Carte des incendies en Espagne aujourd'hui, 21 août : Las Hurdes s'améliore et un nouveau feu dans la Sierra Calderona concentre l'attention

L'incendie de Pinofranqueado évolue favorablement et permet de flexibiliser certaines mesures de sécurité, tandis qu'un feu déclaré entre Segorbe et Gátova maintient activé un large dispositif d'extinction.

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mapa incendios 21 agosto

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La carte des incendies de forêt de ce vendredi reflète un changement dans les principaux foyers d'Espagne. L'incendie de Pinofranqueado, dans la comarca cacereña de Las Hurdes, maintient des travaux d'extinction, bien que son évolution favorable ait permis de lever une partie des restrictions et d'autoriser le retour de certains voisins.

La principale nouveauté se trouve dans la Sierra Calderona, où un incendie de forêt déclaré entre Segorbe et Gátova concentre l'attention des services d'urgence. Le feu, originaire de la chute d'un éclair, a obligé à activer la situation 1 du Plan Spécial face au Risque d'Incendies de Forêt.

Carte officielle des incendies actifs de Copernicus

Le Système Européen d'Information sur les Incendies de Forêt, EFFIS, offre un visualiseur public pour localiser les incendies, les points de chaleur et les zones brûlées en Espagne et dans le reste de l'Europe.

La carte permet d'observer les périmètres détectés par satellite, mais l'apparition d'un point de chaleur ne signifie pas nécessairement qu'il existe un incendie de forêt actif. Pour connaître l'état officiel de chaque urgence, il faut également consulter les services autonomiques du 112 et d'extinction.

Pinofranqueado s'améliore et assouplit les mesures de sécurité

L'incendie de Pinofranqueado reste actif, mais présente une évolution plus favorable que durant les jours précédents. L'amélioration a permis d'autoriser le retour des voisins de Robledo, Castillo et Avellanar, ainsi que de lever le confinement qui affectait Nuñomoral.

Le dispositif maintient la vigilance sur le périmètre et continue de travailler dans les secteurs qui nécessitent encore des travaux de consolidation. L'évolution du vent restera l'un des facteurs déterminants pour éviter d'éventuelles réactivations.

Un incendie causé par un éclair active l'urgence dans la Sierra Calderona

Le principal nouveau foyer se trouve entre Segorbe, dans la province de Castellón, et Gátova, dans la province de Valence, dans une zone forestière proche du Parc Naturel de la Sierra Calderona. L'incendie s'est déclaré lors d'un épisode orageux et son origine est liée à la chute d'un éclair.

L'urgence a obligé à activer la situation 1 du plan spécial d'incendies de forêt et à déployer des moyens terrestres et aériens. La route CV-25 reste affectée par l'opération, tandis que les équipes travaillent dans une zone difficile d'accès et restent attentives à l'évolution météorologique.

Les Peñas de Riglos reste stabilisé et maintient des restrictions

L'incendie de Las Peñas de Riglos, à Huesca, reste stabilisé après dix jours d'urgence. L'amélioration a permis de compléter progressivement le retour de la population évacuée et de réduire le niveau de réponse extraordinaire.

Cependant, l'incendie n'est toujours pas éteint. L'opération continue de travailler sur le périmètre affecté et le Gouvernement d'Aragon maintient des restrictions d'accès dans certaines zones pendant que les travaux de surveillance et de consolidation sont complétés.

Aldea del Fresno maintient une évolution favorable

L'incendie de Aldea del Fresno, dans la Sierra Oeste de Madrid, reste stabilisé et a laissé derrière lui la situation d'urgence maximale. Les confinements et évacuations adoptés durant les premières heures ont déjà été levés.

Les équipes maintiennent des travaux de surveillance et de finition sur le terrain pour éliminer d'éventuels points chauds. L'évolution favorable permet de réduire la pression sur le dispositif, bien que l'incendie soit toujours sous surveillance jusqu'à ce que les travaux d'extinction soient complétés.

Niebla est contrôlé après la grande urgence d'Andalousie

L'incendie de Niebla, entre Huelva et Séville, a été déclaré contrôlé après près de deux semaines de travaux. Le feu a été l'un des grands foyers forestiers d'août, mais son évolution favorable a permis de passer de la phase d'urgence aux travaux de surveillance.

Les équipes maintiennent maintenant le suivi du périmètre et les tâches nécessaires pour éviter les reproductions jusqu'à ce qu'il puisse être déclaré définitivement éteint.

 

Pour connaître la situation concrète d'une municipalité, ces sources doivent être utilisées :

  • EFFIS-Copernicus : localisation par satellite, périmètres et points de chaleur.
  • Protection Civile : urgences et déploiement étatique.
  • DGT : routes coupées ou affectées.
  • AEMET : niveau quotidien de risque d'incendies.
  • Services autonomiques du 112 : état officiel de chaque incendie, évacuations et confinements.

Recherche : consultez le risque d'incendie aujourd'hui dans votre municipalité

Entrez le nom de votre municipalité dans le moteur de recherche pour connaître le niveau de risque d'incendie forestier prévu aujourd'hui selon l'AEMET. Le moteur de recherche est mis à jour quotidiennement et montre la situation dans plus de 8 000 municipalités espagnoles grâce à l'Indice de Danger d'Incendies Forestiers (IPIF).

↔ Faites glisser le tableau sur les côtés pour consulter tous les jours.

Faites glisser le tableau sur les côtés pour consulter tous les jours.

Le système classe le risque en six niveaux :

  1. Très bas.
  2. Bas.
  3. Modéré.
  4. Élevé.
  5. Très élevé.
  6. Extrême.

Chaque municipalité apparaît classée selon le niveau prédominant prévu pour cette journée.

Comment fonctionne la carte du risque d'incendie

Le moteur de recherche utilise les informations publiées quotidiennement par l'Agence État de Météorologie à travers son *Indice de Danger d'Incendies Forestiers (IPIF).

Ce système combine différentes variables météorologiques qui influencent directement la possibilité qu'un incendie forestier se déclenche et se propage, parmi elles :

  • Température.
  • Humidité relative.
  • Vitesse et direction du vent.
  • Précipitations accumulées.
  • État de la végétation.

Avec toutes ces données, l'AEMET élabore une carte de prévision qui permet d'estimer le niveau de danger existant à chaque point du territoire national.

Que signifie chaque niveau de risque

L'indice utilisé par l'AEMET divise le risque d'incendie en six catégories :

  • Très bas* et bas indiquent que les conditions météorologiques sont peu favorables au déclenchement d'un grand incendie.
  • Le niveau modéré conseille d'extrême prudence, notamment dans les activités pouvant générer des étincelles ou des flammes.
  • Lorsque le risque devient élevé, très élevé ou extrême, les possibilités qu'un incendie puisse se déclencher et se propager rapidement augmentent considérablement, surtout si des épisodes de vent intense ou des températures très élevées coïncident.

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CONTENU GÉNÉRÉ PAR L'IA

¿Qué trámites y protocolos se siguen para declarar la situación 1 del Plan Especial frente al Riesgo de Incendios Forestales en España?

La situación 1 de los planes especiales frente al riesgo de incendios forestales es un nivel operativo de emergencia previsto en la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales (Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, parcialmente vigente, BOE-A-2013-12823) y desarrollado en el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales (Resolución de 31 de octubre de 2014, BOE-A-2014-11493). Se enmarca en el sistema general de protección civil de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (BOE-A-2015-7730).

Qué es la situación 1

La normativa estatal define las situaciones operativas de los planes (0, 1, 2 y 3) atendiendo al daño real o potencial y a la necesidad de medios extraordinarios. En concreto:

  • Situación 0: el incendio afecta previsiblemente sólo a bienes forestales y puede ser controlado con medios locales o autonómicos ordinarios.
  • Situación 1: emergencia provocada por uno o varios incendios forestales que, en su evolución previsible, pueden afectar gravemente a bienes forestales y, en su caso, afectar levemente a la población o a bienes no forestales. Se considera que puede ser controlada con los medios y recursos del plan autonómico, pero puede requerir la incorporación de medios extraordinarios del Estado, a solicitud de la comunidad autónoma y previa valoración por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior o por la dirección general competente en política forestal del ministerio agrario.
  • Situación 2 y situación 3 suponen ya afectación grave a la población o declaración de emergencia de interés nacional; quedan fuera de tu pregunta pero sirven como referencia de mayor gravedad.

Quién declara la situación 1

Según la Directriz básica y el Plan Estatal, la calificación de la situación operativa (0, 1, 2 o 3) la realiza siempre el órgano competente de la comunidad autónoma, normalmente:

  • El director del plan especial autonómico de incendios forestales (o del plan territorial cuando así se prevea).
  • Bajo la autoridad política del titular de la consejería competente en interior, seguridad o medio ambiente, según la estructura de cada comunidad.

La normativa establece expresamente que la calificación puede variar en función de la evolución del incendio, por lo que la situación 1 puede activarse, desactivarse o elevarse a 2 o 3 según cambien las condiciones.

Trámites para declarar la situación 1

Aunque cada comunidad desarrolla su propio plan especial, el esquema básico, conforme a la Directriz básica y al Plan Estatal, es el siguiente:

  • 1. Detección y primera evaluación El incendio se detecta por dispositivos de vigilancia, aviso ciudadano o cuerpos operativos. El mando de extinción (jefe de intervención o figura equivalente) realiza una primera valoración: localización, velocidad de propagación, combustibles, amenazas a personas y bienes, simultaneidad con otros incendios, etc.
  • 2. Propuesta técnica de situación Con base en la matriz de índice de gravedad potencial recogida en la Directriz básica y en el Plan Estatal, el mando técnico propone al órgano autonómico competente la activación de la situación 1 cuando aprecia:
    • Gravedad significativa para la masa forestal.
    • Riesgos leves pero reales para población o bienes no forestales.
    • Necesidad de reforzar medios dentro del dispositivo autonómico, y eventual solicitud de medios estatales.
  • 3. Decisión de la autoridad autonómica El director del plan autonómico, a la vista de los informes técnicos y de los criterios objetivos de la Directriz básica, declara formalmente la situación 1. Esta declaración se documenta en los registros del centro de coordinación de emergencias autonómico y queda reflejada en los partes de incidencia.
  • 4. Activación del plan y del CECOP La situación 1 implica la activación plena de la organización del plan especial: se pone en funcionamiento el Centro de Coordinación Operativa (CECOP) autonómico, se movilizan refuerzos de bomberos, brigadas forestales, medios terrestres y aéreos, y se integran servicios de protección civil, sanitarios y de seguridad.
  • 5. Comunicación y posible solicitud de medios estatales Cuando se prevé la necesidad de medios extraordinarios, la comunidad autónoma tramita, conforme al Plan Estatal, la solicitud de apoyo al Estado. La petición se dirige a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias (Ministerio del Interior) o al órgano competente de política forestal estatal, acompañada de un informe sobre la emergencia. El Plan Estatal especifica que esta solicitud es condición necesaria, por ejemplo, para la intervención de la Unidad Militar de Emergencias (UME) en situación 1.
  • 6. Coordinación con entidades locales Se coordinan los servicios municipales (policías locales, servicios técnicos, voluntariado de protección civil) a través del plan territorial y del CECOP, pudiendo activarse, si procede, centros de coordinación a nivel comarcal o local.
  • 7. Información y protección a la población En aplicación de la Ley 17/2015, se activan los protocolos de información y alerta a la ciudadanía: avisos sobre autoprotección, restricciones de accesos, posibles evacuaciones preventivas, protección de infraestructuras sensibles, con especial atención a colectivos vulnerables.

Coordinación Estado–comunidades autónomas

En situación 1, la dirección de la emergencia corresponde a la comunidad autónoma, pero el Estado colabora aportando medios propios. Cuando se incorporan medios estatales de manera relevante puede constituirse un CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrado), donde se sientan las autoridades autonómicas y estatales. La Norma Básica de Protección Civil

¿Qué competencias tienen los servicios autonómicos del 112 en la gestión de emergencias por incendios forestales según la normativa española?

Los servicios autonómicos 112 son, conforme a la normativa básica estatal y a las leyes autonómicas de protección civil, el punto único de entrada y coordinación telefónica de las emergencias, incluidas las causadas por incendios forestales. No suelen encargarse de la extinción material del incendio, sino de recibir el aviso, clasificarlo, alertar a los servicios competentes, coordinar comunicaciones y apoyar la dirección de la emergencia.

A nivel estatal, el Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, regula el acceso al servicio 112. Este real decreto:

  • Establece el 112 como número único europeo de urgencia, gratuito, para requerir la asistencia de los servicios públicos competentes en urgencias sanitarias, extinción de incendios y salvamento, seguridad ciudadana y protección civil (art. 2.1).
  • Dispone que, a través del 112, los ciudadanos acceden a los centros de recepción de llamadas, que son gestionados por las comunidades autónomas, encargadas de prestar el servicio de atención de llamadas de urgencia (art. 5.1).
  • Obliga a los operadores de telecomunicaciones a dirigir gratuitamente las llamadas al centro de recepción correspondiente y a facilitar, dentro de los límites legales, datos de identificación de línea o zona para la localización de la emergencia.

La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, configura la protección civil como un sistema multinivel en el que el Estado fija la norma básica y los planes estatales, mientras que las comunidades autónomas desarrollan su propia organización, servicios y centros de coordinación. En ese marco:

  • Se reconoce el papel de los mecanismos de coordinación e información –entre ellos los centros 112 autonómicos– para integrar y coordinar servicios y recursos de protección civil.
  • Se prevé la existencia de planes especiales ante incendios forestales y de un Plan Estatal de Protección Civil para emergencias por incendios forestales, que articularán cómo se intercambia información entre el Estado y las comunidades.

En el ámbito específico de incendios forestales, el Real Decreto 893/2013, que aprueba la Directriz básica de planificación, y la Resolución de 31 de octubre de 2014, que publica el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, mencionan expresamente a los servicios 112 autonómicos:

  • El inicio de la fase de alerta y seguimiento del Plan Estatal se produce cuando la Administración General del Estado conoce un incendio “comunicado por fuentes fidedignas (órganos competentes en materia de extinción o los servicios del 112 de las comunidades autónomas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, etc.)”.
  • Se prevé que las detecciones remotas de incendios sean confirmadas “por los servicios presentes sobre el terreno o por los centros 112 respectivos”.
  • El Plan Estatal se apoya en la información que facilitan los centros 112 para valorar la gravedad, coordinar la movilización de medios estatales extraordinarios y mantener el sistema coordinado de información y alerta.

Las leyes autonómicas de protección civil y emergencias concretan estas competencias en su territorio. Aunque cada comunidad tiene su propia regulación, se repiten varias ideas troncales:

  • El 112 se configura como un sistema de coordinación integrada de urgencias y emergencias (por ejemplo, la Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía, o la Ley 13/2010, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Comunitat Valenciana).
  • Sus funciones típicas incluyen:
    • Recepción de llamadas de emergencia y obtención de la información necesaria (tipo de incidente, localización, número de afectados, entorno forestal o urbano, etc.).
    • Clasificación y tipificación del incidente (incendio forestal, incendio urbano, accidente, etc.), aplicando protocolos operativos.
    • Identificación de los servicios esenciales competentes (bomberos forestales, servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, cuerpos de seguridad, servicios sanitarios, agentes medioambientales, etc.).
    • Activación y alerta de esos servicios esenciales, de forma coordinada y en tiempo compatible con la naturaleza de la emergencia.
    • Coordinación de comunicaciones entre los distintos intervinientes y suministro de “información de retorno” actualizada sobre la evolución del incendio a todos los servicios activados.
  • En algunas leyes, el 112 se define expresamente como instrumento básico de gestión integral de emergencias, articulando los sistemas de comunicaciones y formando parte del conjunto de servicios esenciales de intervención junto con bomberos forestales y otros recursos especializados.
  • Se prevé la información a la población y campañas de sensibilización y autoprotección, en coordinación con los órganos de protección civil autonómicos.
  • Se regulan aspectos como la atención en varias lenguas, la accesibilidad para personas con discapacidad y el registro y custodia de las comunicaciones y datos relativos a incidentes, con garantías de protección de datos.

En síntesis, los servicios autonómicos 112, según la normativa española, tienen competencias clave en la cadena de gestión de incendios forestales: son el primer eslabón de aviso y clasificación, el nodo de coordinación entre servicios de extinción, protección civil, seguridad y sanidad, y el canal de información bidireccional entre el territorio afectado y los órganos de dirección de la emergencia, tanto autonómicos como estatales. La actuación operativa directa sobre el incendio recae en los servicios forestales y de extinción, pero su activación, coordinación comunicativa y seguimiento pasan, de forma ordinaria, por el 112 autonómico.

¿Qué requisitos debe cumplir un municipio para que se levanten los confinamientos y restricciones por incendio forestal?

En España no existe una “lista cerrada” de requisitos numéricos para levantar confinamientos y restricciones por un incendio forestal, pero sí un esquema común: la decisión la toma la dirección del plan de protección civil (autonómico o estatal) cuando, a la vista de los informes técnicos de la dirección de extinción, considera que el retorno puede hacerse en condiciones de seguridad razonables y la emergencia entra en fase de desescalada.

¿Quién decide levantar confinamientos y evacuaciones?

La Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil atribuye a las autoridades de protección civil la competencia para declarar y gestionar las emergencias y, en su caso, la emergencia de interés nacional. Sobre esa base:

  • En la mayoría de incendios, la decisión corresponde al director del plan autonómico de incendios forestales o del plan especial de protección civil (INFOMA, INFOSA, Infoca, PEIFOGA, etc.), que actúa como director de la emergencia.
  • En una emergencia de interés nacional, la dirección superior pasa al Ministerio del Interior, que coordina el conjunto del dispositivo, pero sigue apoyándose en los informes técnicos de los servicios autonómicos y de la UME (como se describe en este análisis).

Criterio básico: seguridad de la población y cambio de fase

En los planes autonómicos se repite un patrón: una vez que la dirección de extinción declara el incendio estabilizado y no existen núcleos de población directamente amenazados, la dirección de la emergencia propone a la dirección del plan:

  • Desactivar la fase de emergencia (situación operativa 1 o 2) y pasar a fase de preemergencia o vigilancia (situación 0).
  • Autorizar el regreso escalonado de las personas evacuadas o confinadas.

Esto se ve con claridad en Andalucía: en el incendio de El Cerro del Andévalo, el consejero y director del Plan Infoca desactivó la fase de emergencia cuando la dirección de extinción dio por estabilizado el fuego y propuso “la desescalada y el regreso seguro y escalonado” de los desalojados (nota oficial). De forma similar, en los incendios de Córdoba y Pinos del Valle se levantó tanto el alejamiento preventivo como el confinamiento al pasar a incendio estabilizado y fase de preemergencia (otro caso).

Qué condiciones suelen valorarse

A partir de las notas de las comunidades y simulacros de Galicia y Andalucía, los criterios prácticos que se tienen en cuenta son:

  • Situación del incendio: que esté como mínimo estabilizado, es decir, que ya no presente frentes con avance libre y evolucione dentro de líneas de control. En Galicia o Andalucía se explicita que el descenso de fase se produce “una vez que la dirección de extinción ha dado por estabilizado el incendio”.
  • Ausencia de núcleos amenazados: los planes especiales (como el PEIFOGA en Galicia) prevén que la emergencia pase de situación 2 a inferiores cuando “ya no existan núcleos de población amenazados” y el incendio quede controlado o estabilizado, tal y como se ensaya en los simulacros de Fisterra y Rianxo (Fisterra, Rianxo).
  • Condiciones del perímetro y puntos calientes: antes de permitir el retorno, los operativos consolidan líneas de control, ensanchan fajas y liquidan puntos calientes dentro del perímetro, para reducir el riesgo de reproducciones que puedan volver a alcanzar zonas habitadas.
  • Seguridad de accesos y servicios básicos: se comprueba el estado de carreteras, líneas eléctricas, agua, comunicaciones y otros servicios. El regreso suele ser progresivo y, en ocasiones, con acceso controlado y restricciones de tráfico mientras duren los trabajos sobre el terreno.
  • Condiciones meteorológicas previstas: viento, temperatura y humedad condicionan la decisión; si se espera una nueva empeorada, se tiende a mantener evacuaciones o confinamientos más tiempo por prudencia.

Relación con las fases y niveles de los planes

Los planes estatales (PLEGEM, Plan Estatal de Incendios Forestales) y autonómicos usan fases y situaciones operativas (0, 1, 2 y, en algunos casos, 3). En la práctica:

  • Los confinamientos y evacuaciones masivos se asocian a situaciones 1 y 2 (amenaza relevante a bienes no forestales y a la población).
  • El levantamiento se adopta cuando se puede bajar de situación 2 a 1, o directamente a 0 y fase de preemergencia, manteniendo solo un dispositivo de vigilancia y remate.
  • En emergencias de interés nacional, el Ministerio del Interior articula lo mismo a escala estatal, pero la lógica técnica es la misma que en los planes autonómicos, como se recoge en sus notas de prensa sobre incendios (ejemplo estatal).

En resumen, un municipio puede salir del confinamiento o de otras restricciones cuando la evaluación conjunta de la dirección de extinción y de la autoridad de protección civil concluye que el incendio ya no supone un peligro inmediato para la población de ese ámbito, que el perímetro y los accesos se consideran razonablemente seguros y que la emergencia puede pasar de fase con un retorno progresivo y vigilado.

Jouer

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