El Gobierno aprobará este martes la reforma de la ley de protección a la infancia

Según ha podido confirmar Demócrata, la comúnmente conocida como LOPIVI ya ha pasado por la CGSEYS (Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios) y esta lista para ser aprobada por el Consejo de Ministros

3 minutos

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, durante una reunión, en el Congreso de los Diputados, a 23 de marzo de 2026 (Archivo) | Eduardo Parra

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, durante una reunión, en el Congreso de los Diputados, a 23 de marzo de 2026 (Archivo) | Eduardo Parra

Comenta

Publicado

Última actualización

3 minutos

Más leídas

El Gobierno está listo para comenzar a dar pasos hacia la reforma de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, comúnmente conocida como LOPIVI. Según ha podido confirmar Demócrata, el anteproyecto ya ha pasado por la CGSEYS (Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios) y será aprobado en primera vuelta en el Consejo de Ministros este martes.

Fuentes del Ministerio de Juventud e Infancia confirman a este medio que durante las últimas semanas se habían intensificado las negocaciones. Además, en una entrevista en Demócrata, la ministra de del ramo, Sira Rego, anticipó que se estaba trabajando en ella y que pronto pasaría por el Consejo de Ministros.

A su juicio, aunque la LOPIVI es relativamente reciente, pues data de 2021, tras unos años de evaluación han detectado que hay aspectos pendientes de pulir, otros ampliables y otros susceptibles de refuerzo. La reforma en la que están trabajando tiene por objeto blindar la prevención de las violencias contra la infancia y el acompañamiento y la reparación de los niños, niñas y adolescentes que las sufren.

La propuesta del ministerio elimina el límite de 12 años para que las personas menores de edad sean escuchadas de manera obligatoria en los procesos que les afecten. Además, la ampliación refuerza el interés superior del menor, de manera que deberá justificarse expresamente en todos los actos y resoluciones administrativas y judiciales cómo se ha valorado ese interés y por qué la decisión adoptada protege mejor el bienestar físico, emocional y psicológico de niños y niñas. En este sentido, se incluye entre los criterios relativos al interés superior del menor el alejamiento del niño o niña de aquella persona que le violente, de modo que el interés superior del menor nunca es estar con un agresor o presunto agresor.  

También, incluye una modificación del régimen de visitas. “Nos regimos por una orientación clara de que un maltratador no puede ser un buen padre y que hay procesos dramáticos en los que hay niños y niñas viviendo situaciones muy límite. Vemos que a veces son entregados al maltratador o al abusador, esto no puede ser, es inaceptable. Por tanto, lo que necesitamos es un instrumento que dé muchas garantías, de ahí la reforma de la LOPIVI”, explicó la propia Rego en la entrevista con este periódico.

Además, bastará el consentimiento de un solo progenitor para que una persona menor de edad víctima de violencia pueda acceder a atención psicológica, social o jurídica. Desde el ministerio precisan que con esta decisión se evitará que "el agresor pueda tener capacidad de veto sobre la reparación".

Más protección

Por otro lado, la ampliación refuerza que no podrá establecerse custodia compartida cuando existan indicios de que esa decisión puede afectar negativamente a la salud física, psíquica o emocional de la persona menor de edad. Del mismo modo, si un niño o niña expresa rechazo hacia uno de sus progenitores, el sistema deberá investigar las causas del rechazo y proteger a la persona menor de edad.

El nuevo texto también prohíbe el Síndrome de Alienación Parental, junto con cualquier reformulación o planteamiento sin aval científico, de forma expresa. Ningún informe público o privado basado en el SAP podrá utilizarse en procedimientos judiciales o administrativos. En este sentido, las resoluciones que lo utilicen podrán ser impugnadas.

La reforma de la LOPIVI aspira a recoger las garantías para el derecho a la reparación de las personas menores de edad que han sido víctimas de violencia sexual, ya que "serán titulares plenos del Estatuto de la Víctima".

El texto impulsado por el Miniserio de Juventud e Infancia propone la creación de una Comisión de Reconocimiento de víctimas de violencia sexual, principalmente por parte de instituciones públicas (como centros educativos o residencias) y privadas (como congregaciones religiosas, clubes deportivos o entidades sociales).

Por último, se regularía una formación obligatoria y especializada para todos los profesionales que trabajan con infancia (educación, sanidad, servicios sociales, justicia o Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado), con el fin de garantizar la detección precoz, una intervención adecuada, la comprensión del trauma o evitar la revictimización. En esta materia, destaca también la obligación de crear turnos de oficio especializados en violencia contra la infancia y la adolescencia dentro de los Colegios de Abogacía. 

Fuentes del ministerio aseguran que "esta ampliación legislativa supone un punto de inflexión en la respuesta del Estado frente a la violencia contra la infancia. Durante demasiado tiempo, el sistema ha llegado tarde o no ha protegido adecuadamente. Esta reforma actúa precisamente sobre esos fallos y sitúa la protección de niños y niñas como una responsabilidad pública ineludible".