El Tribunal de Instancia Nº 72 de Madrid ha dado la razón al Gobierno de la Comunidad de Madrid en su demanda contra RTVE y su presidente, José Pablo López, por la emisión de un rótulo en el programa Mañaneros 360 que vinculaba al Ejecutivo de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, con determinadas decisiones administrativas en torno al Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM).
La resolución judicial concluye que la información difundida era “inexacta” e “incompleta”, por lo que ordena a la corporación pública a realizar una rectificación en los mismos términos y condiciones de emisión.
Un rótulo que centró el conflicto
"Ayuso premia a la acusación contra el fiscal. Subvención de 43 millones para el ICAM a una semana de la denuncia al fiscal, y después, licencia para convertirse en universidad”, señala el rótulo objeto de la sentencia, emitido el 1 de diciembre de 2025.
El tribunal considera que esta afirmación omitía datos relevantes, especialmente el destino de la subvención, vinculada al pago del turno de oficio y asistencia jurídica gratuita, lo que, según la sentencia, altera el sentido de la información ofrecida al espectador.
Inexactitud e interpretación de los hechos
La resolución judicial subraya que el análisis no se centra en la opinión editorial del programa, sino en la transmisión de hechos como información periodística. En este sentido, el tribunal entiende que la forma en la que se presentó la noticia podía inducir a una interpretación errónea de la relación entre las decisiones administrativas y el caso judicial del fiscal general del Estado.
Asimismo, añade que la segunda parte del rótulo, relativa a la autorización del ICAM para convertirse en universidad, también era incompleta, al mezclar procesos administrativos sin contexto suficiente. La sentencia condena a RTVE y a su presidente a difundir una rectificación íntegra, sin comentarios ni apostillas, en un plazo de tres días desde la notificación.
Esta deberá emitirse con una relevancia equivalente a la del rótulo original y en el mismo espacio televisivo donde fue emitido el programa Mañaneros 360. Además, el tribunal impone el pago de las costas procesales a los demandados, aunque la resolución admite la posibilidad de recurso de apelación.