El magistrado del Juzgado de Instrucción de la plaza número siete del Tribunal de Instancia de Sevilla ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta a raíz de la querella presentada por los progenitores de Sandra Peña, la adolescente sevillana que presuntamente se quitó la vida el pasado mes de octubre tras sufrir acoso escolar. La acción penal iba dirigida contra el Centro Educativo Irlandesas Loreto de Sevilla y contra el director, la jefa de estudios y la tutora de la menor, a quienes se atribuía la “comisión por parte de estos de los delitos de homicidio por imprudencia, lesiones psíquicas y trato degradante”.
En el auto, fechado el 12 de mayo de 2026 y al que ha tenido acceso Europa Press, el juez concluye que “el colegio y sus responsables adoptaron medidas para combatir la situación de acoso, pero no les era exigible, de hecho nadie se lo esperaba, que controlaran a la menor en todo momento para evitar que se quitara la vida”.
El instructor subraya además que el suceso “ocurrió fuera del ámbito del colegio sin que el deber in vigilando de los educadores se extendiera al domicilio de la menor”. A juicio del magistrado, “faltaba la relación de causalidad entre lo que se afirman que fueron los actos omisivos inaceptables de la comunidad educativa y el suicidio de la niña”, por lo que ordena archivar provisionalmente las diligencias.