Sánchez-en itzulera: La Mareta-tik Ministroen Kontseilura, Ceuta airean

Sánchez itzulita, Kongresuak Ceutari buruzko erantzunak eskatzen ditu. Exekutiboarentzat erabakigarria den astea.

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Pedro Sánchez jadan Madrilen itzuli da Lanzaroten oporrak amaitu ondoren. Presidentearen itzulera atzo, igandea, abuztuaren 23an, izan zen, Kanarietatik Falcon T.18-3 hegazkinaren bidez. Hegazkina 11.24etan irten zen eta 13.19etan lurreratu zen Madrilen, Falcon Despega-k argitaratutako hegaldi erregistroaren arabera, Sánchez bidaiari gisa identifikatuz eta bidaia oporren ondorengo itzulera gisa kokatuz.

Bere agendan, Sánchez-ek ez du, oraingoz, abuztuaren 24ko astelehen honetarako argitaratutako ekitaldirik. Goizean La Moncloa-ko Presidentziaren agenda kontsultatu da eta gaurko presidentearen jarduera bat ere ez du jasotzen, eta azken argitaratutako egunak abuztuaren 7 eta 17koak mantentzen ditu.

Hala ere, abuztuaren 25ean, asteartean, Sánchez lehen Ministroen Kontseilua presiditzea aurreikusten da, udako etenaldiaren ondoren.

Presidentearen oporrak abuztuaren 1ean hasi ziren, Ceutara joan eta egun batzuetara, migrazio krisiaren ondorioz, bi ordu inguru egon zen. Lanzarotera iritsi ondoren, Patrimonio Nacionaleko Jauregira joan zen, La Mareta, opor denbora osoan egon dena, eta bertan bisita jaso du bere gurasoen, lagunen eta Kataluniako presidentearen, Salvador Illa-ren aldetik.

Ceutako azken mezua, uztailaren 31

Pedro Sánchez-en Ceutako krisiari buruzko azken erreferentzia bere X kontuan uztailaren 31n izan zen, autonomia hirira bisita egin zuen egunean.

Egunean, presidentearen hainbat mezuri buruzko argitalpenak egin zituen. Horietako batean, Gobernuak Ceutako auzotarren segurtasuna bermatuko zuela, Segurtasun Indarren presentzia indartuko zela iragarri zuen, itsasoan muga fisiko bat ezartzeko prestaketa aurreratu zuen eta errefuxiatuen itzultze espedienteak azkartuko zirela ziurtatu zuen. Sánchez-ek, halaber, Gobernuak Marokoko agintariekin lankidetza mantenduko zuela iragarri zuen, gizakiak trafikatzen dituzten mafiekin borrokatzeko.

Hala ere, eta argitalpen horietatik, ez da agertzen presidentearen Ceutako krisiari buruzko mezurik idatzi duenik abuztuaren 24ko astelehen honetarako.

Presidentearen kontua, hala ere, oporretan aktibo jarraitu du. Sánchez sare sozial hau beste egungo gai batzuk aztertzeko erabili du, horien artean baso suteak eta nazioarteko gaiak, baita instituzionala den edukia, Pepe el Habichuela-ren heriotzaren aipamenak, edo Federico García Lorca poeta gogoratzea. Hala ere, Ceutaren erreferentzia ez da berriro agertu bere argitalpenetan uztailaren 31tik, Ceuta-ko PSOEan irekitako krisiaren aurrean, Pedro Sánchez-en gobernuaren kudeaketaren aurka kritikak egiten dituztenak, ministroen serie bat igaro den hiri autonomo honetan. 

Hala ere, Sánchez ez da fisikoki itzuli hiri autonomo horretara bisita hark egin zuenetik. Abuztuan, egoeraren bilakaera jarraitu du Lanzarotetik eta bi koordinazio bilera presiditu ditu, bideokonferentzia bidez, Gobernuko kideekin. La Moncloak agendan krisiari buruzko bilera batzuk jasotzen ditu abuztuaren 7an eta 17an.

Abuztuaren 17ko bileran lehenengo presidenteordea eta Atzerri, Defentsa, Barne, Lurralde Politika, Inklusioa eta Gazteria eta Haurren ministroak parte hartu zuten, La Moncloak jakinarazi zuenez. Bilera segurtasunarekin eta Ceutan geratzen ziren pertsonen arreta ematearekin lotutako ekintzak aztertzeko izan zen.

Astearte honetan zazpi ministro Kongresuan agertuko dira

Gobernu progresistaren Senatura joateko ukapenaren ondoren, Sánchez-en itzulera Madrilera parlamentu jarduera aste batekin bat dator, migrazio krisiaren kudeaketan zentratuta.

Gobernuko zazpi kide agertuko dira astearte honetan 25etik abuztuaren 31ra arte. Lehenengoa Defentsa ministroa, Margarita Robles, astearte honetan izango da. Ostegunaren 27an Félix Bolaños, Presidente, Justizia eta Cortesekin Harremanetarako ministroa, eta Mónica García, Osasun ministroa, etorriko dira. Ostiralaren 28an José Manuel Albares, Fernando Grande-Marlaska eta Elma Saiz, Atzerri, Barne eta Inklusioa, Segurtasun Sozial eta Migrazio ministroak izango dira. Sira Rego, Gazteria eta Haurren ministroa, itxiko du astelehenean 31.

Agertzeek departamentu bakoitzaren eskumenetatik Ceutako egoerari Gobernuaren erantzuna aztertzeko aukera emango dute, segurtasuna, politika exteriorra, migrazio kudeaketa, osasun laguntza eta adingabeen arreta barne.

Diputazio Iraunkorraren erabakia

Era berean, eta Sánchez ministroak Kongresuan pasatzen diren bitartean, ganberako Diputazio Iraunkorra bilduko da abuztuaren 26an, inaktibitate aldiaren barruan erregistratutako eskaerak aztertzeko. Horien artean, Partido Popular-en eskaria dago, Pedro Sánchez Plenoaren aurrean agertzeko, Ceutako migrazio krisiaren kudeaketa azaltzeko.

Bitartean, epaitegi aurreko frontea izkinan dago, irailaren hilabetean hasita, Begoña Gómez, zeinak fase berri batera sartzen da Juan Carlos Peinado epaileak ikerketa amaitutzat jo duenean. Defentsak bere ondorio provisionalak aurkeztu behar ditu eta, hortik aurrera, prozedura bere ibilbidea jarraituko du ahozko epaiketa irekitzea erabakitzeko. Iraileko egutegiak, gainera, sozialista ingurunean eragiten duten beste kausa batzuetan ekintza berriak jasotzen ditu.

Irailak 7 eta 8, Audientzia Nazionalak José Luis Rodríguez Zapatero deklaratzera deitu du Plus Ultra-ren salbamenduaren ikerketaren barruan. José Luis Calama epaileak kausa irekita mantentzen du, beste gai batzuen artean, lehendakari ohia operazioan izan dezakeen papera zehazteko.

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2027ko egutegian sartzen da

Politika ikasturtea, halaber, maiatzaren 2027ko udal eta autonomia hauteskundeak horizontean garatuko den lehenengoa izango da. Lurralde hitzordua PSOE-rentzat eta bere lehiakide nagusientzat lehen proba handia izango da hauteskunde orokorren aurretik.

Edonola ere, hauteskunde orokorren data Sánchez-en legealdia agortzeko edo ez erabakiaren araberakoa izango da, amaierara arte. Horrela, epeak agortzen baditu, deialdia 2027ko abuztuan egingo da; aurretik aurreratzea aukeratzen badu, egutegia aldatuko da eta udal eta autonomia hauteskundeak baldintzatu ahal izango ditu, aldi berean Gobernuak negoziazio parlamentario estu bat aurre egin behar du eta Estatuaren Aurrekontu Orokor berri batzuk onartu edo ez, azken legealdiko lehenak eta bakarrak.

 

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AI-k SORTUTAKO EDUKIA

¿Cuál es el procedimiento parlamentario para la comparecencia del presidente del Gobierno ante el Pleno del Congreso a petición de la oposición?

La comparecencia del presidente del Gobierno ante el Pleno del Congreso para informar sobre un asunto concreto se regula, con carácter general, por el artículo 203 del Reglamento del Congreso, encuadrado en el capítulo “De las informaciones del Gobierno”. El presidente, como miembro del Gobierno, se somete al mismo régimen que el resto de ministros, sin perjuicio de su relevancia política.

Sujeto legitimado y tipo de iniciativa

El artículo 203.1 prevé dos vías:

  • A petición propia del Gobierno: el presidente o el Consejo de Ministros pueden pedir comparecer ante el Pleno para informar sobre un asunto determinado.
  • Por acuerdo de la Mesa de la Cámara y de la Junta de Portavoces: aquí está la comparecencia “a petición de la oposición”. La iniciativa para que se adopte ese acuerdo corresponde:
    • a dos Grupos Parlamentarios, o
    • a la quinta parte de los miembros de la Cámara (70 diputados en una Cámara de 350).

Esa iniciativa se formula mediante escrito dirigido a la Mesa, identificando el asunto sobre el que debe informar el presidente del Gobierno y el formato de comparecencia (ante el Pleno).

Papel de la Mesa y de la Junta de Portavoces

De acuerdo con los artículos 30 y 31 del Reglamento, la Mesa:

  • califica los escritos y documentos parlamentarios y decide su admisión o inadmisión;
  • decide la tramitación de los mismos;
  • fija el calendario general de trabajos, oída la Junta de Portavoces.

Una vez recibida la solicitud de comparecencia, la Mesa la califica y admite a trámite si reúne los requisitos (quórum de firmas, objeto determinado, encaje reglamentario). Si la admite, debe promover el acuerdo previsto en el artículo 203.1 junto con la Junta de Portavoces, órgano político en el que están representados todos los grupos y que interviene, con voto ponderado, en la ordenación de los trabajos de la Cámara.

El acuerdo de “Mesa y Junta de Portavoces” es, por tanto, el núcleo del mecanismo: sin ese acuerdo, no nace la obligación reglamentaria de que el Gobierno comparezca. No se exige una mayoría reforzada específica; rige la lógica ordinaria de mayorías en estos órganos (ponderadas en la Junta), por lo que la mayoría que sostiene al Gobierno tiene un margen real para bloquear o dilatar una comparecencia impulsada por la oposición.

Inclusión en el orden del día del Pleno

El artículo 67 establece que el orden del día del Pleno lo fija la Presidencia de la Cámara de acuerdo con la Junta de Portavoces. Por tanto:

  • La comparecencia debe estar previamente “en condiciones de ser incluida”, es decir, haber sido acordada conforme al artículo 203.
  • La Presidencia y la Junta deciden en qué sesión y con qué prioridad se programa.

El artículo 68 permite alterar el orden del día por acuerdo del Pleno, a propuesta de la Presidencia o a petición de dos grupos o una quinta parte de la Cámara. En la práctica, también aquí la mayoría parlamentaria puede impedir la inclusión o el adelantamiento de la comparecencia, aunque la minoría tenga la iniciativa.

Relación con el artículo 203 y posibilidad de rechazo del Gobierno

El artículo 203 articula un derecho de minoría cualificada (dos grupos o una quinta parte de diputados) a activar el procedimiento para que la Mesa y la Junta acuerden la comparecencia. Pero:

  • El Gobierno no tiene, formalmente, un “derecho de veto” reglamentario sobre esa comparecencia: si la Mesa y la Junta adoptan el acuerdo, “los miembros del Gobierno comparecerán” ante el Pleno.
  • Sin embargo, la mayoría que respalda al Gobierno controla previsiblemente la Mesa y goza de voto ponderado en la Junta de Portavoces, lo que le permite evitar que se alcance el acuerdo previsto en el 203.1 o posponer indefinidamente su materialización en el calendario.

Por tanto, la oposición puede forzar políticamente el debate y el coste de que la mayoría lo bloquee, pero no tiene un derecho automático e incondicionado a que el presidente comparezca.

Desarrollo del debate en el Pleno

El artículo 203.2 fija la estructura básica de la sesión informativa:

  • Exposición oral del Gobierno: el presidente del Gobierno presenta la información o valoración del asunto objeto de comparecencia. El Reglamento no fija tiempo máximo específico aquí; se aplica supletoriamente el régimen general de debates y las facultades de ordenación de la Presidencia.
  • Intervención de los grupos: después, interviene un representante de cada Grupo Parlamentario por un tiempo máximo de 10 minutos, para fijar posición, formular preguntas u observaciones.
  • Contestación del Gobierno: el presidente responde al conjunto de intervenciones, sin que haya votación posterior; se trata de un debate puramente informativo, no decisorio.

Además, el artículo 203.3 permite que, en casos excepcionales, la Presidencia, de acuerdo con la Mesa y oída la Junta de Portavoces, abra un turno breve de preguntas o aclaraciones por parte de diputados individuales, fijando un número o tiempo máximo de intervenciones. El desarrollo concreto (réplicas, contrarréplicas, acumulación de turnos, tiempos adicionales) se sujeta a las reglas generales “De los debates” (arts. 69–77) y a la amplia facultad de la Presidencia para ordenar el debate, oída la Junta de Portavoces.

¿Cuáles son las principales competencias del presidente del Gobierno según la Constitución española?

La Constitución española regula la figura del presidente del Gobierno principalmente en los artículos 97, 98 y 99, y define sus competencias como la pieza central del poder ejecutivo. En esencia, el presidente dirige la acción del Gobierno, coordina a los ministros, marca la orientación política general y actúa como principal responsable político ante las Cortes Generales.

Dirección de la acción del Gobierno

La competencia nuclear del presidente aparece en el artículo 97 de la Constitución: el Gobierno “dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado”, y esa dirección se ejerce, en la práctica, a través del presidente. Esto significa que:

  • Fija las grandes líneas de la política general (económica, social, internacional, de seguridad, etc.).
  • Coordina y arbitra entre los distintos ministerios cuando hay conflictos de competencias o prioridades.
  • Decide la presentación de proyectos de ley y de otras iniciativas ante las Cortes en nombre del Gobierno.
  • Impulsa la acción gubernamental para cumplir el programa con el que obtuvo la confianza del Congreso.

Nombramiento y cese de ministros

El presidente es también el responsable de la configuración política y personal del Gobierno. Según el artículo 100 de la Constitución:

  • Propone al Rey el nombramiento y el cese de los ministros.
  • Decide la estructura interna del Gobierno: qué ministerios existen, cómo se distribuyen competencias, si se crean o suprimen carteras, etc. (aunque la forma concreta se plasma en normas organizativas).

Este poder de designar y remodelar al equipo ministerial es clave para mantener la cohesión política y la responsabilidad del presidente sobre la acción del Ejecutivo.

Relación de confianza con el Congreso

El presidente del Gobierno es, ante todo, el titular de la relación de confianza entre el Ejecutivo y el Congreso de los Diputados. En este ámbito, sus principales competencias son:

  • Investidura (art. 99): es propuesto por el Rey tras consultar a los grupos políticos, y debe someter su programa a la confianza del Congreso, que lo elige por mayoría.
  • Cuestión de confianza (art. 112): puede plantearla al Congreso sobre su programa o sobre una declaración de política general o un proyecto relevante. Si la pierde, debe dimitir todo el Gobierno.
  • Responsabilidad política: responde políticamente ante el Congreso por la actuación conjunta del Gobierno y comparece para explicar sus decisiones cuando es requerido.

Además, aunque la moción de censura (art. 113) es una iniciativa parlamentaria, su efecto principal recae sobre el presidente, que cesa si la moción prospera, siendo sustituido por el candidato alternativo aprobado por la Cámara.

Facultad de disolver las Cortes

Una de las competencias más relevantes del presidente, regulada en el artículo 115, es la de proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales en su conjunto. Esta decisión:

  • Se adopta mediante decreto del Rey, siempre a propuesta del presidente del Gobierno y bajo su exclusiva responsabilidad.
  • No puede usarse durante ciertos periodos (por ejemplo, cuando está en curso una moción de censura o dentro de determinados plazos respecto de una disolución anterior).

Con ello, la Constitución otorga al presidente una herramienta de “salida” en situaciones de bloqueo político, sometiendo la resolución del conflicto al cuerpo electoral.

Representación y coordinación institucional

Aunque la jefatura del Estado corresponde al Rey, el presidente del Gobierno ejerce una relevante función de representación política en el interior y exterior:

  • Representa al Gobierno en sus relaciones con las Cortes, con los demás poderes del Estado y con las Comunidades Autónomas.
  • Es el principal interlocutor con otros jefes de Gobierno y con las instituciones internacionales en el ámbito político y ejecutivo.

Asimismo, coordina la acción del Gobierno en materia de defensa y seguridad, en coherencia con lo previsto en la Constitución y las leyes, aunque ciertos actos formales (como el mando supremo de las Fuerzas Armadas) se atribuyen al Rey.

Otras funciones constitucionales

Además de las anteriores, de la Constitución se desprenden otras facultades relevantes del presidente del Gobierno:

  • Preside el Consejo de Ministros, fija su orden del día y dirige sus deliberaciones.
  • Impulsa la elaboración de normas con rango de ley (proyectos de ley, reales decretos-leyes) y su aprobación en el Consejo de Ministros, de acuerdo con la Constitución.
  • Asume la máxima responsabilidad política de la acción gubernamental ante la ciudadanía y las Cortes, lo que se traduce en debates de control, sesiones de preguntas y comparecencias periódicas.

En síntesis, la Constitución configura al presidente del Gobierno como la figura central del poder ejecutivo: dirige la política del país, forma y remodela el gabinete, gestiona la confianza parlamentaria y dispone de instrumentos decisivos como la disolución de las Cortes y la fijación de la orientación general de la acción gubernamental.

¿Qué diferencias establece la Constitución entre las funciones del Rey y las del presidente del Gobierno? ¿Cómo se desarrolla en la práctica el proceso de investidura del presidente del Gobierno según el artículo 99? ¿Qué controles ejerce el Congreso sobre el presidente del Gobierno y el resto del Ejecutivo?

¿Qué requisitos legales se deben cumplir para aprobar unos nuevos Presupuestos Generales del Estado en España?

Para aprobar unos nuevos Presupuestos Generales del Estado (PGE) es necesario, en esencia, aprobar una ley en las Cortes Generales. Desde el punto de vista procedimental, los PGE siguen el esquema general de tramitación de cualquier ley: se presentan como iniciativa, se debaten y enmiendan en el Congreso y el Senado, y finalmente se sancionan, promulgan y publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A continuación se detallan los requisitos y fases clave que deben cumplirse.

1. Presentación de la iniciativa

El primer requisito es que exista una iniciativa legislativa que contenga el proyecto de Presupuestos. Según el procedimiento general descrito para las leyes, la iniciativa puede adoptar dos formas:

  • Proyecto de ley: es la fórmula típica cuando la iniciativa parte del Gobierno, que redacta y aprueba el texto en Consejo de Ministros y lo remite al Congreso de los Diputados.
  • Proposición de ley: puede ser presentada por diputados, grupos parlamentarios, el Senado, asambleas legislativas autonómicas o mediante iniciativa legislativa popular. En la práctica, la herramienta estándar para los PGE es el proyecto de ley del Gobierno, pero procedimentalmente la Cámara tramita cualquier iniciativa como ley.

2. Admisión y toma en consideración

Una vez registrada la iniciativa presupuestaria, el siguiente requisito es su admisión a trámite. Para las proposiciones de ley, el Pleno del Congreso debe decidir la denominada toma en consideración, es decir, si admite o no la iniciativa para su tramitación. Aunque los proyectos de ley del Gobierno tienen un cauce más directo, el efecto práctico es el mismo: la iniciativa debe superar esta primera fase de entrada al procedimiento parlamentario.

3. Asignación a comisión competente

Admitida la iniciativa, la Mesa del Congreso la remite a la comisión parlamentaria correspondiente. En el caso de una ley como la de Presupuestos, se envía a una comisión especializada, que será el órgano encargado de:

  • Ordenar los trabajos de estudio del texto presupuestario.
  • Canalizar la presentación de enmiendas por los grupos.
  • Elaborar un dictamen para elevarlo al Pleno.

4. Fase de enmiendas

Superada la fase de admisión, se abre el plazo de presentación de enmiendas. Los grupos parlamentarios pueden proponer:

  • Modificaciones puntuales de artículos, partidas o disposiciones (enmiendas parciales).
  • En su caso, propuestas alternativas de redacción completa (enmiendas a la totalidad), siguiendo el régimen general de las leyes.

El requisito esencial aquí es que estas enmiendas se presenten dentro de los plazos fijados por la Cámara y se ajusten formalmente a lo que el Reglamento del Congreso exige.

5. Debate en comisión y dictamen

Con las enmiendas sobre la mesa, la comisión competente celebra un debate en comisión. En esta fase:

  • Se discute el texto inicial de la iniciativa presupuestaria.
  • Se defienden y votan las distintas enmiendas.
  • Se aprueba un dictamen, que contiene el texto resultante tras incorporar, modificar o rechazar enmiendas.

Este dictamen es un requisito imprescindible para que el texto llegue debidamente trabajado al Pleno del Congreso.

6. Debate y votación en el Pleno del Congreso

El Pleno del Congreso celebra un debate y votación sobre el dictamen de la comisión y sobre las eventuales enmiendas que aún se mantengan vivas para su defensa en Pleno. El requisito decisivo para que los Presupuestos puedan seguir adelante es que el Congreso apruebe un texto final de la ley presupuestaria tras este debate.

7. Tramitación en el Senado

Aprobado el texto por el Congreso, se remite al Senado. Allí también se aplica el esquema general:

  • El Senado puede aprobar el texto tal y como llega.
  • Puede introducir enmiendas, que deberán volver al Congreso para su aceptación o rechazo.
  • Puede plantear un veto, que igualmente será remitido al Congreso para que lo confirme o lo levante conforme a las reglas previstas.

Por tanto, para que los Presupuestos queden definitivamente aprobados es necesario cerrar esta fase de doble lectura Congreso–Senado.

8. Sanción, promulgación y publicación

Una vez que las Cortes Generales han acordado el texto definitivo, la ley de Presupuestos pasa a la fase final común a toda ley:

  • Sanción por el Jefe del Estado.
  • Promulgación de la ley.
  • Publicación en el BOE, momento a partir del cual la ley entra en vigor en la fecha indicada en su propio texto o, en su defecto, a los 20 días de dicha publicación.

Solo cuando se han cumplido todos estos requisitos formales y de procedimiento puede decirse que los nuevos Presupuestos Generales del Estado han sido válidamente aprobados.

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