El Gobierno aprueba por decreto la Ley de lobbies

El Consejo de Ministros ya dio luz verde hace un proyecto de ley que permanece bloqueado en el Congreso. La nueva norma creará un registro de grupos de interés público y obligatorio

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El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, presenta un avance de las consultas que la ciudadanía ha realizado entre enero y junio de este año al servicio 017 ‘Tu ayuda en Ciberseguridad’. Ricardo Rubio - Europa Press
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El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un Real Decreto-Ley sobre transparencia e integridad de los grupos de interés. Es decir, el Gobierno ha aprobado la ley de lobbies, una regulación que llevaba décadas siendo pospuesta pese a las demandas en la materia como las del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa o asociaciones del sector como APRI.

El año pasado, el Ejecutivo ya aprobó un proyecto de ley en este sentido que permanece bloqueado en la Comisión de Hacienda y Función Pública y que acumula ya una veintena de ampliaciones de enmiendas. En consecuencia, ante la dificultad de acordar con el resto de grupos parlamentarios un texto consensuado, el Gobierno de Pedro Sánchez ha abogado por avanzar en este campo vía Real Decreto-Ley.

Una fórmula que, si bien, elude a priori la negociación parlamentaria, si necesitará del respaldo de la Cámara Baja en el debate de convalidación o derogación que deberá producirse en un plazo de 30 días.

La imputación del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por hasta cuatro presuntos delitos, entre ellos tráfico de influencias, por el 'Caso Plus Ultra' reabrió hace unos meses el debate entre dónde acaba el lobismo y empieza el tráfico de influencias, y volvió a poner de manifiesto las carencias de España en este sentido. Con esta norma, el Gobierno pretende alinear a nuestro país con la UE donde esta actividad está ampliamente reconocida y regulada.

Contenido de la norma

El texto, compuesto por 20 artículos, regula las relaciones entre los grupos de interés y los altos cargos, miembros de gabinetes y empleados públicos. La norma define qué se considera grupo de interés y delimita qué actuaciones entran dentro de las actividades de influencia y cuáles quedan excluidas.

También crea un registro público y obligatorio de grupos de interés, que recogerá su identidad y representante, sus fuentes de financiación, la actividad que desarrollan y sus relaciones con responsables públicos. Deberá incluir además a las personas que colaboren directa o indirectamente con el grupo y que hayan ocupado un alto cargo en los últimos cinco años. El registro estará gestionado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

El texto incluirá una guía de normas de conducta y el régimen sancionador en caso de ser incumplida. También prevé la obligación de incorporar la huella normativa.