El Real Decreto que obliga a las eléctricas a descontar en la factura los cortes de luz: Facua denuncia a cinco distribuidoras por el apagón

Facua ha denunciado ante la CNMC a cinco distribuidoras eléctricas por no haber aplicado en la factura de sus clientes los descuentos derivados del apagón general del 28 de abril de 2025. Las empresas señaladas son Viesgo Distribución, e-Distribución, E-redes, UFD Naturgy e i-DE Iberdrola

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Ciudad Real durante el apagón EUSEBIO GARCÍA DEL CASTILLO/EUROPA PRESS

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La organización se apoya en el Real Decreto 1955/2000, que establece la obligación de aplicar descuentos en la facturación cuando se incumplen los niveles de calidad del suministro eléctrico. Facua sostiene que esas compensaciones deberían haberse aplicado durante el apagón.

Facua lleva a la CNMC a cinco distribuidoras eléctricas por el apagón

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a cinco distribuidoras eléctricas por no haber aplicado descuentos en la facturación de sus clientes tras el apagón general del 28 de abril de 2025.

Las compañías denunciadas son Viesgo Distribución, e-Distribución, E-redes, UFD Naturgy e i-DE Iberdrola. La asociación sostiene que, cuando se producen interrupciones del suministro que superan los umbrales de calidad establecidos, las distribuidoras deben compensar a los consumidores afectados mediante descuentos en la factura.

Según Facua, presentó reclamaciones contra las principales distribuidoras sin haber obtenido respuesta hasta la fecha. Por ello, ha pedido a la CNMC que abra expedientes sancionadores y que obligue a las empresas a aplicar las compensaciones correspondientes.

Qué dice el Real Decreto 1955/2000

El punto central de la denuncia está en el Real Decreto 1955/2000, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Facua cita en concreto el artículo 105.2, que establece que, en caso de incumplimiento de la calidad del servicio, las distribuidoras deben aplicar los descuentos en la facturación dentro del primer trimestre del año siguiente al incumplimiento.

La asociación interpreta que, dado que el apagón se produjo el 28 de abril de 2025, los descuentos deberían haberse aplicado durante el primer trimestre de 2026.

Cuánto dinero podría recuperar un consumidor afectado

La cuantía exacta de la compensación no es igual para todos los consumidores. Depende de factores como la potencia contratada, la duración del corte, la ubicación de la vivienda, el tipo de contrato y la clasificación de la zona donde se produjo la interrupción.

Facua toma como referencia un caso en el que la compensación resultaría de 22,96 euros, que ascenderían a 25,38 euros al sumar los impuestos vigentes, incluidos el IVA y el impuesto especial sobre la electricidad.

La organización subraya, no obstante, que debería ser cada distribuidora la que calculara de oficio el importe exacto para cada cliente, porque las variables cambian según cada suministro.

Cómo se calcula la compensación por un corte eléctrico

El cálculo se apoya en la Orden ECO/797/2002, que aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico. Esta norma recoge cómo deben medirse los cortes y cómo deben aplicarse los descuentos cuando se incumplen los niveles de calidad.

Según la fórmula mencionada por Facua, se multiplica el número de kilovatios de potencia contratada por cinco veces el precio medio anual del kilovatio hora consumido. Después, el resultado se ajusta según el número de horas que duró el apagón y la zona donde se encuentre la vivienda.

La propia Orden ECO/797/2002 establece que el descuento en la facturación tiene carácter anual y que la factura debe incorporar una relación de los incidentes que han afectado al suministro, con duración, origen y razones de su cómputo o exclusión.

Por qué Facua habla de vulneración de derechos

Facua considera que las distribuidoras han vulnerado los derechos de los consumidores al no aplicar las compensaciones en plazo. La asociación sostiene que no basta con que los usuarios reclamen individualmente, sino que el descuento debía incorporarse de forma automática en la facturación correspondiente.

La denuncia también se apoya en la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, que tipifica como infracción grave el incumplimiento reiterado de la obligación de aplicar los descuentos correspondientes a los consumidores afectados por interrupciones en las condiciones previstas por la normativa.

La organización pide a la CNMC que investigue si las empresas incumplieron sus obligaciones y que, en su caso, imponga sanciones.

Qué empresas están afectadas

Las cinco distribuidoras denunciadas por Facua cubren una parte muy relevante del suministro eléctrico en España.

La denuncia afecta a:

  • Viesgo Distribución
  • e-Distribución
  • E-redes
  • UFD Naturgy
  • i-DE Iberdrola

La clave aquí es distinguir entre distribuidora y comercializadora. La comercializadora es la empresa con la que el consumidor contrata la luz y recibe la factura. La distribuidora es la responsable de la red eléctrica en cada zona y de la calidad del suministro. En los cortes de luz, la responsabilidad por continuidad del suministro recae sobre la distribuidora.

Qué puede pasar ahora

La CNMC deberá estudiar la denuncia y decidir si abre expediente sancionador. Si aprecia indicios de incumplimiento, podría investigar a las distribuidoras y exigir información sobre cómo gestionaron las compensaciones del apagón de abril de 2025.

Facua reclama que, además de posibles sanciones, se inste a las compañías a aplicar los descuentos pendientes a los consumidores afectados.

El caso puede convertirse en una batalla relevante porque afecta a millones de usuarios que sufrieron interrupciones durante el apagón general y porque pone el foco en una obligación poco conocida: los cortes de luz pueden generar compensaciones automáticas si superan los umbrales legales de calidad.

Todas las claves para los consumidores

La denuncia de Facua se resume en una idea sencilla: si un apagón supera los límites de calidad del suministro, la normativa obliga a compensar a los consumidores mediante descuentos en la factura. La asociación sostiene que esas compensaciones no se aplicaron dentro del plazo previsto por el Real Decreto 1955/2000 y la Orden ECO/797/2002. 

Por eso ha llevado a cinco distribuidoras ante la CNMC. Para los consumidores, la clave será comprobar si en sus facturas del primer trimestre de 2026 aparece algún descuento asociado al corte del 28 de abril de 2025. Si no figura, podrían reclamar a su comercializadora y a la distribuidora de su zona, además de acudir a organismos de consumo o a la propia CNMC.