Gobernuak ez du argitu behar duen Felipe VIren Marokora bidaiaren baimena eman behar duen eta etxeko erregeak bere agenda propioa ezartzen duela gogorarazi du.

Elma Saiz saihesten du Moncloa Felipe VI Marokora bidai bat baimentzea behar den ala ez argitzea eta azpimarratzen du Errege Etxeak Erregearen agendaren kudeaketa egiten duela.

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Inklusio, Segurtasun Soziala eta Migrazioetako ministroa eta Gobernuaren bozeramailea, Elma Saiz, azpimarratu du etxea "jabea" dela Felipe VI. erregearen agenda. Hala ere, ez du zehaztu Executivok "baimendu" behar duen Marrokora Estatuko buruaren posibleko desplazamendu bat, PPko liderra, Alberto Núñez Feijóo, eskatutako moduan.

"Niretzat ez da etxea agenda hitz egitea", amaitu du Saizek 'La hora de La 1' saioan, Europa Press-ek jasotako elkarrizketa batean, Erregeak Ceutara bisitatzeko Moncloako "baimena" behar duen galdetu diotenean. Ministroak azpimarratu du bere ardura "gobernuaren agenda"rean zentratzea dela, bereziki autonomia hirian, non, azpimarratu duenez, Executivok "egon behar duela egoera berezi honi erantzuteko.

Bozeramaileak, hainbat aldiz errepikatu duena Zarzuela agenda "esateko ezer" ez duela, ez du argitu Gobernuak Felipe VI.ri autonomia hirira bidaiatzeko iradoki dion. "Ez dut ere jakin, azpimarratzen dut. Uste dut garrantzitsua dela Gobernuaren jardueraren erantzuna ematea, ministroen presentziagatik (...) . Eta lidergoa, une oro, presidentea. Horretan bai eman dezaket fede ona", adierazi du.

Executivoko kide batek monarkaari Mohamed VI. erregearekin Ceutan krisiaren aurrean bitartekaritza deia egiteko eskatu diola aukera dela eta, Saizek xehetasunak ematea saihestu du eta Kongresuko etorkizuneko agerraldietara bidali du, non ministerio bakoitzeko arduradunak "erantzun dezakeen". Halaber, azpimarratu du Erregearen bisitarako "oztoporik" ez dela "jakiten".

Saiz Feijóori eskatzen dio erregeari egoera argitu dezala

Eszenatoki honetan, ministroak PPko presidentea "partekatzea" eskatu dio herritarren artean Felipe VI. erregeak "transmititu dezakeen" informazioari buruz. "Ez naiz hirugarren baten adierazpenen bidez hitz egin dezaket", adierazi du.

Europa Press-ekin egindako elkarrizketa batean, Feijóok adierazi du Erregea "Ceutara joan nahi duela" "berari dagokionez" Estatuko buru gisa "krisi humanitario, osasun publiko eta orden publiko" aurrean autonomia hiria zeharkatzen duena, eta Pedro Sánchez Gobernuari "baimena" eskatu dio desplazamendu hori egiteko.

Popular liderra gogorarazi duenez, bere funtzio konstituzionalen barruan, Felipe VI "Espainiako soberania eta lurralde integritatearen bermatzailea" da. "Konbentzitu naiz Erregea Ceutara joan nahi duela eta hori egingo du Espainiako Gobernuak desplazamendu hori baimentzen duenean", gehitu du.

Maroko, "fidagarri" bazkide migratorioan

Bestalde, Saizek berriro adierazi du Exekutiboak Maroko "fidagarri" gisa hartzen duela politika migratorioan eta "uztailaren amaieran Ceutara modu masiboan sartu ziren pertsonen %90" itzultze boluntarioan duen rola azpimarratu du. "Marokoren laguntzarik gabe ez zen posible izango, gure ustez, auzoko, fidagarri eta leial den herrialde bat", azpimarratu du.

Hori dela eta, "espekulazioak" ez elikatzeko eskatu du eta ministroen agerraldietara itzuli da "krisiaren xehetasun guztiak azaltzeko" Kongresuan. Halaber, "Espainiaren konpromisoa mugen babesean eta segurtasunean" azpimarratu du, "iraunkorra" dela kalifikatuz.

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AI-k SORTUTAKO EDUKIA

¿Qué trámites parlamentarios son necesarios para que el Gobierno autorice oficialmente un viaje internacional del jefe del Estado?

En el ordenamiento constitucional español, los viajes oficiales al extranjero del jefe del Estado (el Rey) son, ante todo, un acto de la Corona que se inserta en la política exterior del Gobierno. Por eso, el núcleo de la respuesta es que no existe un “trámite parlamentario de autorización” específico y preceptivo para cada viaje internacional del Rey; lo que hay es un control parlamentario general sobre la acción del Gobierno, que incluye la planificación y el contenido político de esos desplazamientos.

Base constitucional: quién decide y quién responde

La Constitución de 1978 establece varios principios clave:

  • Jefatura del Estado y representación exterior: el Rey es el jefe del Estado y le corresponde, entre otras funciones, “ejercer la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales” (art. 56 y 63 CE).
  • Refrendo y responsabilidad: todos los actos del Rey han de estar refrendados por el Gobierno o, en su caso, por el ministro competente (art. 64 CE). Esto significa que la decisión política de que el Rey realice un viaje oficial al extranjero es jurídicamente un acto del Gobierno, que asume la responsabilidad política.
  • Dirección de la política exterior: corresponde al Gobierno dirigir la política interior y exterior (art. 97 CE). Los viajes del Rey al exterior forman parte de esa política exterior.

De esta combinación se deduce que la iniciativa, planificación y autorización de los viajes internacionales del jefe del Estado son competencia del Gobierno (normalmente a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y del Ministerio de la Presidencia), sin que sea necesaria una autorización previa del Congreso o del Senado.

Ausencia de una autorización parlamentaria específica

No existe en la Constitución, ni en los Reglamentos del Congreso y del Senado, una figura específica del tipo “autorización de viaje del jefe del Estado” ni un procedimiento similar al que se emplea, por ejemplo, para:

  • La autorización para tratados internacionales en determinadas materias (art. 94 CE).
  • La autorización para estados de alarma, excepción y sitio (art. 116 CE).

El viaje del Rey no implica por sí mismo la celebración de un tratado ni la adopción de decisiones jurídicas internacionales; se trata de un acto de representación y de diplomacia política. Por tanto, no se activa automáticamente ningún cauce parlamentario obligatorio de autorización, salvo que el viaje se vincule a decisiones que sí requieran intervención de las Cortes (por ejemplo, firma de un tratado que deba ser autorizado o ratificado). En ese caso, lo que se somete a las Cámaras no es el viaje, sino el acto jurídico internacional correspondiente.

Control parlamentario político: cómo intervienen las Cortes

Aunque no haya un trámite específico de “autorización de viaje”, el Parlamento sí puede ejercer control sobre la actuación del Gobierno en relación con los desplazamientos del jefe del Estado. Este control se inserta en los instrumentos generales de fiscalización:

  • Preguntas orales y escritas al Gobierno, tanto en Pleno como en comisión, sobre la oportunidad, objetivos, agenda o resultados diplomáticos de un viaje concreto.
  • Interpelaciones a la acción exterior del Gobierno, que pueden incluir la planificación de viajes oficiales del Rey dentro de una línea general de política internacional.
  • Comparecencias del ministro de Asuntos Exteriores o del ministro de la Presidencia, a iniciativa propia o a petición de los grupos, para informar antes o después de un viaje especialmente relevante.
  • Solicitudes de información y documentación, pidiendo, por ejemplo, la agenda detallada, notas de la visita o evaluaciones internas.
  • Mociones posteriores, instando al Gobierno a orientar de determinada forma la participación del jefe del Estado en visitas futuras o a evitar determinados destinos o formatos.

En la práctica, el control suela ser ex post o de acompañamiento, más que de autorización previa. Las Mesas de las Cámaras y las Juntas de Portavoces pueden modular la presencia del tema en el orden del día, pero no existe un “visto bueno” jurídico imprescindible para que el Gobierno confirme un viaje.

Encaje en el sistema de responsabilidad política

Como todo acto del Gobierno, la política de viajes del jefe del Estado se integra en el conjunto de la acción exterior. Si una mayoría parlamentaria considerase gravemente inadecuada esa política (incluidos los viajes), podría llevar el conflicto al plano de la responsabilidad política del Ejecutivo, utilizando instrumentos como:

  • La intensificación del control ordinario (preguntas, comparecencias, mociones severas).
  • En un extremo, un voto de censura al Gobierno por su política exterior, en la que los viajes del Rey serían un elemento más.

En resumen, el Gobierno autoriza los viajes internacionales del jefe del Estado sin necesidad de un trámite parlamentario específico de autorización, pero siempre bajo el paraguas del refrendo y sometido al control político general de las Cortes Generales sobre la política exterior.

¿Puedes detallar qué tipo de preguntas o interpelaciones se han utilizado en la práctica para controlar viajes internacionales concretos del Rey? ¿Cómo se coordina en la práctica la agenda internacional del Rey con la del presidente del Gobierno y el Ministerio de Asuntos Exteriores? ¿En qué se diferencia jurídicamente un viaje oficial del Rey al extranjero de uno del presidente del Gobierno desde el punto de vista del control parlamentario?

¿Cuáles son las competencias y funciones constitucionales del rey Felipe VI respecto a la política exterior y la integridad territorial?

La Constitución española atribuye al Rey un conjunto de funciones relacionadas con la política exterior y, de forma más indirecta, con la integridad territorial. Son competencias formalmente relevantes, pero ejercidas siempre bajo la dirección del Gobierno y con el refrendo de sus miembros, lo que limita su dimensión decisoria y las sitúa en un plano fundamentalmente representativo y de garantía institucional.

Papel general del Rey en el sistema constitucional

Según el artículo 56 de la Constitución, el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, y “arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones”. Añade que sus actos estarán siempre refrendados por el Gobierno o por las Cortes Generales (art. 64), salvo excepciones muy tasadas, lo que implica que la responsabilidad política recae en quienes refrendan, no en el Monarca. Esta lógica se aplica también a la política exterior y a los aspectos vinculados a la integridad territorial.

Competencias del Rey en política exterior

Las funciones del Rey en materia internacional aparecen principalmente en los artículos 63 y 62 de la Constitución:

  • Representación internacional del Estado (art. 56.1 y 63.1): el Rey “ostenta la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales”. Eso significa que encarna la representación externa del Estado en el plano protocolario y simbólico: visitas de Estado, recepción de jefes de Estado extranjeros, discursos en el exterior, etc.
  • Acreditación de embajadores y representantes diplomáticos (art. 63.1): le corresponde “acreditar a los embajadores y a otros representantes diplomáticos” y recibir las cartas credenciales de los representantes extranjeros en España. Esta es una competencia formal, siempre ejercida a propuesta del Gobierno.
  • Manifestación del consentimiento del Estado en los tratados (art. 63.2 y 63.3): el Rey expresa, en nombre de España, el consentimiento para obligarse por medio de tratados internacionales, tras la autorización o intervención previa de las Cortes Generales o del Gobierno según el tipo de tratado. En la práctica, el contenido negociador lo dirige el Gobierno; el Rey interviene en la fase final, solemne y formal, sancionando la decisión adoptada por los órganos políticamente responsables.
  • Promulgación y sanción de leyes y tratados (art. 62 a): cuando los tratados requieren incorporación al ordenamiento mediante ley, el Rey sanciona y promulga esas normas. De nuevo, no decide el contenido, sino que da forma jurídica final a la voluntad de las Cortes.

En suma, en política exterior el Rey no dirige la acción exterior —esa función corresponde al Gobierno (art. 97 CE)—, pero es la figura que personifica al Estado hacia el exterior y realiza los actos solemnes que traducen jurídicamente las decisiones de Gobierno y Cortes.

Relación con la integridad territorial

La Constitución vincula más directamente la integridad territorial con las Fuerzas Armadas que con el Rey, aunque este ostenta un rol central en relación con ellas:

  • El artículo 8.1 establece que las Fuerzas Armadas tienen como misión “garantizar la independencia y defensa de España, así como la integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.
  • El artículo 62 h) dispone que corresponde al Rey el “mando supremo de las Fuerzas Armadas”.

Esto significa que el Rey, como Jefe del Estado y mando supremo, es la figura que simboliza la unidad de las Fuerzas Armadas y su lealtad a la Constitución, incluida la integridad territorial. Sin embargo:

  • La dirección efectiva de la política de defensa y de seguridad nacional incumbe al Gobierno (art. 97 CE), y las decisiones operativas se adoptan por las autoridades civiles y militares competentes.
  • Los actos del Rey en materia militar (nombramientos de altos mandos, concesión de honores militares, etc.) también requieren refrendo gubernamental.

En situaciones de especial gravedad para la integridad territorial (por ejemplo, declaración de estados de alarma, excepción o sitio, art. 116 CE), la titularidad de las decisiones corresponde igualmente al Gobierno y a las Cortes. El Rey no resuelve políticamente los conflictos territoriales, pero sí puede desempeñar un papel de cohesión simbólica y de llamada al respeto del orden constitucional dentro de los límites marcados por su neutralidad y por la ausencia de responsabilidad política directa.

Síntesis

En conclusión, el Rey Felipe VI, como Jefe del Estado, ejerce en política exterior funciones prominentes de representación, formalización y solemnización de las decisiones adoptadas por Gobierno y Cortes: máxima representación internacional, acreditación de embajadores y manifestación del consentimiento del Estado en los tratados. En cuanto a la integridad territorial, su competencia se articula a través del mando supremo de las Fuerzas Armadas y de su papel simbólico como garante de la unidad y permanencia del Estado, sin facultades autónomas para adoptar decisiones políticas o coercitivas, que recaen en los órganos democráticamente responsables.

¿Podrías detallar cómo se articula el refrendo de los actos del Rey en materia de política exterior? ¿Qué ejemplos recientes ilustran el papel de Felipe VI en la defensa simbólica de la unidad e integridad territorial? ¿Cómo se coordina la acción del Rey con el Gobierno en viajes oficiales y cumbres internacionales?

¿Cuál es el historial político y profesional de Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones?

Elma Saiz Delgado es una política navarra del PSOE, nacida en Pamplona en 1975, especializada en fiscalidad y políticas sociales. Desde noviembre de 2023 es ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y desde diciembre de 2025 ejerce también como portavoz del Gobierno de España, tras una larga trayectoria en las instituciones navarras y en la Administración General del Estado.

Formación académica y primeros pasos profesionales

Saiz es licenciada en Derecho y posee un Máster en Asesoría Fiscal, ambos por la Universidad de Navarra. Su carrera profesional inicial se desarrolló en el ámbito de la asesoría fiscal y la docencia universitaria, campos en los que trabajó antes de dedicarse plenamente a la política institucional. Esta base jurídica y tributaria explica en buena medida su especialización posterior en áreas económicas y de protección social.

Trayectoria política en Navarra

La entrada de Elma Saiz en la política activa se produce en torno a 2003, cuando se incorpora al PSN‑PSOE y pasa a formar parte del Parlamento de Navarra. Desde entonces, su carrera ha estado estrechamente vinculada a la Comunidad Foral, donde ha ocupado puestos de creciente responsabilidad.

Entre 2008 y 2012 fue delegada del Gobierno en Navarra, cargo en el que actuó como principal representante de la Administración General del Estado en la comunidad. Posteriormente, asumió responsabilidades en el Ejecutivo autonómico, destacando su paso por la dirección del Instituto Navarro para la Igualdad y Familia, desde donde se centró en políticas de igualdad de género y conciliación.

El salto cualitativo en su carrera foral llega en la legislatura iniciada en 2019, cuando se integra en el Gobierno presidido por María Chivite como consejera de Economía y Hacienda y, además, portavoz del Gobierno de Navarra. Desde esta posición gestionó las finanzas forales en un periodo marcado por la pandemia de COVID‑19 y, al mismo tiempo, se convirtió en una de las voces políticas más visibles del Ejecutivo navarro.

En las elecciones municipales de 2023 fue la candidata del PSN a la Alcaldía de Pamplona. Aunque la lista socialista quedó en tercer lugar, su nombramiento reflejó el peso orgánico y público que había adquirido dentro del socialismo navarro. Tras aquellos comicios, llegó a ser concejala del Ayuntamiento de Pamplona antes de su incorporación plena al Gobierno central.

Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

En noviembre de 2023, Pedro Sánchez la incorpora al Consejo de Ministros como ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Desde esta cartera se ha situado en el centro de debates clave sobre pensiones, migración e inclusión social.

Las notas oficiales de La Moncloa la vinculan con la consolidación de récords de afiliación a la Seguridad Social, que el propio presidente ha utilizado como argumento de estabilidad económica. Bajo su mandato, el ministerio ha puesto el foco en:

  • La aplicación de la reforma de las pensiones y la defensa de su sostenibilidad ante instituciones europeas.
  • El impulso y evaluación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y sus itinerarios de inclusión, muy ligados a experiencias piloto en Navarra y otras comunidades.
  • La reforma del Reglamento de Extranjería, orientada a simplificar trámites, acortar plazos y reforzar vías de migración regular, con debates sobre sus efectos en solicitantes de asilo.
  • Una política migratoria que vincula migración y empleo, defensa de los derechos humanos y cooperación internacional, como se refleja en sus intervenciones en foros europeos y en acuerdos con países terceros.

En el ámbito parlamentario, ha comparecido en el Congreso y en el Senado para explicar tanto la política migratoria como la reforma de pensiones, y en 2024 acudió a la llamada comisión del “caso Koldo” en la Cámara Alta, donde defendió la actuación de su departamento en la etapa navarra y la corrección de los controles de contratación durante la pandemia.

Portavoz del Gobierno y perfil político

El 22 de diciembre de 2025, Sánchez le confía además la portavocía del Gobierno, responsabilidad que suma a su cartera ministerial. La prensa política la describe como una dirigente “muy del PSOE”, disciplinada con el argumentario de Moncloa, de tono firme y combativo en la defensa de las posiciones del Ejecutivo.

Su trayectoria combina experiencia en gestión económica, políticas sociales y una larga vinculación al PSN‑PSOE, lo que la sitúa como una figura de confianza tanto para la dirección socialista en Navarra como para la dirección federal del partido. Desde la portavocía, su papel se centra en articular el discurso gubernamental en un contexto de alta polarización, al tiempo que mantiene la agenda sustantiva de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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¿Qué porcentaje de personas que accedieron masivamente a Ceuta retornaron voluntariamente según Elma Saiz?

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¿Quién sostiene que el rey Felipe VI quiere viajar a Ceuta y pide al Gobierno que autorice ese desplazamiento?

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