Ratificada la condena al conductor de un patinete que arrolló a un policía local en Semana Santa en Almería

La Audiencia de Almería confirma la condena a ocho meses de prisión al conductor de un patinete que arrolló a un policía local durante la Semana Santa.

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Una persona circulando en patinete AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA
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La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado la sentencia contra un hombre que embistió de forma intencionada con un patinete eléctrico a un agente de la Policía Local durante la pasada Semana Santa en la capital almeriense, cuando este regulaba la circulación en una zona de procesiones con numerosa presencia de público.

La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, mantiene la pena de ocho meses de prisión por un delito de atentado, así como un mes de multa con una cuota diaria de tres euros por un delito de lesiones leves. Además, el condenado deberá abonar al agente 300 euros en concepto de responsabilidad civil.

El tribunal da por probado que sobre las 22,00 horas del 30 de marzo, Lunes Santo, el policía local se encontraba ordenando el tráfico por el paso de las procesiones en la calle Real de Almería cuando observó que se aproximaba un hombre a bordo de un patinete eléctrico.

Ante el hecho de que el acusado circulaba “a gran velocidad” y en un contexto de “gran afluencia de viandantes”, el agente decidió “cortarle el paso” y darle el alto situándose entre la pared de la calle Real y su motocicleta de servicio.

Pese a ello, el procesado, con “ánimo de atentar” contra la integridad del funcionario y “obviando el principio de autoridad”, optó por acelerar el patinete y “embistió” al agente, que “salió despedido varios metros” hasta caer al suelo.

Varios peatones retuvieron al sospechoso hasta la llegada de otro policía local, que procedió a su detención en el mismo lugar de los hechos. La víctima sufrió contusiones en una pierna y en la zona lumbar, lesiones de las que tardó seis días en sanar.

La Audiencia Provincial de Almería valora que el relato “coherente” y “uniforme” ofrecido por el agente atropellado, respaldado por el parte médico y por la declaración del compañero que acudió después, constituye prueba bastante para dictar condena frente a la versión del acusado, que sostuvo que el atropello fue “accidental” y no deliberado.