Incendio en Los Ángeles de San Rafael hoy: última hora de los evacuados y evolución del fuego junto a la AP-6

El incendio forestal declarado en Navas de San Antonio evoluciona favorablemente este lunes tras obligar a evacuar Los Ángeles de San Rafael y Vegas de Matute y confinar Valdeprados. Los equipos de extinción mantienen la vigilancia después de la fuerte reactivación registrada el domingo

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Imagen de archivo de incendio. Foto: DEMÓCRATA.

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El incendio en Los Ángeles de San Rafael y el entorno de Navas de San Antonio (Segovia) evoluciona favorablemente este lunes 10 de agosto, después de una noche en la que los equipos de extinción han trabajado para contener las llamas y evitar nuevas reproducciones. El fuego obligó el domingo a evacuar preventivamente Los Ángeles de San Rafael y Vegas de Matute, además de decretarse el confinamiento de Valdeprados ante el riesgo que suponía el avance de las llamas.

La situación llegó a complicarse especialmente durante la tarde del domingo, cuando se produjo una fuerte reactivación alrededor de las 16.40 horas que obligó a elevar el Índice de Gravedad Potencial (IGR) hasta el nivel 2. El incendio había comenzado el sábado 8 de agosto en Navas de San Antonio, junto a la AP-6, y las primeras investigaciones apuntan a un vehículo que comenzó a arder en el arcén y cuyas llamas terminaron propagándose a la vegetación.

La prioridad durante este lunes continúa siendo consolidar el perímetro del incendio y evitar nuevas reactivaciones. La experiencia de las últimas horas obliga a mantener la precaución: el fuego ya había presentado una evolución favorable antes de volver a ganar intensidad el domingo y provocar las evacuaciones.

Última hora de los evacuados de Los Ángeles de San Rafael

La reactivación del incendio de Navas de San Antonio llevó al Centro de Coordinación Operativa a ordenar el domingo la evacuación preventiva de Los Ángeles de San Rafael y Vegas de Matute. La decisión se tomó después de que la evolución de las llamas elevara el riesgo para los núcleos de población próximos al incendio.

Las informaciones disponibles sitúan en alrededor de 200 las personas evacuadas, aunque durante las primeras horas circularon cifras diferentes en función de si se contabilizaban los vecinos efectivamente desplazados o la capacidad de los recursos habilitados para atenderlos. Para quienes no disponían de medios propios o de otro lugar al que desplazarse se habilitaron recursos de Protección Civil y espacios de acogida.

Además de las evacuaciones, las autoridades decretaron el confinamiento de Valdeprados, pidiendo a sus vecinos que permanecieran en sus viviendas. La evolución favorable registrada durante la noche supone un alivio, aunque las autoridades mantienen la vigilancia antes de dar por superado el episodio.

El fuego se reactivó con fuerza durante la tarde del domingo

El incendio comenzó el sábado y consiguió presentar inicialmente una evolución favorable gracias al trabajo de los equipos desplegados sobre el terreno. Sin embargo, la situación cambió el domingo cuando, aproximadamente a las 16.40 horas, se produjo una importante reactivación que volvió a impulsar las llamas y elevó el riesgo para la población.

El comportamiento del fuego obligó a elevar el Índice de Gravedad Potencial a nivel 2, una situación que refleja la posibilidad de que el incendio amenace gravemente a personas y bienes de naturaleza no forestal y que puede requerir medidas extraordinarias de protección.

La reactivación explica también la cautela de los servicios de emergencia este lunes. Aunque las condiciones durante la noche han permitido mejorar la situación, los trabajos continúan centrados en enfriar puntos calientes, asegurar el perímetro y evitar que el viento pueda favorecer nuevas reproducciones.

La AP-6 y la N-6, afectadas por el incendio

La proximidad de las llamas a las principales carreteras de la zona ha sido otra de las preocupaciones desde que comenzó el incendio junto a la AP-6. Tanto esta autopista como la N-6 tuvieron que sufrir cortes temporales durante las primeras horas debido al fuego y a la presencia de humo.

La mejora de las condiciones permitió posteriormente reabrir al tráfico la AP-6 y la N-6, recuperando la circulación por dos vías especialmente importantes para las comunicaciones entre Madrid, Segovia y el noroeste de España.

La evolución del incendio puede, no obstante, provocar cambios en las restricciones de circulación, por lo que los conductores que tengan previsto desplazarse por la zona deben consultar el estado actualizado de las carreteras y seguir las indicaciones de los servicios de emergencia.

Más de 30 medios movilizados contra las llamas

La magnitud alcanzada por el incendio ha requerido un amplio dispositivo terrestre y aéreo, con más de una treintena de medios movilizados durante los momentos de mayor intensidad. El operativo ha trabajado tanto en la contención directa del fuego como en la protección de los núcleos urbanos amenazados.

La cercanía con la Comunidad de Madrid provocó además la movilización de recursos desde la región vecina. Madrid envió cinco dotaciones terrestres y tres helicópteros para colaborar en las labores de extinción desarrolladas en Segovia.

El trabajo de los efectivos durante la noche ha permitido llegar a este lunes con una situación más favorable, aunque el dispositivo continúa desplegado ante la posibilidad de que las condiciones meteorológicas vuelvan a complicar el comportamiento del incendio.

Un vehículo incendiado, principal hipótesis sobre el origen del fuego

Las primeras investigaciones apuntan a un origen accidental del incendio forestal. El fuego habría comenzado después de que un vehículo ardiera en el arcén de la AP-6 y las llamas alcanzaran posteriormente la vegetación próxima a la carretera.

Desde ese punto, el incendio se extendió por el entorno de Navas de San Antonio y terminó generando una situación que obligó a movilizar numerosos recursos de emergencia, interrumpir temporalmente el tráfico y adoptar medidas preventivas sobre varios núcleos habitados.

La evolución del incendio de Los Ángeles de San Rafael hoy es favorable, pero el fuego todavía requiere vigilancia. Después de la reactivación del domingo, los equipos de extinción mantienen los trabajos para asegurar definitivamente la zona mientras los vecinos afectados permanecen pendientes de las decisiones de las autoridades sobre la normalización completa de la situación.

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¿Cuál es el procedimiento para declarar el nivel 2 del Índice de Gravedad Potencial en un incendio forestal y qué medidas extraordinarias implica?

El nivel 2 del Índice de Gravedad Potencial (IGP) en un incendio forestal se asocia, de forma general, a fuegos que pueden afectar seriamente a la población o a infraestructuras clave y que requieren medios extraordinarios ajenos al dispositivo ordinario autonómico. La declaración la realiza la autoridad designada en el plan autonómico de incendios (INFOCA, INFOCAT, INFOMA, etc.), siguiendo los criterios de la Directriz básica estatal y del Plan Estatal de Protección Civil. Esa declaración activa un conjunto de medidas excepcionales de coordinación interadministrativa, protección civil y posible movilización de medios estatales (incluida la UME y apoyos aéreos estatales).

Qué es el Índice de Gravedad Potencial y cómo se estructura

La definición básica del IGP está en la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales (Real Decreto 893/2013), parcialmente vigente tras la Norma Básica de Protección Civil.

En su anexo se recogen cuatro niveles:

  • IGP 0: el incendio, en su peor evolución, no supone amenaza para personas ajenas a la extinción ni para bienes no forestales; el daño forestal esperable es muy reducido.
  • IGP 1: puede requerir medidas de protección para personas ajenas a la extinción o para bienes aislados no forestales (infraestructuras, redes de suministro), con daño forestal considerable.
  • IGP 2: el incendio, en su peor escenario, amenaza seriamente núcleos de población o infraestructuras de especial importancia, o el daño forestal esperable es muy importante, exigiendo la adopción inmediata de medidas de socorro a la población o protección de bienes.
  • IGP 3: concurren las circunstancias anteriores en el máximo de gravedad y además el dispositivo de extinción se ve desbordado en su capacidad de control.

Según la Directriz, la calificación del IGP la hace el órgano o autoridad competente que designe el plan autonómico, y puede variar conforme evolucione el incendio o cambien las condiciones meteorológicas.

Relación entre IGP y niveles operativos del Plan de Protección Civil

El Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales vincula el IGP con las llamadas “situaciones operativas” del plan:

  • Situación 0: daños previsibles sólo sobre bienes forestales; se gestiona con medios ordinarios autonómicos y locales.
  • Situación 1: daños graves en bienes forestales y posibles afecciones leves a población y bienes no forestales; puede requerir algunos medios extraordinarios previa solicitud y valoración estatal.
  • Situación 2: daños previsibles graves para la población y bienes no forestales, con necesidad inmediata de medidas de protección y socorro y posible incorporación de medios extraordinarios o riesgo de que la emergencia derive en interés nacional.
  • Situación 3: emergencia de interés nacional declarada por el ministro del Interior.

En la práctica, un incendio con IGP 2 o 3 suele corresponderse con una situación operativa 2 en los planes, que en muchas comunidades se denomina “nivel 2” del plan de emergencias.

Procedimiento para declarar el nivel 2

El esquema general, siguiendo la Directriz básica y el Plan Estatal, y ejemplificado por el Plan INFOCA andaluz aprobado por el Decreto 371/2010, Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía, es el siguiente:

  • Valoración técnica inicial: el director de extinción o el Puesto de Mando Avanzado evalúa el comportamiento del fuego (topografía, combustible, meteorología, proximidad a poblaciones e infraestructuras, etc.) conforme a la matriz de cálculo de IGP propuesta en la Directriz y desarrollada en el Plan Estatal.
  • Propuesta de IGP y cambio de nivel: cuando del análisis resulte que el incendio cumple las condiciones de IGP 2 (amenaza seria a núcleos de población o infraestructuras críticas, necesidad inmediata de medidas de socorro), se eleva la propuesta a la Dirección del Plan autonómico.
  • Decisión de la Dirección del Plan: la autoridad designada (por ejemplo, Dirección Operativa Regional en INFOCA) declara formalmente el nivel 2 de emergencia, de acuerdo con lo previsto en el plan autonómico y teniendo como referencia las “situaciones 2” del Plan Estatal.
  • Comunicación al Estado: la comunidad autónoma comunica el IGP y la situación operativa al órgano estatal competente (Dirección General de Protección Civil y Emergencias), tal y como prevén la Directriz básica y el Plan Estatal.

Medidas extraordinarias asociadas al nivel 2

Al declararse el nivel 2, se activan medidas sustancialmente más intensas que en niveles inferiores. Los planes autonómicos concretan los detalles, pero el patrón común, que se aprecia claramente en INFOCA, es:

  • Movilización de medios extraordinarios: la Dirección del Plan solicita, a través de los centros de coordinación autonómicos (COR, CECOP), medios estatales adicionales. El propio Plan INFOCA prevé, en este nivel, la activación de “recursos extraordinarios” como:
    • La Unidad Militar de Emergencias (UME).
    • Medios estatales de extinción (aviones y helicópteros del Estado).
    • Apoyos de otras comunidades autónomas e incluso ayuda internacional.
  • Refuerzo de la estructura de mando: se constituye o refuerza el Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI), órgano mixto Estado–comunidad autónoma, algo que también se contempla en el Plan Estatal y, por ejemplo, en la normativa reciente de Castilla y León sobre incendios forestales (Decreto-ley 2/2023).
  • Medidas de protección civil sobre la población: en coherencia con el Plan Estatal, el nivel 2 suele implicar:
    • Ordenación y, en su caso, ejecución de evacuaciones preventivas u obligatorias.
    • Cortes de carreteras y restricciones severas de accesos.
    • Habilitación de albergues, puntos de asistencia y atención a colectivos vulnerables.
  • Información pública intensiva: activación de gabinetes de información, avisos a la población a través del 112 y medios de comunicación, siguiendo los protocolos del Plan Estatal.

En síntesis, la declaración de nivel 2 del IGP y de la correspondiente situación operativa en los planes autonómicos marca el paso de una gestión básicamente autonómica a una emergencia de alta gravedad con fuerte componente de protección civil, en la que se coordinan estrechamente comunidad autónoma y Administración General del Estado y se emplean medios extraordinarios para proteger a la población, las infraestructuras y el medio natural.

¿Qué diferencias prácticas hay entre un incendio clasificado como IGP 1 y otro como IGP 2 en cuanto a decisiones sobre evacuaciones y cortes de carreteras? ¿Cómo se coordina exactamente la intervención de la UME con los operativos autonómicos cuando se declara un nivel 2? ¿Podrías explicarme cómo aplican este esquema de niveles e índice de gravedad potencial en una comunidad concreta, por ejemplo en Castilla y León o Cataluña?

¿Qué competencias tienen las comunidades autónomas en la coordinación de dispositivos de emergencia ante incendios forestales?

Las comunidades autónomas son las autoridades principales en la prevención y extinción de incendios forestales y en la coordinación de los dispositivos de emergencia en su territorio. El Estado fija las bases del sistema de protección civil y de la política forestal y actúa cuando hay emergencias de interés nacional, pero el mando operativo ordinario frente a incendios forestales recae en los órganos autonómicos de protección civil y gestión forestal. Los ayuntamientos participan con servicios propios (bomberos, policía local, planes municipales), integrados y coordinados por la comunidad autónoma. Todo ello se articula a través de los planes autonómicos de emergencia por incendios forestales, previstos en la normativa básica estatal.

Marco general de protección civil

La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, configura la protección civil como un servicio público integrado en la seguridad pública y describe un “sistema nacional” basado en la cooperación entre Estado, comunidades autónomas y entidades locales, bajo principios de prevención, planificación y coordinación, tal y como se recoge en su preámbulo (Ley 17/2015). La ley subraya que las comunidades autónomas han desarrollado sus propios servicios y órganos de coordinación de emergencias y reconoce expresamente sus competencias, en el marco de los Estatutos y con respeto a las facultades estatales.

En este esquema, el Estado conserva la competencia para la normativa básica y para dirigir emergencias de interés nacional, mientras que las comunidades autónomas ejercen la dirección y coordinación de las emergencias ordinarias en su territorio, incluida la mayoría de los incendios forestales. Cuando es necesario, el Estado puede aportar medios de apoyo (como la Unidad Militar de Emergencias o medios aéreos), pero su integración operativa se realiza a través de los centros de coordinación autonómicos.

Planes especiales de incendios forestales y papel autonómico

El Real Decreto 893/2013, que aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales, establece que debe existir una estructura de planificación compuesta por un plan estatal, los planes de comunidades autónomas, los planes de actuación de ámbito local y los planes de autoprotección. Esa directriz fija los requisitos mínimos de los planes autonómicos y persigue un “modelo nacional mínimo” que permita la coordinación entre administraciones (Real Decreto 893/2013).

Según esa Directriz básica, las comunidades autónomas deben:

  • Elaborar y aprobar sus planes especiales de protección civil ante emergencias por incendios forestales, en coherencia con la Norma Básica de Protección Civil.
  • Definir la organización de emergencia autonómica (dirección del plan, centros de coordinación, grupos de acción, niveles de emergencia) y los mecanismos de coordinación con ayuntamientos y con la Administración General del Estado.
  • Coordinar los medios y recursos autonómicos y locales (servicios forestales, bomberos, fuerzas y cuerpos de seguridad, servicios sanitarios, voluntariado de protección civil, etc.) que intervienen en la extinción y protección a la población.
  • Establecer los criterios de activación de los distintos niveles de emergencia y de solicitud de medios estatales de refuerzo cuando el siniestro supera la capacidad autonómica.

El Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado en 2014 (Plan Estatal 2014), define, a su vez, cómo se articulan los apoyos estatales y cómo se coordinan con los planes autonómicos. Normalmente, la comunidad autónoma mantiene la dirección técnica y operativa, incluso cuando intervienen medios estatales, salvo que se declare una emergencia de interés nacional.

Competencias autonómicas en montes y prevención del fuego

En paralelo al pilar de protección civil, la Ley 43/2003, de Montes, modificada por la Ley 21/2015 (Ley 43/2003 y Ley 21/2015), declara a las administraciones autonómicas como responsables y competentes en materia forestal. El preámbulo de la Ley de Montes destaca la necesidad de coordinación entre administraciones en la prevención y el combate de los incendios, la designación de zonas de alto riesgo de incendio y la obligación de que cuenten con planes de defensa.

De esta legislación se desprenden varias funciones autonómicas con impacto directo en los dispositivos de emergencia:

  • Ordenación y gestión forestal (planes de ordenación, instrumentos de gestión, regulación de usos y aprovechamientos), que condiciona la estructura del combustible y, por tanto, el riesgo de incendios.
  • Prevención específica: campañas de sensibilización ciudadana, regulación de usos del fuego, tratamientos selvícolas preventivos, infraestructuras de defensa (pistas, cortafuegos, puntos de agua), y planes de defensa en zonas de alto riesgo.
  • Recuperación post-incendio y restauración de terrenos incendiados, incluyendo la prohibición general del cambio de uso forestal por causa del incendio.

Relación con el Estado y las entidades locales

La coordinación vertical se basa en que los planes autonómicos se encajan en el marco común definido por la Ley 17/2015 y por la Directriz básica y el Plan Estatal. El Real Decreto-ley 15/2022, de medidas urgentes en materia de incendios forestales (RDL 15/2022), refuerza exigencias preventivas y de planificación, pero mantiene la lógica de que las comunidades autónomas son el centro de gravedad operativo, con el Estado como garante de las bases comunes y proveedor de refuerzos.

Respecto a los municipios, la Directriz básica y la normativa local (Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, citada en la propia Directriz) contemplan planes de actuación local y servicios municipales de emergencia. Sin embargo, en un incendio forestal significativo, la comunidad autónoma asume la dirección del dispositivo y coordina a los servicios locales, integrándolos en la estructura de mando autonómica.

En síntesis, las comunidades autónomas tienen competencias plenas en planificación, prevención y extinción de incendios forestales y en la coordinación de los dispositivos de emergencia en su territorio, dentro de un marco básico estatal que garantiza la interoperabilidad entre territorios y la posibilidad de refuerzos cuando el riesgo adquiere dimensión supraautonómica o de interés nacional.

¿Podrías detallar qué suele incluir un plan autonómico de emergencias por incendios forestales? ¿En qué casos se declara una emergencia de interés nacional y el Estado asume la dirección frente a un incendio forestal? ¿Qué papel concreto juegan los ayuntamientos dentro de los dispositivos coordinados por la comunidad autónoma en un gran incendio?

¿Cuántos incendios forestales con evacuación preventiva se han producido en Castilla y León en los últimos cinco años?

Con la información disponible no se puede saber cuántos incendios forestales concretos han implicado una evacuación preventiva en Castilla y León en los últimos cinco años. Ni las notas del Ministerio del Interior ni las referencias localizadas de la Junta o de Protección Civil desglosan el dato por comunidad y por número de incendios; solo dan cifras agregadas de personas evacuadas o de grandes incendios a escala estatal o mencionan episodios concretos. Para conocer ese número con precisión sería necesario acceder a las bases de datos operativas de la Junta (INFORCYL / 112) o a las memorias completas de campaña, que no aparecen detalladas en las fuentes consultadas.

Qué sí dicen las fuentes oficiales

Las notas del Ministerio del Interior ofrecen balances nacionales de evacuaciones, pero no desglosan “cuántos incendios con evacuación” hubo en cada comunidad autónoma. Por ejemplo, el balance de la campaña 2023 indica que, de 378 incendios notificados al CENEM, la principal consecuencia de protección civil fue la evacuación preventiva de más de 28.150 personas en toda España, sin detallar cuántas se corresponden con Castilla y León según la nota de la Moncloa y la del Ministerio del Interior.

Para 2025, Interior detalla que la campaña registró 42.252 personas evacuadas de sus viviendas en el conjunto del país y 61 grandes incendios, pero de nuevo sin desglose autonómico en la nota sobre la prolongación de la campaña contra incendios forestales, que recoge también el impacto sobre Castilla y León como una de las comunidades más afectadas en grandes fuegos (Interior prolonga la campaña).

En 2026, Interior subraya que el año anterior (2025) hubo 63 grandes incendios forestales, que representaron el 86% de la superficie calcinada y que afectaron “principalmente a Castilla y León, Galicia y Extremadura”, y habla de “consecuencias importantes para la protección civil”, pero sin contabilizar cuántos de esos incendios conllevaron evacuación preventiva en Castilla y León de forma individualizada (nota en Moncloa, nota en Interior).

Otra nota clave del Ministerio, sobre las ayudas por 114 incendios forestales graves entre junio y agosto de 2025, enumera varios siniestros de Castilla y León (Herradón de Pinares en Ávila, El Payo en Salamanca, Barniedo de la Reina e Igüeña en León, entre otros), pero solo como lista de episodios con impacto de protección civil, sin convertir eso en una estadística de “incendios con evacuación preventiva” en la comunidad (ayudas por 114 incendios graves).

Por último, el real decreto sobre 211 zonas afectadas por emergencias de protección civil entre marzo y julio de 2026 vuelve a citar numerosos incendios en provincias de Castilla y León (Zamora, León, Burgos, Palencia) como emergencias significativas, pero de nuevo sin cuantificar cuántos de ellos llevaron aparejada evacuación preventiva (declaración de 211 zonas afectadas).

Contexto específico de Castilla y León

En el plano autonómico y político, las Cortes de Castilla y León han tratado de forma reiterada la gestión de los incendios y las consecuencias para la población evacuada. En 2025 se debatieron y convalidaron varios decretos-ley de medidas urgentes en materia de incendios forestales (personal, prevención y cambio de usos del suelo) y se tramitó una Proposición no de Ley del PSOE reclamando una Ley integral de incendios y más recursos, precisamente tras un verano con grandes fuegos y miles de evacuados, según recoge la información parlamentaria y la crónica del periódico Demócrata sobre la iniciativa socialista en las Cortes de Castilla y León (PNL del PSOE sobre ley de incendios).

Demócrata y otros medios han documentado en 2025 y 2026 numerosos episodios concretos con evacuaciones preventivas en Castilla y León: los grandes incendios de León y Zamora en el verano de 2025, la oleada de agosto de ese año que obligó a pedir refuerzos a otras comunidades y a desplegar contingentes externos (contingente de Baleares, apoyo desde Alicante), y los incendios de 2026 en Ávila, León y Zamora que han mantenido decenas de localidades evacuadas o confinadas y han motivado ayudas directas de la Junta a las familias evacuadas (directo de Demócrata sobre evacuados, declaración de emergencia nacional en Madrid y Ávila).

En todo caso, estas referencias permiten afirmar que:

  • Castilla y León ha sido una de las comunidades más afectadas en España por grandes incendios y evacuaciones desde al menos 2022–2025.
  • Las evacuaciones preventivas se han dado en varios decenas de incidentes relevantes en estos años (según se desprende de las listas de “incendios graves” y zonas afectadas), pero sin que exista, en las fuentes accesibles, un cómputo oficial del número de incendios con evacuación preventiva en la comunidad.
  • La respuesta política se ha orientado a reforzar el operativo, reformar la normativa y a exigir explicaciones en las Cortes sobre las campañas de 2024 y 2025, sin aportar en esas notas la estadística que planteas.

Por tanto, y ateniéndonos estrictamente a la documentación localizada, no se dispone de un dato público y consolidado sobre el número de incendios forestales con evacuación preventiva en Castilla y León en los últimos cinco años. Para obtenerlo habría que solicitarlo expresamente a la Junta de Castilla y León (Consejería de Medio Ambiente y Agencia de Protección Civil) o al Ministerio del Interior con un desglose por comunidad en sus bases de datos CENEM.

Otros enlaces citados en las investigaciones de balance y coordinación de incendios (sin desglose autonómico de evacuaciones) son: campaña 2024, superficie afectada 2024 y otras referencias de coordinación estatal de emergencias como la declaración de Sánchez tras visitar el incendio de Madrid. Todas ellas refuerzan la idea de que Castilla y León figura entre los territorios más castigados, pero sin la estadística precisa que planteas.

¿Dónde puedo consultar o solicitar los datos oficiales desglosados de incendios con evacuación preventiva en Castilla y León? ¿Qué principales cambios normativos y presupuestarios ha aprobado la Junta de Castilla y León en estos años para mejorar la prevención y la gestión de incendios? ¿En qué municipios de Castilla y León se han producido las evacuaciones preventivas más masivas por incendios en 2025 y 2026?

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¿Qué localidad fue evacuada preventivamente debido al incendio en Navas de San Antonio?

Pregunta 1 de 3

¿Qué factor provocó la reactivación y complicación del incendio el domingo por la tarde?

Pregunta 2 de 3

¿Qué recurso envió la Comunidad de Madrid para colaborar en las labores de extinción?

Pregunta 3 de 3

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