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Vea aquí el texto íntegro: el BOE publica la disolución de las Cortes y convoca las elecciones del 29 de noviembre

El decreto establece que las nuevas Cámaras se reunirán en sesión constitutiva el 23 de diciembre a las 10.00 horas

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el vicepresidente primero y ministro de Economía, Empresa y Comercio, Carlos Cuerpo. Eduardo Parra - Europa Press
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, por el que se disuelven el Congreso de los Diputados y el Senado elegidos el 23 de julio de 2023 y se convocan nuevas elecciones a ambas Cámaras. El decreto, firmado por el Rey y el presidente del Gobierno, entra en vigor el mismo día de su publicación.

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El decreto establece que la campaña electoral tendrá una duración de quince días. Comenzará a las 00.00 horas del viernes 13 de noviembre y terminará a las 24.00 horas del viernes 27 de noviembre. La convocatoria fija las elecciones generales para el domingo 29 de noviembre de 2026. El Real Decreto establece así formalmente el calendario que llevará a la elección de los nuevos diputados y senadores, de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Las nuevas Cortes Generales se constituirán el 23 de diciembre a las 10.00 horas. El artículo 5 del decreto establece que el Congreso y el Senado resultantes de las elecciones se reunirán ese día en sus respectivas sesiones constitutivas.

El reparto de diputados por circunscripciones

El Real Decreto incorpora como anexo el número de diputados que corresponde elegir en cada circunscripción. Madrid elegirá 38 diputados y Barcelona, 32, mientras que Valencia tendrá 16 y Sevilla y Alicante, 12 cada una.

Entre las demás circunscripciones, Málaga elegirá 11 diputados; Murcia, 10; Cádiz, A Coruña, Illes Balears y Bizkaia, ocho cada una; Asturias, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife y Zaragoza, siete; y Almería, Córdoba, Girona, Gipuzkoa, Granada, Jaén, Las Palmas, Navarra, Tarragona y Toledo, seis.

El anexo también fija la representación correspondiente al resto de provincias y a las ciudades de Ceuta y Melilla. En el caso del Senado, el decreto establece que cada circunscripción provincial elegirá cuatro senadores, mientras que las circunscripciones insulares y las ciudades autónomas tendrán la representación prevista en el artículo 3 del Real Decreto.

El decreto fue aprobado a propuesta del presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 5 de octubre. El texto señala que su entrada en vigor se produce el mismo día de su publicación en el BOE.