Comment l'explosion de Plaça de Sants affecte le Métro de Barcelone : accès fermés et dernières incidents

La L1 et la L5 maintiennent le service, bien qu'un des accès à la station reste fermé et TMB avertit de possibles perturbations dans les bus de la zone.

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La explosion provoquée par une fuite de gaz dans l'environnement de la station de Plaça de Sants a généré des doutes parmi les utilisateurs sur le fonctionnement du Metro de Barcelona. Bien que l'incident ait laissé huit personnes blessées et obligé à déployer un large dispositif d'urgences, les principales lignes qui passent par la station continuent de fonctionner normalement.

Voici les principales affectations confirmées par Transports Metropolitans de Barcelona (TMB) et les services d'urgences.

Quelles lignes de métro fonctionnent normalement ?

Les lignes L1 et L5, qui ont un arrêt à Plaça de Sants, continuent de circuler normalement malgré l'explosion enregistrée dans l'un des accès de la station. La déflagration s'est produite dans une zone où des travaux d'accessibilité étaient en cours et n'a pas obligé à interrompre le service ferroviaire.

Cependant, il convient de rappeler que la L1 est déjà partiellement affectée par les travaux de rénovation que TMB réalise cet été entre Florida et Plaça de Sants, une action prévue à l'avance et qui n'a aucun lien avec l'explosion.

Quels accès sont affectés ?

La principale incidence dérivée de l'urgence affecte l'accès de la rue Galileu, correspondant à la ligne L5, qui reste fermé pendant que se poursuivent les travaux de réparation et que la sécurité de la zone est garantie.

Le reste des accès à la station restent disponibles pour les voyageurs. De plus, le couloir de liaison entre les lignes L1 et L5 était déjà fermé depuis des mois en raison des travaux d'amélioration de l'accessibilité, une restriction qui n'est pas liée à la déflagration.

Y a-t-il des affectations dans les bus ?

TMB a averti que les travaux dans l'environnement de Plaça de Sants pourraient provoquer des déviations ponctuelles dans certaines lignes de bus si les tâches de réparation obligent à maintenir des restrictions de circulation dans la zone. La compagnie recommande aux voyageurs de consulter l'état du service avant de se déplacer.

Pour le moment, la principale incidence pour les utilisateurs des transports publics reste la fermeture de l'accès de Galileu et les restrictions de mobilité dérivées du dispositif d'urgence déployé après l'explosion.

Que s'est-il passé à Plaça de Sants ?

La explosion s'est est produite vers 22h50 mercredi alors que des techniciens de la société fournisseur et des pompiers de Barcelone travaillaient pour réparer un tuyau de gaz endommagé lors de travaux d'accessibilité à la station. La fuite avait été détectée des heures auparavant, à 14h40.

Le Système d'Emergències Mèdiques a confirmé un bilan de huit personnes blessées, dont deux gravement, tandis que les autorités maintiennent ouverte une enquête pour déterminer les causes exactes de l'explosion.

 

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CONTENU GÉNÉRÉ PAR L'IA

¿Qué requisitos legales debe cumplir Transports Metropolitans de Barcelona para ejecutar obras de accesibilidad en el metro?

Transports Metropolitans de Barcelona (TMB) debe cumplir, para ejecutar obras de accesibilidad en el metro, un conjunto de requisitos que combinan normativa estatal básica en materia de discapacidad y accesibilidad, regulación ferroviaria, legislación catalana específica (incluido el nuevo Codi d’accessibilitat) y el régimen urbanístico y local propio de Barcelona. Además, cuando contrata las obras, se le aplica la normativa básica de contratación pública. A continuación se ordenan los principales bloques normativos y qué implican en la práctica para las obras en estaciones y túneles del metro.

1. Marco básico estatal sobre discapacidad y accesibilidad

En primer lugar, TMB debe respetar las condiciones básicas de igualdad y accesibilidad derivadas del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013. Esta ley, dictada tras la ratificación por España de la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad (Instrumento de Ratificación de 2008), obliga a garantizar la accesibilidad universal en entornos, bienes y servicios de uso público.

Esas obligaciones se desarrollan reglamentariamente en varios reales decretos clave:

  • Transporte: el Real Decreto 1544/2007 fija las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en los modos de transporte, con un anexo específico para el ferrocarril metropolitano. Ha sido completado por el Real Decreto 537/2019 (disposiciones adicionales sobre adaptación).
  • Espacios públicos y edificaciones: el Real Decreto 505/2007 establece las condiciones básicas de accesibilidad en espacios públicos urbanizados y edificios, desarrollado y revisado por el Real Decreto 173/2010 (que modifica el Código Técnico de la Edificación) y, para espacios públicos, por la Orden TMA/851/2021.
  • Bienes y servicios a disposición del público: el Real Decreto 193/2023 regula de forma transversal las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en bienes y servicios accesibles al público, que alcanzan a la información, venta de billetes, atención al usuario, etc. en el metro.

En conjunto, estas normas obligan a que los proyectos de obra de TMB incorporen soluciones accesibles (itinerarios sin barreras, ascensores, señalización táctil y visual, avisos acústicos, accesibilidad cognitiva, etc.) como requisito legal mínimo, sobre el que Cataluña puede ser más exigente.

2. Normativa ferroviaria y de seguridad operacional

Aunque la red de metro no forma parte de la Red Ferroviaria de Interés General, la normativa estatal ferroviaria fija estándares técnicos y de seguridad que actúan como referencia y, en algunos casos, son de aplicación supletoria o por remisión:

En Cataluña, la Ley 4/2006, Ferroviaria de Cataluña regula específicamente los ferrocarriles que circulan íntegramente en Cataluña, entre ellos el metro de Barcelona. Esta ley establece que las infraestructuras y servicios ferroviarios de la Generalitat (o de entes donde participa, como TMB) deben cumplir las exigencias técnicas y de seguridad, lo que implica tramitar y aprobar formalmente los proyectos constructivos, planes de seguridad en la circulación y, en su caso, autorizaciones sectoriales ferroviarias.

3. Normativa catalana de accesibilidad (Ley 13/2014 y Codi d’accessibilitat)

Sobre el mínimo estatal, Cataluña ha aprobado un marco propio más detallado:

  • La Ley 13/2014, de accesibilidad fija el régimen general de accesibilidad en espacios públicos, edificios, transportes, bienes y servicios, y prevé la aprobación de un código de desarrollo.
  • Decret 209/2023, que aprueba el Codi d’accessibilitat de Catalunya. El preámbulo explica que el Código integra todas las condiciones de accesibilidad física, sensorial y cognitiva en espacios de uso público, edificios y medios de transporte públicos, recogiendo y armonizando, entre otras, las exigencias del Real Decreto 173/2010, el Real Decreto 1544/2007 y la Orden TMA/851/2021.

El Codi d’accessibilitat dedica un capítulo específico a los medios de transporte públicos (capítulo cuarto), con secciones sobre requisitos generales (sistemas de comunicación, venta de billetes, planes de implantación de la accesibilidad por operador) y condiciones técnicas para cada modo. Para TMB, esto significa:

  • Diseñar las obras para que las estaciones, andenes, accesos y material móvil cumplan los parámetros técnicos del Código.
  • Integrar cada actuación de obra en el “Pla d’implantació de l’accessibilitat” que el Código exige a cada operador.

4. Régimen urbanístico, licencias y coordinación institucional

Las obras de accesibilidad en estaciones (ascensores, nuevos vestíbulos, salidas de emergencia, etc.) están sujetas a la normativa urbanística y al régimen especial de Barcelona:

  • La Ley 31/2010, del Área Metropolitana de Barcelona atribuye a la AMB competencias en urbanismo, ordenación del territorio y transporte metropolitano, lo que obliga a coordinar los proyectos de obras con este ente supramunicipal.
  • La Ley 1/2006, de régimen especial del municipio de Barcelona refuerza las competencias del Ayuntamiento en urbanismo, infraestructuras y movilidad. Las intervenciones de TMB que afecten al espacio público o a estructuras emergentes deben ajustarse a las ordenanzas municipales y obtener las licencias urbanísticas u otros títulos habilitantes municipales correspondientes.

En la práctica, TMB debe tramitar ante el Ayuntamiento de Barcelona (y, cuando proceda, la AMB o la Generalitat) los proyectos de obras de accesibilidad, integrando en la documentación técnica:

  • El cumplimiento del Codi d’accessibilitat y de las normas estatales básicas.
  • Los estudios de seguridad y salud en la obra y de afecciones al entorno urbano.
  • La coordinación con otros servicios urbanos (redes, tráfico, protección civil).

5. Contratación pública de las obras

Cuando TMB licita las obras de accesibilidad, se le aplica la legislación estatal de contratos del sector público, desarrollada, entre otras referencias, por la Resolución de 7 de mayo de 2018, dictada “a los efectos previstos en el artículo 324.5 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público”. Ello implica, entre otros aspectos:

  • Definir contratos de obras con prescripciones técnicas que incorporen las exigencias del Codi d’accessibilitat y del Real Decreto 1544/2007.
  • Aplicar criterios de adjudicación y condiciones especiales de ejecución relacionados con la accesibilidad y la no discriminación.

En resumen, para ejecutar obras de accesibilidad en el metro, TMB debe: diseñar conforme a la Ley General de discapacidad y su desarrollo reglamentario, respetar la legislación ferroviaria estatal y catalana, aplicar estrictamente la Ley 13/2014 y el Codi d’accessibilitat de Catalunya, obtener las licencias y autorizaciones urbanísticas y ferroviarias necesarias en coordinación con Ayuntamiento, AMB y Generalitat, y contratar las obras conforme al régimen de contratación pública, integrando la accesibilidad como obligación técnica y social ineludible.

¿Podrías detallar qué exige exactamente el Codi d’accessibilitat de Catalunya para los ascensores y recorridos accesibles en las estaciones de metro? ¿Qué administración concreta (Generalitat, AMB o Ayuntamiento de Barcelona) autoriza cada tipo de obra de accesibilidad que ejecuta TMB en el metro? ¿Cómo puede influir la normativa de accesibilidad en los pliegos de contratación y en la selección de empresas que hacen las obras para TMB?

¿Cuáles son las funciones y competencias de los Bomberos de Barcelona en situaciones de emergencia como explosiones urbanas?

Los Bomberos de Barcelona (Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento) actúan en explosiones urbanas como servicio técnico de emergencia especializado en fuego, derrumbes y rescate, dentro del sistema catalán de seguridad pública y protección civil. Sus competencias se enmarcan en la regulación general de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamentos de Cataluña y en el sistema de emergencias 112. En un suceso de este tipo asumen la intervención directa en el siniestro (extinción, rescate, control de riesgos), la colaboración con protección civil y la coordinación operativa con policía y servicios sanitarios. No se dispone en las fuentes consultadas de una norma específica del Ayuntamiento de Barcelona para su SPEIS, por lo que la descripción se basa en la normativa catalana general.

Marco jurídico de referencia

Las funciones de los servicios de bomberos en Cataluña se regulan principalmente por la Ley 5/1994, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos, modificada por la Ley 5/1999 y la Ley 9/2010, y parcialmente afectada por leyes de medidas fiscales como la Ley 7/2004 y por la normativa sobre el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña [enlace]. Esta ley parte de la idea de que la prevención y extinción de incendios y los salvamentos son un servicio público orientado a la protección de personas, bienes, medio ambiente y condiciones de vida.

La Ley 4/2003 de ordenación del sistema de seguridad pública integra la actividad de bomberos dentro del sistema catalán de seguridad junto a policía, protección civil, tráfico, etc., bajo los principios de coordinación, cooperación y corresponsabilidad entre Generalitat y ayuntamientos. A su vez, la gestión de las llamadas de urgencia se articula mediante el 112, regulado por la Ley 9/2007 del 112 Cataluña, que establece un centro integrado de atención y gestión de emergencias para coordinar bomberos, seguridad ciudadana, emergencias sanitarias y protección civil.

De forma complementaria, el marco incluye, entre otras, la normativa catalana sobre prevención de incendios en actividades y edificios (Ley 3/2010), el sistema general de seguridad pública, fiscal y administrativa (Ley 16/2008, Ley 3/2023, Decreto Legislativo 1/2024, Llei 31/2002, Llei 7/2004), y la organización del personal de emergencia y protección civil (Real Decreto 907/2013, Real Decreto 906/2013, Real Decreto 1085/2020, Real Decreto 1553/2011, Real Decreto 1031/2011, Real Decreto 932/2020, Real Decreto 624/2013, [enlace], [enlace], Decret 140/2020).

Funciones operativas en una explosión urbana

Según la Ley 5/1994, los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos tienen como misión esencial:

  • Prevención: inspección y control de condiciones de seguridad en edificios, actividades e infraestructuras, en línea con la regulación específica de prevención de incendios (Ley 3/2010).
  • Extinción de incendios: intervención material y tecnificada sobre el foco del siniestro, con dirección clara y jerarquizada para evitar improvisación.
  • Salvamentos: protección y rescate de personas y bienes en situaciones de riesgo grave.

Aplicado a una explosión urbana (por ejemplo, por gas o material inflamable), Bomberos de Barcelona, como servicio municipal encuadrado en este marco, asume normalmente:

  • Acceso y aseguramiento inicial de la zona siniestrada, controlando riesgos inmediatos de incendio, derrumbe o nuevas explosiones.
  • Extinción de focos de fuego derivados de la explosión y control de atmósferas peligrosas (calor, humo, gases).
  • Rescate y evacuación de víctimas atrapadas en edificios o estructuras dañadas, dentro de la función de salvamentos prevista en la Ley 5/1994.
  • Apuntalamiento y actuaciones de emergencia sobre estructuras para evitar colapsos adicionales, en coordinación con los servicios técnicos municipales.

Coordinación con 112, protección civil y otros servicios

La gestión de una explosión urbana se articula a través del 112 Cataluña, definido en la Ley 9/2007, que establece un centro integrado para recibir las llamadas y activar, de forma coordinada, bomberos, servicios sanitarios, cuerpos policiales y protección civil. La Ley 4/2003 subraya la necesidad de un servicio integrado de atención a emergencias que permita “dar el aviso y poner en alerta a los servicios que correspondan en cada caso”, lo que incluye incidentes que afecten gravemente a la vida, la seguridad o la salud de las personas.

En una explosión urbana esto se traduce en:

Seguridad ciudadana y limitaciones de la información

La Ley 4/2003 ordena el sistema de seguridad pública y dispone que la protección civil y las emergencias formen parte de un sistema único junto con la seguridad ciudadana (Mossos d’Esquadra, policías locales). En una explosión, Bomberos de Barcelona actúa como servicio técnico especializado, mientras que el control del orden público, los perímetros de seguridad y la investigación penal corresponde a los cuerpos policiales.

En las fuentes analizadas no aparece una ordenanza o reglamento específico del Ayuntamiento de Barcelona que detalle internamente el protocolo del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en explosiones urbanas. Por tanto, solo puede describirse el marco general catalán y la función típica de un servicio municipal de bomberos conforme a la normativa indicada, sin entrar en protocolos internos concretos de Bombers de Barcelona.

Otros textos citados en la investigación, aunque más periféricos al tema, completan el contexto normativo en materia de emergencias, medioambiente, financiación y ayudas a servicios de extinción de incendios: Ley 6/2001, Decreto Legislativo 3/2008, Ley 16/2017, Ley 5/2020, Decreto-ley 5/2022, Decreto-ley 39/2020, Decreto-ley 26/2020, Decreto-ley 21/2020, Decreto-ley 19/2020, [enlace], Ley 4/2017, Ley 12/2004, Ley 25/1998, Ley 16/1991, Ley 10/1994, STC 68/2021, STC 31/2010, [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace].

¿Qué protocolos internos específicos sigue Bombers de Barcelona ante una explosión en un edificio de viviendas? ¿Cómo se coordina Bombers de Barcelona con la Guardia Urbana, Mossos d’Esquadra y el SEM en incidentes con múltiples víctimas? ¿Qué planes de protección civil (municipales y autonómicos) se activan en Barcelona ante una explosión urbana significativa?

¿Qué normas regulan la seguridad en infraestructuras de transporte público ante incidentes como fugas de gas?

La seguridad frente a fugas de gas o atmósferas peligrosas en infraestructuras de transporte público (metro, ferrocarril, autobuses, estaciones e intercambiadores) no está en una única ley, sino en un entramado de normas de protección civil, seguridad industrial y transporte. A nivel estatal, el núcleo lo forman la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil y la nueva Norma Básica de Protección Civil, la normativa ATEX de atmósferas explosivas y los reglamentos sectoriales ferroviarios y de carretera. Sobre ese marco, las comunidades autónomas y ayuntamientos desarrollan sus propias normas y planes, especialmente para metros urbanos y grandes intercambiadores. A continuación se resumen los bloques clave y su jerarquía.

1. Marco general de protección civil y planificación

En la cúspide se sitúa la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (Ley 17/2015), que define la protección civil como servicio público para garantizar la respuesta ante emergencias, incluidos riesgos tecnológicos y químicos (fugas de gas). Desarrollando esta ley, el Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, aprueba la actual Norma Básica de Protección Civil (Norma Básica de Protección Civil), que:

  • Fija el catálogo de riesgos que deben ser objeto de planificación de protección civil.
  • Establece los criterios mínimos de los planes territoriales y especiales (contenido, análisis de riesgos, medidas de protección, sistemas de alerta, fases operativas, etc.).
  • Obliga a integrar la autoprotección de infraestructuras críticas (como grandes estaciones) en la planificación pública.

En materia específica de riesgo químico, sigue vigente (parcialmente) el Real Decreto 1070/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan estatal de protección civil ante el riesgo químico (Plan estatal riesgo químico), que fija criterios de respuesta ante accidentes con sustancias peligrosas, escenario en el que encajan incidentes graves de gas en infraestructuras de transporte.

En el ámbito de la autoprotección privada, el antiguo Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, Norma Básica de Autoprotección (Norma Básica de Autoprotección) ha sido en gran parte sustituido por el nuevo marco de 2023, pero sigue funcionando como referencia hasta que se apruebe el nuevo instrumento específico. Exige planes de autoprotección con análisis de riesgos, medidas preventivas, detección, alarma, evacuación y coordinación con los planes de protección civil, aplicables a grandes estaciones, intercambiadores y centros de transporte.

2. Seguridad industrial y atmósferas explosivas (gas)

Los requisitos técnicos frente a fugas de gas y atmósferas explosivas proceden de la normativa de seguridad industrial y prevención de riesgos laborales:

  • Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre protección de la salud y seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas (RD 681/2003 ATEX). Obliga a zonificar áreas con riesgo (p. ej., cuartos de instalaciones de gas, galerías técnicas), adoptar medidas constructivas y de ventilación y dotar planes de emergencia específicos.
  • Real Decreto 144/2016, de 8 de abril, sobre aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas (RD 144/2016): fija requisitos de seguridad para equipos (detectores de gas, luminarias, equipos eléctricos en túneles, etc.).
  • Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, Reglamento de equipos a presión (Equipos a presión), relevante para depósitos y conducciones de gas a presión en instalaciones asociadas a estaciones.
  • Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, Reglamento de almacenamiento de productos químicos (APQ), cuando existan almacenamientos significativos de combustibles o gases industriales.
  • Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, instrucción MI‑IP 04 “Instalaciones para suministro a vehículos” (Instalaciones para suministro a vehículos), clave en gasolineras o puntos de carburante en cocheras e intercambiadores.
  • Orden TED/181/2025, de 13 de febrero, Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista (Normas del sistema gasista), que incide en la seguridad y operación de las redes de gas que abastecen también a grandes infraestructuras.

3. Normativa específica de transporte ferroviario (metro y ferrocarril)

Para la red ferroviaria de competencia estatal, el marco básico lo constituye la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario (Ley del sector ferroviario), que fija obligaciones de seguridad a administradores de infraestructuras (ADIF) y empresas ferroviarias.

Su desarrollo reglamentario clave es el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias (RD 929/2020), que regula:

  • Sistemas de gestión de seguridad de los administradores de infraestructura y empresas ferroviarias, incluidos análisis de riesgos, planes de emergencia y coordinación con protección civil.
  • Protección de infraestructuras y régimen específico de seguridad en pasos, túneles y zonas críticas.

El Reglamento de Circulación Ferroviaria, aprobado por el Real Decreto 664/2015, de 17 de julio (Reglamento de Circulación Ferroviaria), concreta normas operativas que incluyen procedimientos ante incidencias en túneles y estaciones, con actuaciones de señalización, parada, evacuación y comunicación.

La Orden TMA/135/2023, de 15 de febrero (Instrucción ferroviaria IFI/IFE) aprueba instrucciones para el proyecto y construcción del subsistema de infraestructura y energía, de conformidad con el RD 929/2020. Son relevantes para el diseño de túneles, ventilación, salidas de emergencia y galerías donde una fuga de gas puede acumularse.

En los metros urbanos y ferrocarriles autonómicos (Metro de Madrid, FGC, etc.) existen leyes y reglamentos autonómicos de transporte y explotación que adaptan estos principios, pero no se dispone de más información en las fuentes consultadas.

4. Transporte por carretera y autobuses

En autobuses urbanos e interurbanos y estaciones de autobuses intervienen, además del Reglamento General de Vehículos, varias normas sectoriales:

  • Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, sobre operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera (RD 97/2014), que regula la presencia y maniobra de vehículos que transportan gases peligrosos en zonas de transporte público.
  • Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, que modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en varias materias, incluida la formación de conductores y el transporte de mercancías peligrosas (RD 70/2019).
  • Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, sobre normas de control de los transportes públicos de viajeros por carretera (Orden FOM/1230/2013), que incide en el control de las condiciones de prestación y seguridad en los servicios.
  • Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, que modifica anexos del Reglamento General de Vehículos (Orden PRE/52/2010), con requisitos sobre vehículos especiales e instalaciones que también afectan a la seguridad en caso de incidentes con gas.

5. Papel de comunidades autónomas y ayuntamientos

Sobre este marco básico estatal, las comunidades autónomas desarrollan:

  • Planes territoriales y especiales de protección civil (incluyendo riesgo químico), obligatorios según la Norma Básica.
  • Reglamentos de explotación de metros, tranvías y ferrocarriles autonómicos, que suelen detallar sistemas de ventilación, detección de gases, procedimientos de emergencia y coordinación con servicios de bomberos y protección civil.

Los ayuntamientos, por su parte, completan el sistema con ordenanzas de protección civil, prevención de incendios y usos de las estaciones e intercambiadores, y con sus planes de emergencia municipal, que deben encajar en los marcos estatal y autonómico. No se dispone de más detalle normativo municipal específico en las fuentes consultadas, pero la obligación de coordinarse y de contar con planes operativos deriva directamente de la Ley 17/2015 y de la Norma Básica de Protección Civil.

¿Cómo se aplican en la práctica los planes de autoprotección en una gran estación o intercambiador de transporte público? ¿Qué obligaciones específicas impone el Real Decreto 929/2020 a los operadores ferroviarios en materia de gestión de emergencias con gases o humo en túneles? ¿Qué diferencias principales hay entre la planificación de protección civil ante riesgo químico estatal y los planes autonómicos que afectan a un metro urbano concreto?

Jouer

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Bonjour, je m'appelle Fren. Comment puis-je vous aider ?