El TSXG establece 10.000 euros por cada tres años de abuso de temporalidad en las administraciones públicas

El TSXG fija 10.000 euros por cada tres años de abuso de temporalidad en las administraciones públicas, abriendo vía a nuevas reclamaciones.

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Representantes de sindicatos y plataformas de trabajadores temporales de las Administraciones Públicas en una concentración el pasado mes de junio Eduardo Parra - Europa Press
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Una reciente resolución de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha fijado en 10.000 euros la compensación económica por cada periodo de tres años de abuso de temporalidad en las administraciones públicas.

La sentencia, dictada en julio de 2026, estima el recurso presentado por un trabajador de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil que denunció abuso en la duración de su relación temporal. Este pronunciamiento sigue la línea de otro fallo anterior del propio TSXG, en el que ya se había señalado una cuantía de hasta 10.000 euros por cada tramo de tres años de temporalidad en el caso de una empleada de la Xunta. En ambos supuestos, los afectados encadenaron contratos temporales durante 22 y 15 años, respectivamente.

El tribunal gallego entiende que la indemnización destinada a resarcir el abuso puede calcularse tomando como base la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Lisos) y fija un criterio temporal: por cada periodo completo de tres años en el que se mantenga la situación abusiva puede generarse un nuevo importe de hasta 10.000 euros. Todo ello, sin perjuicio de que la cantidad deba graduarse atendiendo a las circunstancias específicas de cada supuesto y a otros perjuicios adicionales que puedan probarse.

Para delimitar ese intervalo de tres años, la Sala se remite al artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que sirve de referencia temporal para valorar la prolongación indebida de la relación temporal.

Al hilo de este pronunciamiento, Unive Abogados considera “especialmente relevante el alcance que este criterio puede tener en futuras reclamaciones, al vincular la duración de la situación abusiva con la cuantificación del daño”.

En una nota pública, el despacho subraya que esta resolución abre una vía clara para que otros afectados puedan reclamar indemnizaciones. “Hasta ahora, uno de los principales problemas en este tipo de procedimientos ha sido precisamente determinar cómo debe traducirse económicamente un abuso que puede prolongarse durante muchos años. La utilización de periodos completos de tres años como referencia permite establecer un parámetro objetivo para esa valoración, aunque la cuantía final deberá seguir determinándose de forma individualizada atendiendo a las circunstancias de cada trabajador”, explica.

El criterio adoptado por el TSXG se apoya en la doctrina más reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, que exige que las medidas frente al abuso en la contratación temporal proporcionen una respuesta efectiva ante el uso reiterado e injustificado de relaciones temporales sucesivas.