Trump reduce las vacunas infantiles recomendadas en EEUU en pleno repunte del sarampión

La nueva orden ejecutiva limita a 11 las vacunas incluidas en el grupo de inmunizaciones recomendadas para todos los niños y pide separar la triple vírica en tres inyecciones

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Donald Trump en el Despacho Oval tras firmar una orden. The White House.

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Donald Trump ha firmado una orden ejecutiva que modifica las recomendaciones federales de vacunación infantil en Estados Unidos y reduce a 11 el grupo de vacunas consideradas de referencia para todos los niños. La medida llega mientras el país afronta un fuerte repunte del sarampión y después de varios meses de cambios en la política de inmunización impulsados por la Administración.

La nueva clasificación mantiene como vacunas recomendadas para todos los niños las destinadas a prevenir el sarampión, las paperas, la rubéola, la poliomielitis, la tosferina, el tétanos, la difteria, la enfermedad por Haemophilus influenzae tipo B, la enfermedad neumocócica, el virus del papiloma humano y la varicela. Otras inmunizaciones pasan a quedar dirigidas a determinados grupos de riesgo o a depender de una decisión clínica compartida entre médicos y familias. La Administración sostiene que las vacunas siguen disponibles y cubiertas por los seguros sin copago.

La orden introduce además un cambio en la administración de la vacuna triple vírica. Trump pide que, cuando estén disponibles, las vacunas contra el sarampión, las paperas y la rubéola se administren por separado y en visitas médicas distintas, en lugar de utilizar la combinación MMR que se emplea actualmente. El objetivo declarado por la Casa Blanca es aumentar la capacidad de decisión de los padres y adaptar el calendario estadounidense a lo que considera prácticas de otros países desarrollados.

El sarampión vuelve a ganar terreno

La decisión coincide con un aumento muy significativo de los casos de sarampión en Estados Unidos. Los datos de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) muestran que el país ya había superado en 2026 los casos registrados durante todo 2025, según las cifras más recientes difundidas en el marco de la información disponible sobre el brote. Reuters situó el balance en 2.465 casos confirmados en 2026 en su información del 10 de agosto.

El deterioro de la cobertura de vacunación es uno de los elementos que los propios CDC señalan al analizar la evolución del sarampión. La cobertura de la vacuna MMR entre los niños de educación infantil pasó del 95,2 % en el curso 2019-2020 al 92,5 % en 2024-2025. Los CDC estimaron que unos 286.000 niños de kindergarten quedaron en situación de riesgo durante ese último curso.

La agencia estadounidense recuerda que el sarampión es una enfermedad extremadamente contagiosa y que los brotes pueden propagarse rápidamente cuando el virus llega a comunidades con bolsas de población sin vacunar. Estados Unidos declaró eliminado el sarampión en 2000, aunque desde entonces se han producido nuevos brotes, en buena medida relacionados con casos importados y con comunidades con una cobertura de vacunación insuficiente.

Un cambio que comenzó meses atrás

La modificación no se ha producido de forma repentina. En diciembre de 2025, Trump ya ordenó al Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) y a los CDC revisar el calendario estadounidense y compararlo con las recomendaciones de otros países desarrollados. La Casa Blanca justificó entonces el proceso por la necesidad de revisar qué vacunas debían formar parte del grupo recomendado para todos los niños.

En mayo de 2026, el presidente firmó otra orden ejecutiva que convirtió esa revisión en un proceso formal. El documento establecía que el calendario debía alinearse con la evidencia científica y las prácticas de países considerados comparables por la Administración, al tiempo que se mantenía el acceso a las vacunas disponibles.

El HHS anunció posteriormente una clasificación en tres categorías: vacunas recomendadas para todos los niños, vacunas indicadas para determinados grupos de riesgo y vacunas cuya utilización dependería de una decisión clínica compartida. El nuevo marco redujo el número de inmunizaciones incluidas en la primera categoría respecto al calendario que estaba vigente al final de 2024.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué trámites legislativos son necesarios en Estados Unidos para modificar oficialmente el calendario de vacunación infantil recomendado a nivel federal?

En Estados Unidos, la modificación del calendario de vacunación infantil recomendado a nivel federal no pasa normalmente por un trámite legislativo clásico del Congreso, sino por un proceso técnico‑administrativo liderado por el Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización (ACIP) y los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC). El Congreso y la Casa Blanca solo intervienen de forma directa si se quiere cambiar el marco legal general (por ejemplo, financiación, responsabilidad civil o mandatos federales). Lo que cambia el contenido concreto del calendario es, sobre todo, la decisión experta del ACIP, su aprobación por los CDC y, en ocasiones, la posterior incorporación a normativa administrativa del Departamento de Salud (HHS). Aun así, al ser un asunto de política sanitaria, existen controles políticos y presupuestarios.

Marco general: recomendación técnica vs. ley formal

A diferencia de lo que ocurre con muchas leyes en España, el calendario vacunal federal en Estados Unidos es ante todo una recomendación científica oficial, no una ley aprobada por el Congreso. Las leyes federales relevantes suelen:

  • Definir competencias del HHS, los CDC y otros organismos.
  • Regular financiación de programas como Vaccines for Children.
  • Establecer marcos de responsabilidad (por ejemplo, compensación por daños vacunales).

Sobre esa base legal general, las decisiones concretas de qué vacunas, a qué edades y en qué pautas se recomiendan se toman por vía reglamentaria y técnica, no por un nuevo acto legislativo cada vez.

Papel del ACIP (comité asesor federal)

El núcleo del cambio del calendario es el trabajo del Advisory Committee on Immunization Practices (ACIP), un comité asesor federal dependiente de los CDC. Sus pasos habituales son:

  • Revisión de evidencia científica: eficacia, seguridad, impacto en salud pública y coste‑efectividad de la vacuna o del cambio propuesto (nuevas dosis, edades distintas, etc.).
  • Reuniones públicas periódicas: el ACIP se reúne varias veces al año; sus sesiones son públicas y permiten comentarios de profesionales, industria, asociaciones y ciudadanía.
  • Votación formal: los miembros del comité votan sobre recomendaciones específicas (por ejemplo, “incluir una nueva vacuna para determinado grupo de edad”).

Cuando el ACIP aprueba una recomendación, esta todavía no es oficialmente parte del calendario federal hasta que los CDC la adoptan.

Adopción por CDC y formalización administrativa

Tras la votación del ACIP, la dirección de los CDC revisa la recomendación y, si la acepta, la convierte en una policy oficial de la agencia:

  • Publicación de la recomendación en documentos técnicos y en las tablas oficiales de calendario de vacunación.
  • Actualización de guías clínicas y materiales para profesionales sanitarios y público.
  • Coordinación con otros programas federales, especialmente con el Departamento de Salud (HHS) y los Centers for Medicare & Medicaid Services (CMS), para alinear cobertura y financiación.

En muchos casos, esta adopción puede implicar también cambios en reglamentos administrativos (por ejemplo, qué vacunas cubre un programa federal), que siguen los procesos de elaboración de normativa secundaria (propuesta, comentarios públicos, publicación final en el Federal Register), pero sin requerir una nueva ley del Congreso.

Intervención del Congreso y del poder ejecutivo

El Congreso de Estados Unidos interviene principalmente a otro nivel:

  • Leyes marco: puede aprobar o reformar leyes que condicionan el funcionamiento del ACIP, los CDC o los programas de financiación de vacunas.
  • Poder presupuestario: a través de las leyes de apropiaciones, puede aumentar, reducir o condicionar los fondos dedicados a la vacunación infantil.
  • Supervisión política: comités del Congreso pueden celebrar audiencias para cuestionar o revisar las decisiones del ACIP/CDC, ejerciendo presión política.

Por su parte, la Casa Blanca (Poder Ejecutivo) puede influir mediante nombramientos de altos cargos en HHS y CDC, orientaciones políticas generales y coordinación en situaciones de emergencia sanitaria, pero tampoco dicta directamente el detalle técnico del calendario.

Relación con los estados federados

Aunque la pregunta se centra en el nivel federal, en Estados Unidos los requisitos obligatorios de vacunación para escolarización y otras actividades se fijan sobre todo a nivel estatal. Los estados suelen tomar el calendario federal como referencia, pero pueden adaptarlo. Por tanto, un cambio en el calendario federal recomendado:

  • No obliga por sí mismo a las familias, pero tiene un peso normativo y médico muy fuerte.
  • Suele ser seguido, con cierto desfase temporal, por cambios en las normas estatales de vacunación escolar.

Limitaciones y especialización

Mi especialización principal es el contexto político y regulatorio de España; en el caso de Estados Unidos, la descripción se basa en el funcionamiento general conocido de sus instituciones sanitarias y puede no recoger matices muy específicos de normativa reciente o de prácticas internas de ACIP/CDC. Sin embargo, a grandes rasgos, el punto clave es que el cambio del calendario infantil recomendado es un proceso técnico‑administrativo federal (ACIP → CDC → HHS/programas), sobre un marco legal general ya existente, y no un trámite legislativo que exija una nueva ley del Congreso cada vez que se modifica una pauta vacunal.

¿En qué se diferencia el proceso de fijación del calendario vacunal infantil en Estados Unidos del que se sigue en España? ¿Qué papel juegan los estados de Estados Unidos a la hora de convertir el calendario federal recomendado en requisitos obligatorios para la escolarización? ¿Cómo influye el Congreso de Estados Unidos, de forma indirecta, en las decisiones del ACIP y de los CDC sobre el calendario de vacunación?

¿Cuáles son las competencias del presidente de Estados Unidos en materia de salud pública y vacunación infantil según la legislación estadounidense?

Según la información disponible, el presidente de Estados Unidos tiene un margen importante de influencia política y administrativa sobre la salud pública y las vacunas infantiles, pero sus competencias legales directas están muy limitadas por la Constitución y por el reparto de poderes con los estados y el Congreso. La obligatoriedad de las vacunas infantiles (por ejemplo, para ir a la escuela) se fija en leyes estatales, no por orden presidencial federal, como recuerdan análisis sobre el caso de Florida. A nivel federal, el presidente actúa sobre todo mediante el control del Gobierno (Departamento de Sanidad y CDC), la declaración de emergencias y el uso de agencias como FEMA, pero siempre dentro de marcos legales específicos y sometido al control judicial y del Congreso. En las fuentes consultadas no se detalla el contenido técnico de normas como la Public Health Service Act, la National Childhood Vaccine Injury Act o la Stafford Act, de modo que solo puede describirse su funcionamiento a partir de ejemplos recientes.

Constitución y reparto de competencias

La Constitución estadounidense no otorga al presidente una “competencia de sanidad” general. La regulación ordinaria de la salud pública y la vacunación infantil se encuadra en lo que en EEUU se conocen como poderes de policía de los estados. Esto se ve con claridad en los análisis sobre la decisión de Florida de eliminar los requisitos de vacunación obligatoria: se subraya que, en Estados Unidos, son las leyes estatales las que determinan qué vacunas se exigen para asistir a la escuela, y que un estado puede intentar retirarlas o flexibilizarlas, con consecuencias para los brotes de enfermedades y la salud pública global, según explican piezas como Eliminar la obligación de vacunación en Florida y [enlace].

A nivel federal, la Constitución reserva al Congreso el poder de legislar y al presidente el de ejecutar las leyes. Otras informaciones de contexto, como las que explican los límites del poder presidencial en ámbitos distintos (por ejemplo, el intento de Donald Trump de usar la National Emergencies Act para intervenir en elecciones, analizado en este artículo de Demócrata), insisten en que el presidente no puede apropiarse de competencias que la Constitución atribuye a otros niveles de gobierno.

Influencia del presidente sobre la política de vacunación infantil

Aunque no pueda imponer por sí solo un calendario obligatorio nacional para niños, el presidente influye de forma decisiva en la política federal de vacunación a través del Departamento de Sanidad y Servicios Humanos y de los CDC. Un ejemplo claro es la reforma reciente del calendario infantil estadounidense:

  • El Departamento federal de Sanidad difundió una revisión del calendario infantil que rebaja las recomendaciones sobre rotavirus, meningococo y gripe y mantiene otras como sarampión, polio o VPH, según EEUU reduce las recomendaciones de vacunas infantiles.
  • Esa modificación vino precedida por la orden del presidente de revisar el calendario y por la destitución, por parte del secretario de Salud Robert F. Kennedy Jr., de 17 especialistas del comité asesor de vacunación de los CDC, sustituyéndolos por perfiles afines a la Administración, como recoge el mismo artículo y se amplía en ¿Qué consecuencias tendrán los cambios en el Comité Asesor de Vacunas de EEUU?.

Otras entidades científicas han advertido de que estas decisiones políticas debilitan los mecanismos técnicos y transparentes que deben guiar los programas de vacunación infantil. El grupo de trabajo de vacunas de la Sociedad Española de Epidemiología y SESPAS, por ejemplo, advierte de que el nuevo calendario estadounidense “implica un retroceso en la prevención de enfermedades transmisibles”, al alterar un sistema antes basado en evidencia y evaluación de coste-efectividad, según esta información de Demócrata.

Poderes en emergencias de salud pública

En situaciones de crisis, la capacidad del presidente se amplía, aunque sigue condicionada por la ley. Demócrata recoge varios ejemplos:

  • En el ámbito migratorio-sanitario, el Gobierno de EEUU ha recurrido a una normativa de salud de 1944 (el llamado Título 42) para prohibir la entrada al país de viajeros procedentes de zonas con un brote de ébola durante 30 días, como se explica en EEUU veta la entrada a viajeros…. Aunque el artículo no detalla el papel del presidente en la activación concreta de esta norma, muestra cómo el Ejecutivo federal puede usar leyes de salud pública para controlar fronteras y, de forma indirecta, riesgos epidemiológicos.
  • En el ámbito de desastres, la declaración presidencial de “estado de desastre” en Washington DC por un gran vertido de aguas residuales permitió activar recursos federales de la FEMA “para salvar vidas, proteger la propiedad y la salud pública”, según esta crónica. Esa activación se hace al amparo de la legislación de desastres (en la práctica, la conocida como Stafford Act, aunque el texto no la cita expresamente).

En paralelo, la National Emergencies Act, cuya utilización política se analiza en el reportaje sobre emergencias y elecciones, permite al presidente abrir paquetes de poderes especiales cuando declara formalmente una “emergencia nacional”. En el terreno sanitario, eso se traduce en más margen para reasignar fondos, coordinar agencias y dictar órdenes ejecutivas, siempre bajo control judicial y del Congreso.

Ámbitos específicos: fuerzas armadas y salud global

El presidente también incide sobre la vacunación en sectores bajo competencia federal directa:

Limitaciones y ausencia de datos sobre la National Childhood Vaccine Injury Act

En las fuentes manejadas no aparece información específica sobre la National Childhood Vaccine Injury Act ni sobre el programa federal de compensación por daños vacunales, por lo que no se puede detallar qué rol tiene en ellos el presidente más allá de su función general de ejecutar las leyes aprobadas por el Congreso. Tampoco se ofrecen desgloses técnicos de la Public Health Service Act, más allá de la referencia al Título 42 ya citada. En conjunto, la imagen que dejan las noticias es la de un presidente con un papel fuerte de orientación política, nombramientos y uso de poderes de emergencia, pero sin competencia directa para imponer o eliminar por sí solo la vacunación infantil obligatoria, que sigue dependiendo de leyes estatales y de marcos federales previamente aprobados por el legislativo.

¿Hasta qué punto puede un estado como Florida desoír las recomendaciones de los CDC sobre vacunación infantil sin intervención federal? ¿Qué controles del Congreso y de los tribunales se activan si un presidente intenta usar una emergencia nacional para cambiar políticas sanitarias? ¿Cómo ha reaccionado la comunidad científica estadounidense a los cambios recientes en el calendario de vacunación infantil impulsados desde el Gobierno federal?

¿Qué leyes o normativas regulan la política de vacunación infantil en Estados Unidos y cómo se han modificado en los últimos años?

La política de vacunación infantil en Estados Unidos se basa sobre todo en normas estatales, con un papel de coordinación y recomendación a nivel federal. No existe una única “ley federal de vacunación infantil”: cada estado regula qué vacunas son obligatorias para la escolarización y bajo qué condiciones se permiten exenciones. En los últimos años, las principales modificaciones han ido en dos direcciones: endurecer o eliminar exenciones no médicas y adaptar calendarios y requisitos a la experiencia de la COVID‑19. A continuación detallo el marco general y las tendencias recientes.

1. Estructura general del sistema normativo

1.1. Nivel federal

En el plano federal no se impone directamente la vacunación infantil, pero sí se establecen los pilares técnicos y financieros sobre los que se apoyan las leyes estatales:

  • Recomendaciones del CDC: El Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización (ACIP), dependiente de los Centers for Disease Control and Prevention, aprueba el calendario de vacunación infantil recomendado a nivel nacional. Este calendario no es una ley, pero sirve como referencia técnica para los estados.
  • Programas federales de financiación: Programas como Vaccines for Children (VFC) condicionan la financiación y el acceso gratuito a vacunas a seguir las recomendaciones del ACIP. Aunque no obligan legalmente a vacunar, generan fuertes incentivos para que los estados armonicen sus calendarios.
  • Normativa de seguridad y responsabilidad: A nivel federal existen leyes que regulan la seguridad de las vacunas y los mecanismos de compensación por efectos adversos (como el sistema de compensación por daños vacunales). Estas normas no deciden qué vacunas son obligatorias, pero sí establecen el marco de confianza y gestión de riesgos.
1.2. Nivel estatal

La regulación estricta de la vacunación infantil se produce en las legislaturas estatales. De forma general:

  • Las leyes estatales definen qué vacunas son requisito para asistir a guarderías, escuelas públicas y privadas, y en ocasiones universidades.
  • También regulan tipos de exención: médica, religiosa o por convicciones personales/filosóficas.
  • Detallan los procedimientos administrativos: plazos para acreditar vacunación, documentación exigida, sanciones o exclusión temporal de la escuela en caso de brotes.

Prácticamente todos los estados toman como referencia el calendario del ACIP, pero pueden introducir diferencias (por ejemplo, exigir antes ciertas dosis o añadir requisitos específicos en contextos de brotes).

2. Cambios normativos en los últimos años

2.1. Restricción de exenciones no médicas

Una tendencia clara ha sido el endurecimiento de las exenciones por motivos no médicos, especialmente a raíz de brotes de sarampión y otras enfermedades prevenibles:

  • Varios estados han eliminado las exenciones por convicciones personales o filosóficas, de forma que solo se permiten exenciones médicas (y, en algunos casos, estrictamente religiosas).
  • Otros han mantenido las exenciones pero han aumentado los requisitos de acreditación (formularios más detallados, necesidad de renovar anualmente, obligación de recibir información médica antes de aceptarse la exención).
  • En algunos estados se han adoptado normas que permiten excluir temporalmente de las escuelas a menores no vacunados durante brotes, incluso si cuentan con ciertas exenciones, reforzando así la prevención de contagios.

Este giro responde al aumento de coberturas vacunales como prioridad de salud pública y a la preocupación por bolsas de población infantil no vacunada que facilitan brotes.

2.2. Ajustes derivados de la COVID‑19

La pandemia también ha influido en la política de vacunación infantil, aunque de forma desigual entre estados:

  • En algunos territorios se han aprobado leyes o reglamentos que clarifican las competencias de gobernadores, autoridades sanitarias estatales y consejos escolares para imponer o no requisitos de vacunación frente a COVID‑19 en colegios.
  • Otros han adoptado normas que limitan la posibilidad de exigir certificados de vacunación COVID‑19 en centros educativos, separándolos del régimen tradicional de vacunas infantiles establecidas desde hace décadas.
  • Al mismo tiempo, se han reforzado mecanismos de registro e interoperabilidad de datos de inmunización a nivel estatal, buscando mejorar el seguimiento de coberturas y la respuesta ante emergencias sanitarias.
2.3. Actualización continua de calendarios

Las leyes y reglamentos estatales suelen remitirse, de forma dinámica o mediante revisiones periódicas, a las actualizaciones del calendario del ACIP. En los últimos años esto ha significado:

  • Incorporar nuevas vacunas infantiles o nuevas pautas de dosificación cuando se aprueban a nivel federal.
  • Ajustar edades de administración o requerimientos para el acceso a diferentes etapas educativas.
  • Revisar las normas de “catch‑up” (recuperación) para niños que se incorporan tarde al sistema escolar o proceden de otros países o estados.

3. Limitaciones y diversidad territorial

Dado que la regulación es fundamentalmente estatal, el mapa normativo de Estados Unidos es muy heterogéneo. Hay estados con políticas muy estrictas (prácticamente sin exenciones no médicas) y otros más permisivos, lo que genera diferencias relevantes en coberturas vacunales y en la frecuencia de brotes.

Además, como asistente especializado en el contexto regulatorio español, no estoy especializado en el detalle legislativo de cada estado de EE. UU. y no dispongo aquí de un listado exhaustivo de leyes concretas por estado ni de todas sus fechas de enmienda. La información anterior describe el marco general y las tendencias recientes, pero para un análisis jurídico preciso sería necesario revisar la normativa específica de cada estado y sus últimas reformas.

¿Qué estados han eliminado en los últimos años las exenciones no médicas a las vacunas infantiles y en qué fechas lo hicieron? ¿Cómo se comparan las coberturas de vacunación infantil entre estados con exenciones estrictas y estados más permisivos? ¿Qué diferencias principales hay entre la política de vacunación infantil en Estados Unidos y en España desde el punto de vista normativo?

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