El Supremo inadmite el recurso del Ayuntamiento contra la anulación de artículos de la ordenanza sobre ZBE

El Supremo inadmite el recurso del Ayuntamiento de Madrid contra la anulación de artículos de la ZBE, ya sin efecto tras la nueva ordenanza de Movilidad.

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Cartel de Zona de Bajas Emisiones, en la Plaza de Cibeles, a 19 de marzo de 2026, en Madrid (España).  Jesús Hellín - Europa Press

Cartel de Zona de Bajas Emisiones, en la Plaza de Cibeles, a 19 de marzo de 2026, en Madrid (España). Jesús Hellín - Europa Press

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La resolución judicial queda sin aplicación efectiva tras la aprobación de la nueva Ordenanza de Movilidad el pasado mes de marzo.

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid frente a la sentencia que dejó sin validez varios artículos de la Ordenanza municipal que fijaban el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de la ciudad.

Así se recoge en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press y frente al que no cabe recurso, en el que se acuerda dicha inadmisón respecto de la sentencia de 17 de septiembre de 2024 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Aquel fallo estimó de forma parcial el recurso presentado por Vox contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 13 de septiembre de 2021, que modificó la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018. La resolución del TSJM dejó sin efecto preceptos relativos a la delimitación y al régimen de funcionamiento de las zonas de bajas emisiones.

Deficiencias en el informe de impacto económico y ambiental

La razón principal de la anulación se centraba en la insuficiencia del informe de impacto económico, al entender que en la tramitación de la ordenanza no se habían valorado de forma adecuada las consecuencias económicas derivadas de las restricciones a la circulación previstas.

El tribunal consideró que debió realizarse una ponderación correcta del equilibrio entre beneficios y costes de las medidas aprobadas, así como analizar alternativas menos restrictivas con un efecto equivalente. También se apreciaron carencias en el informe de impacto ambiental.

Ante esa sentencia, el Consistorio preparó recurso de casación. Ahora, la Sección Primera de la Sala del Tribunal Supremo recuerda que la mera anulación de una disposición general no basta para admitir un recurso de casación, siendo necesaria una motivación adicional que acredite la existencia de interés casacional que justifique un pronunciamiento del Alto Tribunal.

En este supuesto, añade, la resolución impugnada fundamenta su criterio en "un completo y exhaustivo análisis del Informe de impacto económico y del resto de documentación de la Memoria de análisis de impacto normativo", de manera que el recurso municipal "refiere una mera discrepancia con el juicio de ponderación efectuado en la resolución recurrida, refiriéndose sustancialmente a cuestiones de hecho y de valoración de la prueba, todo lo cual está excluido de la casación".

Una nueva ordenanza deja sin efecto práctico la sentencia

Desde el área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, dirigida por Borja Carabante, han señalado a Europa Press que, tras la aprobación en el Pleno del pasado marzo de la nueva Ordenanza de Movilidad, la sentencia del Supremo carece de efectos prácticos.

Con los votos en solitario del PP y el rechazo en bloque de la oposición, se dio luz verde a la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que amplía las zonas de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), consolida las Zonas de Bajas Emisiones y, como novedad, permitirá de forma temporal la circulación de vehículos A empadronados en la capital siempre que se cumpla la directiva de calidad del aire para el dióxido de nitrógeno (NO2).

La aprobación de la nueva norma llegó cuando se cumplía un año y medio desde que el TSJM anulara parte del texto de 2021. En la tramitación se registraron 110 alegaciones, dos enmiendas a la totalidad (de Más Madrid y Vox) y seis enmiendas parciales del PSOE.

La ordenanza de 2021 fue una de las más difíciles de sacar adelante para el equipo de José Luis Martínez-Almeida, entonces en coalición con Ciudadanos, liderados por Begoña Villacís. La suma de apoyos no era suficiente ante el rechazo de Más Madrid, PSOE y Vox. Los cuatro concejales de Recupera Madrid, escindidos de Más Madrid y constituidos como Grupo Mixto, resultaron decisivos para el Gobierno municipal, pocos días antes del Pleno extraordinario en el que se buscaba la aprobación de la Ordenanza de Movilidad.

La norma se aprobó el 13 de septiembre con el respaldo de PP, Cs y Grupo Mixto —texto posteriormente recurrido por Más Madrid y Vox— y el voto en contra de la formación de Rita Maestre, de los de Javier Ortega Smith y del PSOE, apenas dos días antes de que la zona de bajas emisiones de Madrid Central quedara anulada, con el consiguiente riesgo económico para el Ayuntamiento por la posible devolución de multas si no existiera una ordenanza que la amparase.

La compleja trayectoria de la Ordenanza de Movilidad Sostenible sumó otro episodio en septiembre de 2024, cuando el TSJM anuló las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) a raíz de un recurso de Vox al apreciar, entre otros motivos, una "patente insuficiencia del informe de impacto económico" sobre las medidas adoptadas. Carabante ya avanzó que se había elaborado un nuevo estudio económico a partir de un informe de la empresa pública Ineco.

Ampliación del SER y nuevos horarios en zonas saturadas

La nueva ordenanza prevé la ampliación del SER en 60.000 plazas, extendiéndolo a más barrios y distritos, concibiéndolo "no sólo como un instrumento que regula la oferta y la demanda sino también como el principal para proteger al vecino cuando hay una importante presión de la demanda sobre la oferta de estacionamiento".

El texto incorpora una novedad relevante respecto al Servicio de Estacionamiento Regulado: la opción de ampliar el horario y los días de aplicación en zonas con elevada demanda de aparcamiento. Así, la Junta de Gobierno podrá fijar un horario extendido más allá de las 21,00 horas de lunes a viernes no festivos y desde las 15,00 horas los sábados, además de domingos y festivos. Este régimen se mantendrá mientras persista la situación de alta demanda que justificó su implantación.

La medida pretende asegurar plazas de aparcamiento para los residentes en barrios con intensa actividad comercial, cultural, deportiva, turística y de ocio, que atraen una fuerte afluencia de visitantes.

Además, el SER podrá ampliarse a nuevos barrios siempre que exista petición vecinal. La extensión se hará de forma progresiva y condicionada a un acuerdo favorable de la Junta de Distrito, tras consultar a vecinos y asociaciones. La zona que se elimina del ámbito del SER es Moratalaz.