El TSJ de Murcia ratifica 19 años de cárcel a un hombre por agresiones sexuales a dos hermanas menores

El TSJ de Murcia confirma 19 años de prisión y amplias medidas de alejamiento e inhabilitación a un hombre por abusos y agresiones sexuales a dos hermanas menores.

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha confirmado íntegramente la condena a 19 años y tres meses de prisión impuesta a un hombre por agredir y abusar sexualmente de dos hermanas menores de edad, pertenecientes a una familia con la que mantenía una estrecha relación de amistad y de la que era padrino de comunión de una de las niñas.

El alto tribunal regional ha rechazado el recurso de apelación formulado por el condenado contra la sentencia dictada en marzo de 2025 por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, que le consideró responsable de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y de otro delito continuado de abuso sexual.

De acuerdo con los hechos probados, los ataques se produjeron aprovechando la confianza entre ambas familias. El acusado utilizó visitas a la vivienda, una salida a la playa y otros momentos en los que quedaba a solas con las niñas —que tenían 8 y 12 años cuando comenzaron los hechos— para perpetrar las agresiones.

La resolución del TSJMU descarta los argumentos de la defensa sobre una supuesta vulneración de la presunción de inocencia y sobre la existencia de motivaciones espurias en las menores denunciantes, y respalda la decisión del tribunal de primera instancia.

El órgano judicial considera que la valoración de la prueba realizada por la Audiencia es lógica y coherente, y subraya la solidez, el detalle y la persistencia en el tiempo de las declaraciones de las dos hermanas, a las que otorga plena credibilidad.

La Sala destaca además que la credibilidad de los testimonios se ve reforzada por diversas corroboraciones periféricas, como la revelación efectuada a la profesora-tutora de una de las menores, los informes emitidos en el marco del Proyecto Luz y la coincidencia de ambas víctimas al señalar al mismo autor de los abusos.

El tribunal añade que el retraso inicial en la interposición de la denuncia no mina la fiabilidad de la acusación y lo sitúa dentro de los patrones habituales de inhibición y trauma que suelen observarse en agresiones sexuales sufridas por menores dentro de entornos de confianza.

Además de la pena de prisión, la sentencia confirmada mantiene la prohibición de que el condenado se acerque a menos de 500 metros de las víctimas o se comunique con ellas durante un periodo total de 39 años y tres meses.

El fallo incluye también 10 años de libertad vigilada —cinco años por cada uno de los delitos continuados—, la inhabilitación absoluta durante todo el tiempo de las penas, la inhabilitación especial para cualquier actividad profesional u oficio que implique contacto directo con menores, así como la obligación de indemnizar a las hermanas con 30.000 euros en concepto de daños morales, de los que 25.000 euros corresponden a una de ellas y 5.000 euros a la otra.

La resolución del TSJMU no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.