Bruselas lanza un ultimátum a España para aplicar las normas que blindan a periodistas y activistas frente a demandas abusivas

La Comisión Europea apercibe a España y otros 13 países por no aplicar a tiempo la directiva que protege a periodistas y activistas de demandas abusivas.

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Sede de la Comisión Europea en Bruselas. Alicia Windzio/dpa
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La Comisión Europea ha remitido este miércoles un ultimátum a España para que incorpore a su ordenamiento interno las normas comunitarias que fijan unos estándares mínimos de protección frente a los litigios contra la participación pública (SLAPP, por sus siglas en inglés), un instrumento pensado para salvaguardar en la UE a periodistas y activistas frente a posibles demandas abusivas.

Los Estados miembro disponían hasta el pasado mes de mayo para adaptar esta reforma a sus leyes nacionales, pero, pese al margen concedido, aún son 14 los países del bloque, entre ellos España, que no han cumplido el plazo. Por este motivo, Bruselas ha optado por abrir procedimientos de infracción contra todos ellos.

El envío de una carta de emplazamiento supone el arranque formal del expediente sancionador y concede un plazo de dos meses para que las autoridades nacionales adopten las medidas necesarias para corregir el incumplimiento y comuniquen a la Comisión Europea los cambios introducidos.

En caso de que la contestación no resulte satisfactoria para el Ejecutivo comunitario, este podrá pasar a la siguiente fase del procedimiento, que contempla el envío de un dictamen motivado. A partir de ahí, el Estado miembro dispone de algo más de tiempo para mantener el diálogo antes de que Bruselas decida si eleva el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para solicitar la imposición de una multa al país infractor.

Junto a España, han sido igualmente advertidos Bulgaria, República Checa, Alemania, Irlanda, Grecia, Italia, Luxemburgo, Hungría, Países Bajos, Austria, Portugal, Rumanía y Eslovaquia.

Según subraya Bruselas, la directiva sobre SLAPP dota a periodistas y activistas de instrumentos para defenderse de demandas “manifiestamente infundadas o procedimientos judiciales abusivos en materia civil con implicaciones transfronterizas”.

Del mismo modo, faculta a los tribunales para rechazar en una fase temprana las demandas claramente infundadas, contempla vías de recurso para las personas afectadas y garantiza protección frente a resoluciones procedentes de terceros países.