UNAV precisa cuándo se pueden repercutir recargos por combustible en viajes combinados ya contratados

UNAV aclara cuándo pueden aplicarse recargos por combustible en viajes combinados y recuerda que los billetes aéreos ya comprados no admiten subidas posteriores.

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Viajeros en la Terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, a 30 de marzo de 2026, en Madrid (España). Jesús Hellín - Europa Press

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Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 53 -5 1.735.819 41.60%
PSOE-A 28 -2 947.713 22.71%
VOX 15 +1 576.635 13.82%
ADELANTE ANDALUCÍA 8 +6 401.732 9.62%
PorA 5 = 263.615 6.31%
SALF 0 = 105.761 2.53%
PACMA 0 = 25.056 0.60%
100x100 0 = 14.753 0.35%
ANDALUCISTAS-PA 0 = 12.319 0.29%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 9.281 0.22%
JM+ 0 = 7.961 0.19%
PCPA 0 = 5.849 0.14%
FE de las JONS 0 = 4.962 0.11%
MUNDO+JUSTO 0 = 4.696 0.11%
PARTIDO AUTÓNOMOS 0 = 3.693 0.08%
NA 0 = 3.012 0.07%
HE> 0 = 2.134 0.05%
PCTE 0 = 1.777 0.04%
PODER ANDALUZ 0 = 1.076 0.02%
29 0 = 741 0.01%
ALM 0 = 646 0.01%
ANDALUSÍ 0 = 532 0.01%
IZAR 0 = 502 0.01%
JUFUDI 0 = 396 0.01%
IPAL 0 = 360 0.01%
CONECTA 0 = 329 0.01%
SOCIEDAD UNIDA 0 = 237 0.01%

Escaños (109)

Mayoría: 55
PP 53 escaños
PSOE-A 28 escaños
VOX 15 escaños
ADELANTE ANDALUCÍA 8 escaños
PorA 5 escaños

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La Unión Nacional de Agencias de Viajes (UNAV) ha precisado que las agencias pueden repercutir determinados recargos por combustible en el precio final de un viaje combinado ya adquirido, siempre que esta posibilidad figure de forma expresa en el contrato y se respeten íntegramente las exigencias de la normativa específica de viajes combinados.

Estas aclaraciones han sido expuestas por la directora del área jurídica de la patronal, María Dolores Serrano, en el marco de una serie de explicaciones sobre las recientes orientaciones emitidas por la Comisión Europea en relación con el impacto de la crisis de Oriente Próximo en el transporte aéreo.

Ahora bien, Serrano ha remarcado que, cuando se trata de un billete de avión adquirido de forma aislada y ya emitido, no cabe aplicar un recargo adicional con posterioridad. Además, ha recordado que "El aumento del precio del combustible no constituye por sí solo una circunstancia extraordinaria que exonere automáticamente a las aerolíneas de sus obligaciones".

Respecto a los derechos de los pasajeros, la experta jurídica de UNAV ha insistido en que el conflicto en Oriente no anula las prerrogativas de los usuarios a recibir compensaciones, reembolsos o alternativas de transporte en caso de cancelación de vuelos.

Tras estas matizaciones, la representante de la patronal ha reiterado que UNAV continuará siguiendo de cerca la evolución del escenario internacional y trasladando a las administraciones competentes las necesidades y dificultades que atraviesa el sector turístico ante esta coyuntura.

El pasado 8 de mayo, la Comisión Europea difundió una guía dirigida a los operadores del transporte y del turismo con el fin de aclarar cómo deben aplicarse las normas comunitarias ante las repercusiones del conflicto en el suministro energético y el cierre de determinadas rutas aéreas y marítimas en la zona.

Aunque el Ejecutivo comunitario indica que "no hay pruebas concretas" de escasez de combustible en la UE y que la situación continúa siendo "estable", también avisa de que, si la crisis se prolonga, podrían darse problemas en el abastecimiento de queroseno, así como retrasos, cancelaciones, desvíos de rutas y un incremento de los precios.

En este escenario, Bruselas recalca que las aerolíneas no están facultadas para alterar el precio de un billete ya comprado con el argumento de una subida posterior del coste del queroseno. En el documento se recuerda de forma expresa que "Cualquier cambio retroactivo del precio queda excluido" y se incide en que las compañías deben asumir la volatilidad del combustible como un elemento inherente a su actividad habitual.