Denunció irregularidades y lo despidieron: un juez ordena readmitirlo y compensarlo con 10.000 euros

El Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona declara nulo el despido del antiguo responsable de cumplimiento normativo del Consorci d’Aigües de Tarragona al considerar que fue una represalia por sus denuncias. La sentencia obliga a la entidad a readmitirlo, abonarle 8.319 euros en salarios pendientes y pagar otros 10.000 euros por daños morales.

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Un trabajador denuncia posibles irregularidades dentro de la organización para la que trabaja, acude a las autoridades y, después de que estas conozcan sus advertencias, acaba despedido. Este es el caso del antiguo responsable de cumplimiento normativo (compliance officer) del Consorci d’Aigües de Tarragona (CAT), cuyo despido acaba de ser declarado nulo por un juzgado de Tarragona.

La sentencia, dictada el pasado 29 de octubre por el Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona, considera que el cese fue una represalia relacionada con las denuncias que el empleado había presentado contra la entidad. El fallo obliga al consorcio a readmitirlo y a abonarle 8.319 euros correspondientes a retribuciones pendientes, además de una indemnización de 10.000 euros por daños morales.

La resolución, adelantada este sábado por La Vanguardia, pone de nuevo el foco en la protección de las personas que denuncian posibles irregularidades dentro de empresas y organismos públicos, así como en las consecuencias laborales que pueden sufrir por hacerlo.

De responsable de cumplimiento normativo a denunciante ante Antifrau

El trabajador fue contratado el 13 de marzo de 2023 para ejercer como responsable de cumplimiento normativo del Consorci d’Aigües de Tarragona. Entre sus funciones se encontraba supervisar que la organización respetara la legalidad, detectar riesgos y prevenir posibles conflictos de intereses.

Seis meses después de incorporarse, en septiembre de 2023, trasladó al consejo de administración un informe en el que alertaba de distintas cuestiones que, a su juicio, podían vulnerar la normativa. Entre ellas figuraban posibles irregularidades relacionadas con la captación de agua, los procedimientos de contratación y la ética interna de la entidad.

Ante la falta de respuesta que denunciaba por parte del consorcio, posteriormente presentó cinco informes ante la Oficina Antifrau de Catalunya (OAC) y también acudió a la Fiscalía de Tarragona.

La Oficina Antifrau reconoció al trabajador como alertador de corrupción protegido. Esta condición le otorgaba protección frente a posibles represalias derivadas de sus denuncias.

El despido llegó después de las denuncias

La dirección del consorcio abrió un expediente disciplinario contra el trabajador por supuestos comportamientos de acoso laboral y sexual hacia otros empleados. Cinco trabajadores firmaron un escrito en el que denunciaban su comportamiento.

Nueve días después de iniciar el expediente, la entidad decidió despedirlo.

Sin embargo, el juzgado considera especialmente relevante la secuencia temporal de los acontecimientos. Según recoge la sentencia, la empresa conocía las acusaciones contra el trabajador desde diciembre de 2024, pero no consta que actuara al respecto hasta enero de 2025, después de conocer su condición de alertador protegido.

El magistrado también señala que no se ha acreditado ningún comentario concreto, suficientemente identificado en cuanto a su contenido y circunstancias, que permita justificar la sanción de despido. Tampoco considera demostrada la existencia de un patrón sistemático de acoso o comportamiento discriminatorio.

A partir de estos elementos, la resolución concluye que el despido vulneró la protección del trabajador frente a las represalias por denunciar posibles irregularidades.

La protección de los denunciantes, en el centro del caso

El caso vuelve a poner sobre la mesa la aplicación de la Ley 2/2023, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Esta normativa, que transpone al ordenamiento español la directiva europea de protección de los denunciantes, establece garantías para evitar que quienes comuniquen posibles infracciones sufran represalias en su entorno profesional.

Entre las medidas de protección se encuentra la prohibición de adoptar decisiones laborales perjudiciales contra los informantes por el hecho de haber presentado una denuncia. El despido, la suspensión, la degradación profesional o determinadas modificaciones de las condiciones de trabajo pueden constituir represalias cuando están vinculadas a esa comunicación.

La sentencia del caso del Consorci d’Aigües de Tarragona aplica precisamente esta protección en el ámbito laboral y considera que el despido no puede mantenerse.

No obstante, la nulidad del cese no significa que todas las irregularidades denunciadas por el trabajador hayan quedado acreditadas judicialmente. La resolución se pronuncia sobre la legalidad del despido y la vulneración de sus derechos, no sobre la veracidad de cada una de las advertencias que trasladó a las autoridades.

El fallo supone así un nuevo episodio en el conflicto entre el antiguo responsable de cumplimiento normativo y el consorcio, y vuelve a plantear el debate sobre las garantías reales de quienes deciden denunciar posibles irregularidades desde dentro de una organización.