Últimos días para votar por correo en Andalucía 2026: plazos, fechas clave y cómo hacer el trámite antes del cierre

El procedimiento puede solicitarse hasta el 7 de mayo y el voto deberá depositarse en Correos antes del 13, según el calendario electoral oficial

1 minuto

Recursos de elecciones generales 2015, Congreso, Cortes Generales, Parlamento, diputados, papeletas, sobres, urnas, votar, voto EUROPA PRESS

Recursos de elecciones generales 2015, Congreso, Cortes Generales, Parlamento, diputados, papeletas, sobres, urnas, votar, voto EUROPA PRESS

Comenta

Publicado

Última actualización

1 minuto

Más leídas

Con las elecciones autonómicas de Andalucía 2026 a la vuelta de la esquina, el voto por correo entra en su fase decisiva. Quienes no puedan acudir presencialmente a las urnas el 17 de mayo tienen ya el calendario encima y muy poco margen para completar el procedimiento, en unos comicios en los que están llamados a votar cerca de siete millones de electores.

El plazo para solicitar el voto por correo se mantiene abierto hasta el 7 de mayo, tanto en oficinas de Correos como por vía telemática, siempre que se disponga de los sistemas de identificación digital habilitados. Una vez aceptada la solicitud, el elector queda automáticamente excluido del voto presencial en mesa el día de la votación.

Cómo solicitar el voto por correo y qué plazos hay que cumplir

El trámite puede realizarse de forma presencial en cualquier oficina de Correos con un documento identificativo válido o mediante certificado digital o DNI electrónico a través de la plataforma habilitada. En el caso de la solicitud online, es necesario completar el proceso con firma electrónica y descargar el justificante correspondiente.

Si la petición es validada por la Oficina del Censo Electoral, el votante recibirá en su domicilio la documentación necesaria para ejercer su derecho al voto. A partir de ahí, el plazo para devolver el voto en Correos se extiende hasta el 13 de mayo de 2026, fecha límite para su depósito.

El sobre puede entregarlo el propio elector o, en caso de imposibilidad, una persona autorizada con la documentación correspondiente. Con el cierre de estos plazos, el calendario electoral entra en su tramo final y cualquier retraso puede dejar fuera del proceso a quienes opten por esta modalidad de participación.