La Guardia Civil sitúa a los acusados de la red de narcolanchas como perfectamente conocedores del género prohibido

Un guardia civil sitúa a 11 acusados en una red organizada de narcolanchas y la Fiscalía reclama hasta 9 años de cárcel y fuertes multas.

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Comienzan las declaraciones del juicio contra la trama acusada de construir y trasladar 'narcolanchas' desde Vigo y el Norte de Portugal a otros puntos de España. EUROPA PRESS

Comienzan las declaraciones del juicio contra la trama acusada de construir y trasladar 'narcolanchas' desde Vigo y el Norte de Portugal a otros puntos de España. EUROPA PRESS

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Los 11 procesados por su presunta participación en la fabricación y traslado de 'narcolanchas' desde Vigo y el norte de Portugal eran "perfectamente conocedores" de que trabajaban con "género prohibido", según declaró este lunes ante el tribunal el guardia civil instructor del caso, que ha colocado "en la cúspide" de la trama a dos varones residentes en Cataluña, Ramón S.V. y Sergio R.T.

El agente ha prestado declaración en la primera sesión del juicio que se celebra en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, donde se juzga a 11 personas y a una empresa por la supuesta construcción en naves de Vigo y del norte de Portugal de embarcaciones rápidas destinadas al narcotráfico, que después se trasladaban a distintos puntos de España para ultimar su equipamiento. Los investigadores llegaron a seguir el rastro de cerca de una veintena de estas lanchas, varias de ellas finalmente intervenidas en operativos contra el tráfico de hachís en el sur peninsular.

El instructor de las diligencias ha subrayado que los acusados sabían que estaban fabricando y comercializando embarcaciones catalogadas como prohibidas, destinadas al tráfico de drogas. Como ejemplo, ha indicado que "sabían que no podía transportarlas cualquier camionero" y que se extremaban las precauciones con quienes se encargaban de mover las lanchas.

Además, el testigo ha detallado que el grupo adoptaba medidas de seguridad para esquivar la vigilancia policial y evitar levantar sospechas, como mantener las embarcaciones durante semanas en instalaciones de las empresas de transporte con las que trabajaban, antes de continuar su ruta.

La causa se abrió en enero de 2021, cuando se detectó la actividad de construcción de lanchas rápidas en una nave de Vigo. A partir de las primeras vigilancias, se confirmaron las sospechas y se pusieron en marcha actuaciones como el balizamiento de las embarcaciones y la intervención de comunicaciones telefónicas de los implicados.

Organización de la trama

El guardia civil ha descrito el funcionamiento del entramado como una auténtica organización. En la parte alta situó a los dos acusados con domicilio en Cataluña, Ramón S.V. y Sergio R.T., ya conocido en la sección quinta de la Audiencia por el juicio del alijo del Karar, quienes marcaban las directrices sobre cómo construir y trasladar las lanchas y mantenían los contactos con los destinatarios finales.

Según su testimonio, los presuntos cabecillas, además de dirigir el engranaje, mantenían "una relación fluída" con los miembros de la rama portuguesa, que ponían a disposición de la red instalaciones de astillero para rematar la construcción de las embarcaciones y, en algunos casos, instalar los motores.

En un escalón intermedio situó a Javier Marcial T.V. y Manuel L.S., encargados de estar sobre el terreno en las naves donde se armaban y acondicionaban las lanchas. El resto de procesados, de acuerdo con la versión del instructor, asumían tareas de transporte, recepción de las embarcaciones, gestión de las naves y otros cometidos logísticos.

Polémica por el balizamiento

Durante la vista de este lunes, las defensas han centrado parte de sus preguntas en discutir la legalidad y la proporcionalidad del balizamiento de las supuestas 'narcolanchas'. Sostienen que la Guardia Civil pidió permiso judicial para colocar dispositivos de seguimiento en embarcaciones rápidas, cuando en realidad se trataba solo de "cascos" sin motor, sin flotadores ni elementos que, a su juicio, permitiesen concluir que se trataba de género ilícito.

Interrogado por estas objeciones, el instructor ha reiterado que la consideración de una embarcación como "género prohibido" alcanza "cualquier estadio de su fabricación". Ha precisado que las lanchas investigadas reunían las características para ser declaradas ilegales por su eslora, por la configuración del potro central para asientos en línea y por el espejo de popa preparado para varios fueraborda. "El uso de ese tipo de embarcaciones, con esta estructura, no es otro que el tráfico de drogas", ha afirmado.

El agente ha admitido que, sin el balizamiento, habría resultado "imposible" seguir los desplazamientos de las lanchas sospechosas y avanzar en la investigación.

Delitos imputados y peticiones de pena

La Fiscalía sostiene que los 11 acusados y una empresa de transportes de O Porriño conformaban una estructura "empresarial, personal y material" que, al menos entre septiembre de 2020 y junio de 2022, se dedicó a construir lanchas semirrígidas de alta velocidad, constitutivas de género prohibido, destinadas a operaciones de narcotráfico.

Por ello, les atribuye delitos de contrabando de embarcaciones constitutivas de género prohibido, cometidos mediante el uso de personas, entidades y organizaciones. A uno de los procesados se le imputan además tenencia ilícita de armas y un delito contra la salud pública, después de que en el registro de su vivienda se hallaran casi 300 gramos de hachís y, en su despacho de la empresa de transportes, una pistola detonadora semiautomática.

En el marco de la causa se detectó la construcción de al menos 19 'narcolanchas', algunas de las cuales se comprobó que participaron en alijos de hachís en el sur de la Península.

Por estos hechos, el Ministerio Público reclama penas de entre 2 y 9 años de prisión para los acusados, así como multas que en conjunto superan los 80 millones de euros. Para la empresa encausada solicita una multa de 14 millones de euros, dos años de prohibición de acceder a ayudas o subvenciones públicas o a incentivos fiscales, y un año y tres meses de suspensión de las actividades de importación, exportación o comercio de embarcaciones neumáticas y semirrígidas.