La Audiencia Nacional obliga a compensar los festivos que caigan en sábado en el sector de 'contact center'

La sentencia da la razón a los sindicatos y reconoce el derecho a un día adicional de descanso cuando se produce solapamiento con días festivos

2 minutos

Fachada de la Audiencia Nacional, antes del juicio a Yassine Kanjaa, a 06 de octubre de 2025, en Madrid (España).  Diego Radamés - Europa Press

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Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 53 -5 1.735.819 41.60%
PSOE-A 28 -2 947.713 22.71%
VOX 15 +1 576.635 13.82%
ADELANTE ANDALUCÍA 8 +6 401.732 9.62%
PorA 5 = 263.615 6.31%
SALF 0 = 105.761 2.53%
PACMA 0 = 25.056 0.60%
100x100 0 = 14.753 0.35%
ANDALUCISTAS-PA 0 = 12.319 0.29%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 9.281 0.22%
JM+ 0 = 7.961 0.19%
PCPA 0 = 5.849 0.14%
FE de las JONS 0 = 4.962 0.11%
MUNDO+JUSTO 0 = 4.696 0.11%
PARTIDO AUTÓNOMOS 0 = 3.693 0.08%
NA 0 = 3.012 0.07%
HE> 0 = 2.134 0.05%
PCTE 0 = 1.777 0.04%
PODER ANDALUZ 0 = 1.076 0.02%
29 0 = 741 0.01%
ALM 0 = 646 0.01%
ANDALUSÍ 0 = 532 0.01%
IZAR 0 = 502 0.01%
JUFUDI 0 = 396 0.01%
IPAL 0 = 360 0.01%
CONECTA 0 = 329 0.01%
SOCIEDAD UNIDA 0 = 237 0.01%

Escaños (109)

Mayoría: 55
PP 53 escaños
PSOE-A 28 escaños
VOX 15 escaños
ADELANTE ANDALUCÍA 8 escaños
PorA 5 escaños

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La Audiencia Nacional ha establecido que los festivos que coincidan con el descanso semanal en sábado deberán ser compensados con un día adicional de descanso, en una resolución que afecta de forma directa al sector de los centros de atención al cliente.

La decisión responde a un conflicto colectivo planteado contra el convenio del sector del “contact center” y da la razón a los sindicatos USO, CGT, UGT y CCOO, además de otras organizaciones que se adhirieron posteriormente al procedimiento.

Fin a una práctica considerada contraria a derecho

La Sala de lo Social ha considerado que no es ajustada a derecho la práctica empresarial consistente en no compensar los festivos cuando estos coinciden con el día de descanso semanal establecido en sábado.

Según el fallo, esta situación suponía que los trabajadores perdieran parte del disfrute efectivo de los festivos establecidos en el calendario laboral, tanto estatales como autonómicos o locales.

Derecho a un descanso adicional garantizado

La resolución reconoce el derecho de los trabajadores a que los festivos no sean absorbidos por el descanso semanal, estableciendo la obligación de las empresas de conceder un día adicional cuando se produzca esa coincidencia.

Ese día deberá disfrutarse en un plazo máximo de 14 días desde el festivo afectado, según recoge la sentencia.

Además, el tribunal establece que la compensación deberá aplicarse con carácter retroactivo en los periodos no prescritos, lo que abre la puerta a reclamaciones por parte de los trabajadores.

Impacto en el sector del contact center

El fallo afecta especialmente a las empresas agrupadas en la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), contra la que se dirigieron las demandas sindicales.

Las organizaciones sindicales sostienen que la decisión consolida una doctrina que impide que los festivos “desaparezcan” mediante la planificación de turnos o cuadrantes laborales.

Desde USO se ha valorado la sentencia como un paso que clarifica derechos laborales y evita interpretaciones restrictivas del calendario de festivos.

La resolución se apoya en criterios ya fijados por el Tribunal Supremo en 2025, que reconocían el derecho a compensación cuando un festivo coincidía con el descanso semanal, aunque sin abordar específicamente el caso de los sábados.