La regulación de la IA se encalla en Europa

El experto en derecho digitales Francisco Pérez Bes analiza la situación de la regulación de la Inteligencia Artificial en Europa y el debate de si el nuevo alcance de la norma supondría regular la tecnología propiamente dicha y no únicamente su utilización

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El próximo 6 de diciembre está previsto que tenga lugar una nueva reunión que lleve a Europa a acercarse a la aprobación definitiva del reglamento que va a regular la inteligencia artificial.

Este proceso, como así puso de manifiesto META en el evento organizado por Ágora23 este mes de noviembre, ha estado marcado por la controversia derivada de la aparición de la IA generativa, y la conveniencia de incluirla en el borrador de regulación inicial, especialmente a la vista de la dificultad (si no imposibilidad actual) de comprender cuál puede ser el verdadero impacto que tenga esta categoría de inteligencia artificial en la sociedad europea.

Y es que, como es sabido, el objetivo de esta normativa no era el de regular la tecnología como tal, sino el de prever y evitar los potenciales riesgos que se pueden derivar de su uso (risk based approach), en base a un principio de neutralidad tecnológica. Dicho con otras palabras, la propuesta de regulación europea de la inteligencia artificial se basaría en la capacidad de esta tecnología de provocar daños. De ahí que, como puede observarse a simple vista, la mayor parte de la norma se dedique a prohibir determinados usos y a exigir determinadas obligaciones para el uso de lo que se denomina “inteligencia artificial de alto riesgo”.

La IA generativa: el punto de fricción

Sin embargo, la propuesta de incorporar en el citado Reglamento la regulación de la IA generativa -del tipo chatGPT- ha puesto sobre la mesa el debate de si el nuevo alcance de la norma supondría regular la tecnología propiamente dicha y no únicamente su utilización, contraviniendo, de esta manera, el espíritu de future proof que se pretende caracterice dicha normativa.