El juez rechaza el recurso del dueño de Forestalia y mantiene abierta la investigación sobre la empresa

El juez mantiene viva la causa Forestalia, rechaza el recurso de Samper y avala la instrucción frente a las críticas por falta de indicios y prórrogas.

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Fernando Samper durante su comparecencia ante la comisión del ‘caso Koldo’, en el Senado. Eduardo Parra - Europa Press

Fernando Samper durante su comparecencia ante la comisión del ‘caso Koldo’, en el Senado. Eduardo Parra - Europa Press

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El juez instructor del caso Forestalia, Juan José Cortés, ha rechazado el recurso de reforma presentado por el propietario de la compañía, Fernando Samper, contra tres autos dictados en el marco del procedimiento penal abierto a este grupo empresarial, y ordena que la causa siga su curso ordinario.

El escrito de reforma, registrado el pasado 27 de febrero por el abogado de Samper, sostenía, entre otros extremos, “que no existen indicios racionales que justifiquen la continuación de la instrucción y reprocha a la instrucción un carácter prospectivo”. Frente a ello, el magistrado del Tribunal de Instancia de Teruel, Sección Civil e Instrucción, plaza número 1, razona en su resolución que de lo ya practicado “ya, desde el primer momento, se manejaron más que sospechas”.

Detalla el juez que “no estamos ante hechos puramente especulativos derivados de una especial sensibilidad política” sino que “ya, desde ese primer momento, se hacen referencia, se argumentan, pero no de manera vaga, genérica o especulativa, sino con datos concretos y sobre actuaciones concretas, comportamientos que aconsejan una fiscalización de esas conductas”.

El instructor descarta en su auto que “en ningún caso” la investigación haya tenido un carácter meramente prospectivo y subraya que, “sino que, al contrario, fue una investigación exhaustiva, que ha pretendido alcanzar y abrazar todos los eventuales comportamientos que se han entendido reprochables y que han ido apareciendo durante la misma”. Asimismo, niega que en el desarrollo del procedimiento “se haya generado indefensión a las partes y que se haya actuado a espaldas de los afectados”. Destaca, en esta línea, que “una de sus preocupaciones ha sido, en todo momento, salvaguardar los derechos de los investigados o personas afectadas” y rechaza que “la instrucción, en ningún caso, se ha alargado artificial o caprichosamente”.

En relación con la supuesta falta de motivación de las prórrogas de la instrucción, uno de los argumentos centrales del recurso del letrado de Samper, el magistrado replica que dichas ampliaciones se han acomodado en todo momento a los plazos fijados por la LECrim y que el informe de la UCOMA ha resultado “determinante para valorar el devenir de la instrucción”, de modo que la espera para su recepción queda justificada en “la necesidad de prorrogar la instrucción”.

Sobre la alegada prejudicialidad contencioso administrativa esgrimida por el recurrente, el juez concluye en su auto recordando que “la jurisdicción penal es preferente” y, en línea con el criterio del Ministerio Fiscal en su escrito de impugnación, señala que, aun cuando las autorizaciones administrativas otorgadas fueran ajustadas a Derecho, “esto no impediría la existencia de delitos como el cohecho, lo que obliga a continuar con la instrucción penal”.

El Ministerio Fiscal, la letrada de la DGA, el abogado de la Asociación de apoyo a Teruel Existe y el letrado de ADIVE han registrado escritos de impugnación frente a las cuestiones planteadas en el recurso de reforma de la defensa de Samper. Contra este auto cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Teruel.