Confirmado el cierre del caso contra directivos de la CRTVG por denuncias de acoso laboral

La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado, tras rechazar el recurso de apelación presentado por la demandante, la decisión previa del Juzgado de Instrucción Número 1 de Santiago que ordenaba el cierre provisional del caso contra nueve directivos, exdirectivos y empleados de la CRTVG, ahora conocida como Corporación de Servizos Audiovisuais de Galicia (CSAG). El proceso se inició en mayo de 2023 debido a una querella de una empleada que implicaba a varios directivos de la entidad, incluido...

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Escrutado: 99.90% Votantes: 4.218.032 Participación: 64.85%

Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 53 -5 1.735.819 41.60%
PSOE-A 28 -2 947.713 22.71%
VOX 15 +1 576.635 13.82%
ADELANTE ANDALUCÍA 8 +8 401.732 9.62%
PorA 5 = 263.615 6.31%
SALF 0 = 105.761 2.53%
PACMA 0 = 25.056 0.60%
100x100 0 = 14.753 0.35%
ANDALUCISTAS-PA 0 = 12.319 0.29%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 9.281 0.22%
JM+ 0 = 7.961 0.19%
PCPA 0 = 5.849 0.14%
FE de las JONS 0 = 4.962 0.11%
MUNDO+JUSTO 0 = 4.696 0.11%
PARTIDO AUTÓNOMOS 0 = 3.693 0.08%
NA 0 = 3.012 0.07%
HE> 0 = 2.134 0.05%
PCTE 0 = 1.777 0.04%
PODER ANDALUZ 0 = 1.076 0.02%
29 0 = 741 0.01%
ALM 0 = 646 0.01%
ANDALUSÍ 0 = 532 0.01%
IZAR 0 = 502 0.01%
JUFUDI 0 = 396 0.01%
IPAL 0 = 360 0.01%
CONECTA 0 = 329 0.01%
SOCIEDAD UNIDA 0 = 237 0.01%

Escaños (109)

Mayoría: 55
PP 53 escaños
PSOE-A 28 escaños
VOX 15 escaños
ADELANTE ANDALUCÍA 8 escaños
PorA 5 escaños

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La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado, tras rechazar el recurso de apelación presentado por la demandante, la decisión previa del Juzgado de Instrucción Número 1 de Santiago que ordenaba el cierre provisional del caso contra nueve directivos, exdirectivos y empleados de la CRTVG, ahora conocida como Corporación de Servizos Audiovisuais de Galicia (CSAG).

El proceso se inició en mayo de 2023 debido a una querella de una empleada que implicaba a varios directivos de la entidad, incluido el exdirector general, Alfonso Sánchez Izquierdo.

El veredicto judicial que fue apelado y dado a conocer en abril detallaba los incidentes descritos en la querella, como un cambio de puesto de trabajo, y rechazaba que cada uno constituyera una forma de acoso laboral.

La Audiencia lo ha confirmado en una resolución fechada a finales de junio, concluyendo que, «analizados de forma objetiva e imparcial, y valorados de forma tanto individual como en su conjunto, ninguno de los actos imputados a los investigados y que resultan de las diligencias de investigación practicadas, pueden ser considerados como hostiles o humillantes y, en todo caso, constitutivos de una situación grave de acoso».

La conclusión del auto, antes de confirmar el archivo, indica que lo que demuestra la investigación es «la existencia de una situación de conflicto laboral, provocado por aquel inicial cambio de puesto de trabajo, que genera ansiedad o malestar en la querellante, tal y como resultan de los informes médicos obrantes en autos, pero en todo caso ajena al derecho penal sancionador».