El control de la cadena alimentario se llevará a cabo a través de una agencia estatal, tal y como comprometió el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, a las organizaciones de productores el pasado febrero.
Tres meses después, el PSOE ha registrado en el Congreso la conversión de la actual AICA –-Agencia de Información y Control Alimentarios— en una agencia estatal a través de una enmienda parcial al proyecto de ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
La Mesa de la Cámara Baja cerró la semana pasada el plazo de enmiendas parciales y este miércoles la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación constituirá la ponencia para iniciar su discusión.
Con la enmienda planteada por el PSOE, la AICA pasará de ser un organismo autónomo a convertirse en agencia estatal, la nueva Agencia Estatal de Inspección de la Cadena Alimentaria (AICA), con una mayor capacidad de decisión sobre los recursos asignados y autonomía en la ordenación y provisión de puestos de trabajo.
La enmienda, a la que ha tenido acceso Demócrata, añade una nueva disposición final a la Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria con la creación de la nueva entidad.
Control de la PAC y nueve meses para incoar expediente sancionador
Al igual que la actual AICA, la futura agencia estará adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y tendrá encomendados mismos fines generales: la gestión de los sistemas de información y control de los mercados oleícolas, lácteos y vinícolas, y el control del cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley de cadena alimentaria.
Un futuro estatuto regulará las funciones de la agencia, pero sin perjuicio de las que ahí se contemplen el Gobierno plantea en la enmienda replicar aquellas previstas en la regulación de la actual AICA, incluyendo la comprobación de denuncias, la instrucción de procedimientos sancionadores, la formulación de propuestas de resolución al Ministerio o el traslado de las mismas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
También se replican las facultades ya reconocidas a los funcionarios de la AICA de inspección y control a las entidades y operadores, como el acceso a cualquier instalación, a libros y documentos que tengan relación con su actividad en la cadena, requerir explicaciones o levantar actas sobre las actuaciones realizadas.
Como novedad, el Gobierno establece un plazo máximo para iniciar un procedimiento sancionador una vez se concluyan las actuaciones de inspección y control. La AICA tendrá nueve meses una vez realice su inspección.
También se incluye, como nueva facultad de la agencia, la instrucción de procedimientos correspondientes a irregularidades respecto a la Ley 30/2022 por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agrícola Común (PAC), aprobada la pasada legislatura.
¿Tasa para financiar la nueva AICA?
Otro cambio respecto a la disposición que regula la actual AICA es la gestión presupuestaria, derivada de la elevación de rango a agencia estatal, y por tanto deberá gestionar ingresos y gastos y su propia tesorería.
En este punto, el Gobierno abre la puerta al establecimiento de una tasa a los operadores de la cadena para financiar el funcionamiento de la agencia, ya que incluye entre las nuevas funciones de la AICA la propuesta de establecimiento y modificación de tasas derivadas del ejercicio de las competencias que le correspondan, y la aplicación de tasas, sanciones y recargos derivados de la actuación inspectora y sancionadora.
La nueva agencia deberá elaborar y aprobar un anteproyecto de presupuesto y deberá contar con un sistema de información económica que refleje patrimonio, situación financiera, ejecución de presupuesto e información de sus costes, y un sistema de contabilidad de gestión.
El control interno de esta gestión económico-financiera corresponderá a la Intervención General de la Administración del Estado y el control externo corresponderá al Tribunal de Cuentas.
La enmienda también contiene una disposición sobre el personal que integrará la nueva agencia. El Gobierno prevé contar con la actual plantilla de la AICA, la incorporación de personal desde cualquier administración a través de procedimientos de provisión de puestos de trabajo y también a través de procesos de selección, así como personal directivo.
Régimen transitorio
Además de la enmienda sobre la creación de la nueva agencia, el PSOE también contempla en otras enmiendas la aprobación del futuro Estatuto de la Agencia Estatal de Inspección de la Cadena Alimentaria en el plazo de un año y varias disposiciones transitorias para regular el funcionamiento durante los primeros meses de vida de la nueva agencia.
Particularmente, sobre el régimen presupuestario y de rendición de cuentas y los servicios generales y comunes hasta contar con un presupuesto propio aprobado por ley, y también hasta la aprobación del contrato de gestión entre los ministerios de Agricultura, Hacienda y Transformación Digital y Función Pública.
La realización de la propuesta por parte del Consejo Rector de la futura agencia se prevé en el plazo máximo de tres meses desde la constitución de este órgano de gobierno. Hasta entonces, la asignación de importes de productividad se aplicará en base al régimen vigente establecido por el Ministerio de Hacienda, previa autorización de Función Pública.
Independencia organizativa y técnica
El PSOE defiende esta conversión en agencia estatal para dotar al organismo de más independencia técnica, autonomía y flexibilidad en su gestión, y lograr una mejor protección del equilibrio en las relaciones de los diferentes eslabones de la cadena.
La supervisión directa del Ministerio, esgrime esta formación, permitirá optimizar recursos y procesos, y una mejor coordinación de las actividades, por simplificar la gestión y mejorar la toma de decisiones.
Además, esgrime que como agencia estatal estará sujeta a un mayor escrutinio público, lo que contribuirá a fomentar la transparencia y garantizará mejor rendición de cuentas.
Presidente, director y órgano de control
Cada agencia estatal consta de un órgano de gobierno –un presidente y un consejo rector nombrados a propuesta del ministerio al que está adscrita la agencia–, un órgano ejecutivo –el director– y otro de control, encargado de informar al Consejo rector sobre la ejecución del contrato de gestión y de la gestión económico-financiera.
Además, como nueva agencia estatal, deberá remitir cada año a las Cortes Generales un informe general de la actividad realizada para informar del grado de cumplimiento de sus objetivos.
La regulación de estas agencias data de 2006 y se justificó en la necesidad de dotar mayor nivel de autonomía y flexibilidad en la gestión a los organismos autónomos. Permitió, además, incorporar algunas características recogidas ahora a partir de la reciente reforma de la función pública: la inclusión de la categoría de personal directivo y la vinculación de la parte variable de las retribuciones a la productividad y al cumplimiento de objetivos.
Refuerzo del control y la inspección
En el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación confían en que el cambio suponga un refuerzo de las labores de control e inspección encomendadas hasta ahora a la AICA.
El plan del Ejecutivo pasa también por actualizar los planes de inspección de oficio, una vez que Gobierno, comunidades autónomas y organizaciones agrarias identifiquen qué sectores son prioritarios.