continua in situazione operativa 2 dopo una giornata particolarmente complicata a causa dei cambiamenti di vento.

Nella Comunitat Valenciana, le Emergenze hanno lanciato durante la notte un Es-Alert rivolto ai residenti di Sierra Engarcerán per un incendio che è iniziato a Vall d'Alba e si è spostato verso quella zona.

Sierra Engarcerán: ordine di confinamento

Il messaggio delle emergenze ha chiesto ai residenti di rimanere all'interno delle loro abitazioni, chiudere porte e finestre, fermare i sistemi di ventilazione e spegnere gli apparecchi di aria condizionata e gli estrattori.

Sono stati inoltre ordinati sgomberi preventivi in alcune masìe e è stata stabilita la situazione 2 del Piano Speciale contro il Rischio di Incendi Forestali.

La UME si è mobilitata anche verso l'incendio castellonense.

Durante la notte lavoravano 11 unità di vigili del fuoco forestali della Generalitat, dieci autobotti, effettivi del Consorzio Provinciale, volontari, servizi sanitari, Polizia della Generalitat e Guardia Civil.

I fulmini, dietro a diversi focolai a Castellón

Aemet Comunitat Valenciana ha informato di numerosi scariche elettriche sulla provincia.

I fulmini hanno colpito punti dove successivamente sono stati rilevati incendi a Sierra Engarcerán, Culla e Tirig.

Oltre all'incendio principale, i vigili del fuoco stanno lavorando su focolai dichiarati in queste altre due località.

Niebla continua in situazione operativa 2

Ad Huelva, l'incendio iniziato nel luogo di Raboconejo mantiene dispiegato uno dei dispositivi più importanti della giornata.

Ci sono 66 persone evacuate e le strade HU-3106 e A-493 rimanevano chiuse nell'ultimo aggiornamento disponibile.

La stima provvisoria colloca a circa 380 ettari il terreno bruciato.

La Junta ha richiesto l'incorporazione dell'Unità Militare di Emergenze dopo che i successivi cambiamenti di vento hanno seriamente ostacolato le operazioni di estinzione.

Oltre 150 professionisti lavorano a Niebla

Durante venerdì sono arrivati a operare 24 mezzi aerei, insieme a circa 150 effettivi terrestri e macchinari pesanti.

Le condizioni meteorologiche hanno costretto in alcuni momenti a ritirare o ridistribuire i mezzi aerei per sicurezza.

L'incendio di Villablanca, sempre ad Huelva, è stato invece estinto venerdì.

Più chiavi, contesto e domande con FREN

CONTENUTI GENERATI DALL'AI

¿Cuáles son los trámites administrativos y legales necesarios para declarar la situación operativa 2 del Plan Especial Frente al Riesgo de Incendios Forestales en una comunidad autónoma?

La declaración de la situación operativa 2 en un Plan Especial frente al Riesgo de Incendios Forestales es un acto de gestión de emergencias que se adopta por la autoridad de protección civil de la comunidad autónoma, siguiendo los criterios fijados en su propio plan especial y en la normativa básica estatal. Jurídicamente no exige una publicación previa en boletín oficial, pero sí una resolución o decisión formal, registro y una cadena de comunicaciones inmediatas (internas, a los municipios afectados y a la Administración General del Estado). A partir de ahí se activan los órganos de dirección y coordinación previstos (centros de coordinación, grupos de acción) y, si procede, los mecanismos de apoyo estatal (incluida la UME) y de coordinación con el Plan Estatal.

1. Marco normativo estatal aplicable

Con carácter general, los trámites de activación de fases y situaciones operativas de los planes especiales autonómicos se encuadran en:

  • Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, que configura el sistema, la declaración de emergencias de interés nacional y la coordinación entre administraciones (Ley 17/2015).
  • Real Decreto 524/2023, que aprueba la Norma Básica de Protección Civil y fija el contenido mínimo de los planes, sus fases y las situaciones operativas 0, 1, 2 y 3, su integración y registro (Norma Básica).
  • Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales, aprobada por Real Decreto 893/2013, que define el modelo mínimo de los planes autonómicos de incendios forestales (aunque parcialmente derogada, sigue aplicándose transitoriamente en lo relativo a este riesgo).
  • Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros y publicado por Resolución de 31 de octubre de 2014 (Plan Estatal IF), que regula los mecanismos de apoyo y coordinación con las comunidades autónomas.

Adicionalmente, el Real Decreto-ley 15/2022 introduce medidas urgentes en materia de incendios forestales, y normas como el Real Decreto 734/2019 o la Orden PCI/1283/2019 ajustan directrices y planes para colectivos vulnerables. La Estrategia Nacional de Protección Civil se publica por Orden PCI/488/2019.

2. Definición general de fases y situaciones operativas

La Norma Básica exige que las Directrices y planes definan:

  • Fases de alerta y seguimiento/preemergencia, emergencia y recuperación.
  • Situaciones operativas 0, 1, 2 y 3, con condiciones objetivas para su activación y transición.

Cada comunidad autónoma concreta en su Plan Especial qué supone la situación 2 (por ejemplo, nivel de gravedad, afección a personas y bienes, necesidad de coordinación superior, utilización de medios extraordinarios, etc.), pero siempre dentro de este esquema común.

3. Autoridad competente y acto administrativo

La Ley 17/2015 y la Norma Básica establecen que los planes autonómicos se aprueban por el órgano competente de la comunidad autónoma, conforme a su legislación específica (Ley 17/2015 y Norma Básica). Ese mismo plan fija la autoridad de dirección y quién puede declarar el paso a cada situación operativa.

En la práctica, la declaración de situación operativa 2 implica:

  • Una decisión formal (acuerdo, resolución o instrucción) adoptada por la autoridad designada en el plan (dirección del plan autonómico de incendios o equivalente).
  • Base técnica en los protocolos y valoraciones del centro de coordinación de emergencias.
  • Registro interno en el sistema autonómico de planes (que, a su vez, se integra en el registro nacional previsto en la Norma Básica).

No se exige, como regla general, publicación inmediata en el boletín oficial, porque se trata de una decisión operativa de gestión de la emergencia; algunas comunidades sí publican posteriormente acuerdos genéricos de declaración de emergencias o de zonas afectadas.

4. Coordinación con el Estado y la UME

El Plan Estatal IF fija como funciones:

  • Prever la dirección y coordinación del conjunto de las Administraciones en emergencias por incendios forestales con interés nacional.
  • Regular los mecanismos de apoyo cuando los medios autonómicos son insuficientes o la comunidad lo requiera.
  • Facilitar la aportación de medios entre comunidades autónomas.

En situación 2 autonómica, si el plan lo prevé, se pueden activar los mecanismos de apoyo estatal (medios del Estado, incluida la Unidad Militar de Emergencias como medio extraordinario) mediante los canales establecidos en el Plan Estatal. La coordinación se articula a través de órganos como el CECO y el CECOPI, contemplados en el Plan Estatal IF.

5. Publicidad, información y otros requisitos formales

La Ley 17/2015 y la Norma Básica insisten en:

  • La existencia de sistemas de información y alerta y de programas de información a la población.
  • La integración de los planes y de sus situaciones en la Red Nacional de Información sobre Protección Civil.

En consecuencia, la declaración de situación 2 suele conllevar, al menos:

  • Comunicaciones inmediatas a municipios afectados y servicios intervinientes.
  • Remisión de la información básica al sistema estatal de información de emergencias de protección civil.
  • Información pública mediante notas de prensa, web y otros canales, especialmente si hay medidas de protección a la población.

Otros instrumentos relacionados con incendios y protección civil, aunque no regulan directamente la activación de la situación 2, completan el marco: la Orden TES/443/2022, la TES/1223/2021, la ISM/707/2021 o la Sentencia del TC 58/2017 sobre la Ley 17/2015 (STC 58/2017), entre otras.

Queda, en todo caso, a la normativa y al Plan Especial de cada comunidad autónoma concretar el procedimiento interno detallado (cadena de mando, plazos, modelos de comunicación) para declarar y documentar la situación operativa 2.

Algunos otros textos citados en las mismas búsquedas, aunque no inciden directamente en la pregunta (cualificaciones profesionales, otros riesgos, energía, etc.), son: Protocolo España-Portugal, Orden PRE/1634/2015, diversos reales decretos y resoluciones sectoriales (por ejemplo RD 1031/2011, RD 720/2011, resolución de 7 de noviembre de 2019, resolución de 10 de diciembre de 2020, recurso de inconstitucionalidad 1880-2016, o la resolución de 23 de octubre de 2017), que forman parte del contexto general del Sistema Nacional de Protección Civil.

¿En qué se diferencia exactamente la situación operativa 2 de la 1 y de la 3 en los planes de incendios forestales autonómicos? ¿Qué papel juega la UME en una situación operativa 2 de incendios forestales y cómo se formaliza su solicitud desde una comunidad autónoma? ¿Cómo se coordina el Plan Especial autonómico de incendios forestales con el Plan Estatal cuando el incendio afecta a más de una comunidad autónoma?

¿Qué competencias tiene la Unidad Militar de Emergencias (UME) en la intervención en incendios forestales según la legislación española?

La Unidad Militar de Emergencias (UME) tiene, según la normativa estatal, la misión general de intervenir en todo el territorio nacional ante situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad, y los incendios forestales figuran expresamente entre esos supuestos de emergencia. Su actuación es siempre complementaria y subsidiaria respecto de los servicios ordinarios de protección civil y extinción de incendios de las comunidades autónomas, y se activa a través del Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa. Además, cuando la emergencia por incendios alcanza el nivel de “interés nacional”, el jefe de la UME asume la dirección y coordinación operativa en el ámbito de la protección civil, bajo la dependencia del Ministerio del Interior. La UME tiene, sin embargo, límites claros: no realiza labores generales de prevención, sólo las imprescindibles vinculadas a una emergencia declarada, y se excluyen en principio las emergencias en el mar.

1. Normativa básica que configura las competencias de la UME

Las competencias de la UME en incendios forestales se construyen principalmente sobre:

  • Acuerdo de creación de la UME, publicado por Resolución de 19 de enero de 2006, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se crea la UME (Resolución 19/01/2006).
  • Acuerdo sobre funcionamiento de la UME, publicado por Orden PRE/1776/2006, de 7 de junio (Orden PRE/1776/2006).
  • Protocolo de intervención de la UME, aprobado por el Real Decreto 1097/2011, de 22 de julio (Real Decreto 1097/2011), que sustituye al Real Decreto 399/2007, anulado por el Tribunal Supremo (Real Decreto 399/2007).
  • La planificación específica frente a incendios forestales: la Directriz básica aprobada por el Real Decreto 893/2013 (derogada pero aplicada transitoriamente) y el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales aprobado por Resolución de 31 de octubre de 2014 (Plan Estatal 2014).

2. Misión general de la UME

El Real Decreto 1097/2011 establece que la UME tiene como misión intervenir “en cualquier lugar del territorio nacional para contribuir a la seguridad y bienestar de los ciudadanos (…) en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas”, de conformidad con la legislación de defensa nacional y de protección civil. Se subraya que:

  • Es una unidad integrante de las Fuerzas Armadas, encuadrada en el Ministerio de Defensa.
  • Puede usar efectivos y medios de otras unidades de las Fuerzas Armadas cuando resulte necesario, según determine el Estado Mayor de la Defensa.
  • Sus actuaciones se centran en salvaguardar la vida e integridad de las personas, sus bienes, el medio ambiente, los espacios naturales y su patrimonio.

3. Papel específico en emergencias por incendios forestales

Dentro de las situaciones de emergencia que permiten ordenar la intervención de la UME, el propio protocolo de intervención enumera expresamente los incendios forestales como uno de los supuestos autónomos, diferenciados de otros riesgos naturales (inundaciones, terremotos, grandes nevadas, etc.). De este modo:

  • La UME es un recurso estatal especializado de apoyo para la lucha contra grandes incendios forestales cuando revisten carácter grave.
  • Sus actuaciones abarcan tareas operativas de intervención (ataque al fuego, protección de poblaciones, defensa de infraestructuras críticas, etc.), siempre encuadradas en la planificación de protección civil y bajo los mandos de la Unidad.
  • El protocolo deja claro que la UME “sólo realizará las labores de prevención que sean necesarias para hacer frente a una emergencia declarada”, es decir, no asume la prevención ordinaria de incendios forestales.

La Directriz básica de 2013 y el Plan Estatal 2014 encuadran a la UME como uno de los medios del Estado que se movilizan cuando el incendio afecta al “interés nacional” o cuando una comunidad autónoma solicita apoyo al Estado por falta de medios suficientes.

4. Condiciones para la activación y despliegue

El Real Decreto 1097/2011 regula de forma precisa la cadena de activación:

  • En incendios forestales graves no declarados de interés nacional, la comunidad autónoma competente en protección civil puede solicitar al Ministerio del Interior la colaboración de la UME.
  • El Ministerio del Interior, valorada la dimensión de la emergencia y los medios disponibles, pide al Ministerio de Defensa la intervención de la UME, aplicando los principios de complementariedad y subsidiariedad.
  • El Ministro de Defensa, por delegación del Presidente del Gobierno, ordena la intervención de la UME a propuesta del Ministro del Interior.
  • El inicio y la finalización de la intervención se comunican al Centro Nacional de Gestión de Crisis de la Presidencia del Gobierno.

5. Coordinación con comunidades autónomas y otros servicios

En cualquier operación, los efectivos de la UME actúan siempre bajo mandos propios, pero:

  • Uno de sus mandos se integra en el Centro de Coordinación Operativa desde el que se dirige la emergencia, conforme a la Norma Básica de Protección Civil.
  • En emergencias declaradas de interés nacional por incendios forestales, el protocolo establece que la dirección y coordinación operativa en la zona siniestrada corresponde al jefe de la UME, bajo la dependencia del Ministerio del Interior y sin perjuicio de las competencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • El Plan Estatal de 2014 articula la movilización conjunta de medios estatales (UME, medios aéreos estatales, etc.) en apoyo y coordinación con los planes autonómicos.

Además, el protocolo prevé que la UME pueda requerir la puesta a su disposición de medios aéreos de lucha contra incendios del entonces Ministerio de Medio Ambiente, asumiendo su mando operativo cuando participa en una operación de emergencia.

6. Límites y exclusiones de competencia

El propio protocolo de intervención fija límites claros:

  • Se excluyen del ámbito de actuación de la UME las emergencias en el mar, salvo circunstancias excepcionales en que se acuerde su intervención a propuesta del Ministerio de Fomento.
  • En materia de incendios forestales, su papel es de refuerzo, sin sustituir a los servicios autonómicos de extinción ni alterar el reparto competencial fijado por la legislación de protección civil.
  • No asume la política forestal, de ordenación de montes ni las tareas ordinarias de prevención de incendios, que permanecen en el ámbito de las comunidades autónomas y del resto de la Administración competente.
¿En qué consiste exactamente la declaración de “interés nacional” en un incendio forestal y cómo afecta al papel de la UME? ¿Qué papel asigna el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales a las comunidades autónomas frente a la UME? ¿Cómo se coordina la UME con los medios aéreos estatales y autonómicos durante un gran incendio forestal?

¿Cuáles han sido los resultados electorales recientes en la provincia de Castellón y en la provincia de Huelva?

Con la información disponible en las fuentes consultadas solo se pueden ofrecer datos numéricos precisos para las elecciones europeas de 2024 en Castellón y Huelva, pero no se ha localizado en estas mismas fuentes un desglose provincial completo de resultados (por partido y escaños) para las elecciones generales del 23‑J de 2023 ni para las autonómicas de la Comunitat Valenciana (2023) y de Andalucía (ciclo 2022). Para esos comicios, lo más fiable es acudir a los portales oficiales de resultados del Ministerio del Interior y de las comunidades autónomas. A continuación detallo lo que sí se puede documentar con precisión y cómo completar la información que falta.

Elecciones europeas 2024

Los resultados oficiales de las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio de 2024 están publicados por la Junta Electoral Central en el Boletín Oficial del Estado mediante el acuerdo de 27 de junio de 2024. Ese acuerdo incluye, provincia a provincia, el total de electores, votantes y tipo de voto.

Provincia de Castellón
  • Electores: 442.293
  • Votantes: 231.972
  • Votos válidos: 230.026
  • Votos a candidaturas: 228.236
  • Votos en blanco: 1.790
  • Votos nulos: 1.946

Estos datos indican una participación algo superior al 52%, con un volumen de voto nulo reducido y un voto en blanco igualmente minoritario. El BOE incluye además cuadros por candidaturas, pero en los fragmentos accesibles en la investigación no aparece el detalle de cada partido en Castellón, por lo que no se puede desglosar aquí sin inferencias.

Provincia de Huelva
  • Electores: 409.012
  • Votantes: 162.913
  • Votos válidos: 160.990
  • Votos a candidaturas: 159.601
  • Votos en blanco: 1.389
  • Votos nulos: 1.923

En Huelva la participación ronda el 39‑40%, claramente por debajo de Castellón y de la media estatal, con un comportamiento similar en cuanto a porcentajes de voto nulo y en blanco. De nuevo, el detalle por partidos está en los cuadros completos del BOE pero no figura en los extractos consultados.

Como contexto adicional, el Ministerio del Interior habilitó una web y una app oficiales para seguir tanto el escrutinio como los resultados provisionales y definitivos por comunidades autónomas, provincias y municipios, tal y como recoge la nota de Interior sobre el dispositivo del 9‑J. Desde esos recursos se puede completar el desglose por candidaturas en Castellón y Huelva.

Generales 2023 y autonómicas 2023

En el caso de:

  • Elecciones generales del 23 de julio de 2023 (Congreso),
  • Elecciones a Les Corts Valencianes de 2023 (provincia de Castellón como circunscripción autonómica), y
  • Elecciones andaluzas de 2022 (ciclo autonómico más reciente que afecta a Huelva),

las bases de datos consultadas (incluyendo el periódico Demócrata y las notas de Administración General) no devuelven, en esta investigación concreta, tablas con resultados provinciales detallados para Castellón y Huelva (porcentaje de voto y escaños por partido). No se dispone, por tanto, de cifras lo bastante completas y verificables como para reproducirlas aquí sin riesgo de error.

Para obtener el desglose exacto de esos comicios por provincia, la vía más segura es:

  • El portal de resultados electorales del Ministerio del Interior para las elecciones generales 2023 (consultando las circunscripciones de Castellón y Huelva).
  • El especial de resultados de la Generalitat Valenciana para las autonómicas de 2023 (circunscripción de Castellón).
  • El portal de resultados de la Junta de Andalucía para las elecciones de 2022 (circunscripción de Huelva), que permite comparar con la evolución posterior de 2026, muy analizada por Demócrata en piezas como las dedicadas a la subida de participación y a la batalla por el último escaño.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre esos procesos concretos a nivel provincial.

Enlaces y contexto adicional

Aunque no todos se refieren directamente a tu pregunta, las siguientes piezas ofrecen contexto sobre elecciones y dinámica territorial en España y han aparecido en la investigación:

Estos materiales no sustituyen los datos oficiales de 2023, pero ayudan a entender la evolución del voto y el contexto político en el que se mueven Castellón y Huelva.

¿Dónde puedo consultar el reparto exacto de escaños y porcentajes por partido en Castellón y Huelva en las generales de 2023? ¿Cómo han cambiado históricamente los resultados electorales en Huelva y Castellón en los últimos tres ciclos autonómicos? ¿Qué papel han tenido formaciones emergentes como Huelva Existe o las marcas territoriales valencianas en estos resultados recientes?

Giocare

Metti alla prova ciò che sai con FREN!

Quanto ne sai di questo argomento? Rispondi a quanto segue 3 domande.

¿Qué situación operativa se declaró tanto en el incendio de Niebla (Huelva) como en el de Sierra Engarcerán (Castellón)?

Chiedere 1 Di 3

¿Cuál fue el origen de varios de los incendios en la provincia de Castellón según Aemet Comunitat Valenciana?

Chiedere 2 Di 3

¿Cuántas hectáreas se estiman provisionalmente quemadas por el incendio de Niebla en Huelva?

Chiedere 3 Di 3

Ciao, sono Fren. Come posso aiutarti?