El Consejo de Europa insta a España a revisar sus reservas y agilizar el acceso a documentos públicos

El Consejo de Europa pide a España revisar reservas de la Ley de Transparencia y reducir los plazos para resolver solicitudes de acceso a documentos públicos.

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La normativa española de transparencia se ajusta a lo establecido en el Convenio del Consejo de Europa sobre el Acceso a Documentos Públicos, aunque el Grupo de Acceso a la Información (AIG, por sus siglas en inglés), responsable de supervisar su cumplimiento, considera que España debería reducir los tiempos de tramitación de las peticiones y revisar las reservas actualmente vigentes.

Así se recoge en el informe difundido este miércoles por el AIG, el organismo que analiza si los Estados parte respetan el llamado Convenio de Tromso, primer instrumento jurídico internacional de carácter vinculante que reconoce el derecho de la ciudadanía a solicitar y obtener documentos de las administraciones públicas. En el caso de España, este convenio empezó a aplicarse en enero de 2024.

En el documento, los expertos independientes que forman parte del AIG concluyen que la Ley de Transparencia española abarca a todas las autoridades públicas comprendidas en el ámbito del convenio y que la mayor parte de las restricciones al derecho de acceso se ajustan a las limitaciones previstas en el propio texto internacional.

En esta línea, valoran positivamente que exista la obligación de realizar una evaluación individualizada para decidir si el interés público prevalece y justifica la divulgación de la información pedida, así como la falta de formalismos excesivos a la hora de presentar solicitudes de acceso a documentos públicos.

Respecto a las reservas contempladas en el artículo 18 b de la Ley de Transparencia para inadmitir solicitudes “referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas” se aconseja a España “reconsiderar” este punto.

En relación con las reservas sobre confidencialidad estadística, datos fiscales sensibles y determinados documentos de la Seguridad Social, el AIG estima que pueden quedar protegidos mediante la aplicación del artículo 3 del convenio e invita a España a “reflexionar sobre la necesidad de mantener estas reservas y, en función de sus conclusiones, plantearse su retirada”.

Revisión de los plazos de respuesta

El informe también analiza los tiempos establecidos para facilitar el acceso a los documentos públicos. Dado que las autoridades españolas disponen de hasta un mes para resolver las solicitudes, lo que deja un amplio margen de discrecionalidad, el IAG propone acortar estos plazos y sugiere que, cuando no se prevea denegar el acceso, se adopte una decisión y se actúe tan pronto como “razonablemente sea posible”.

Los especialistas dudan de que el periodo de un mes cumpla con el principio de celeridad previsto en el Convenio o pueda considerarse un plazo razonable para decidir sobre el acceso a documentos públicos, especialmente cuando no se aplica ninguna limitación.

Del mismo modo, no consideran “justificado” ampliar ese plazo en otros 15 días, tal y como permite la ley, cuando existan terceros afectados, ni añadir un mes más cuando la solicitud se refiera a información especialmente voluminosa o compleja, “salvo en casos extremos”.

Asimismo, recuerdan que el Convenio establece que la decisión debe adoptarse, notificarse y ejecutarse lo antes posible o dentro de un plazo razonable, por lo que “no es justificable prolongar el plazo 10 días cuando la decisión positiva se ha adoptado con el fin de permitir su ejecución”.

En este contexto, el IAG “toma nota” de los datos aportados por el Gobierno español según los cuales, “en la práctica, el plazo de un mes es un plazo máximo más que un plazo estándar y que, en la práctica, numerosas solicitudes reciben una respuesta más rápida”. Con todo, el informe advierte de que “los plazos legales dejan un margen de apreciación en su aplicación”, motivo por el que insta a reconsiderarlos.