Hacienda ultima nuevos ajustes en el IVA del comercio electrónico para enviar al Congreso

El Ministerio que dirige Arcadi España prepara la trasposición de la Directiva 2025/516, que afectan a las posibilidades de ventanilla única de los operadores y el régimen exterior para operadores radicados fuera de la Unión Europea

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El ministro de Hacienda, Arcadi España (c), comparece ante la Comisión de Hacienda y Función Pública, en el Congreso de los Diputados, a 4 de junio de 2026, en Madrid | Carlos Luján / Europa Press

El ministro de Hacienda, Arcadi España (c), comparece ante la Comisión de Hacienda y Función Pública, en el Congreso de los Diputados, a 4 de junio de 2026, en Madrid | Carlos Luján / Europa Press

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El Ministerio de Hacienda ultima el envío al Congreso de un nuevo proyecto de ley con ajustes en el IVA que soportan operadores económicos en el comercio electrónico. Particularmente, en lo referido a las posibilidades de ventanilla única y regímenes especiales de tributación de este impuesto.

Se trata de la trasposición parcial de la Directiva 2025/516, la última actualización de la Directiva ViDA, que regula la aplicación del impuesto sobre el consumo en el ámbito digital y trata de simplificar las obligaciones de empresas y profesionales que operan en diferentes Estados miembros a través de un sistema más generalizado de ventanillas únicas para la gestión y recaudación del IVA.

Según informaron a Demócrata fuentes gubernamentales, el anteproyecto de ley fue examinado el pasado jueves por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (CGSEYS) y está lista para su aprobación en segunda vuelta por el Consejo de Ministros.

En principio, la trasposición afectará a las obligaciones con una entrada en vigor más inmediata, a partir del próximo enero de 2027, que son aquellas referidas al régimen de ventanilla única, dejando para más adelante aquellas referidas a la factura electrónica o al régimen de proveedor asimilado.

Esa al menos era la intención expresada por el Ministerio de Hacienda, cuando sometió a finales del año pasado a audiencia pública un primer borrador de la propuesta.

¿Qué cambios introduce?

El proyecto clarifica aspectos como, por ejemplo, la cuantificación del umbral reducido que habilita a los operadores tributar en origen sus ventas a distancia intracomunitarias. Y es que la Directiva permitió a empresarios o profesionales establecidos en un único Estado miembro seguir tributando en el país de origen cuando sus ventas por vía electrónica no superaran los 10.000 euros.

La norma clarifica que, para calcular este umbral, sólo se tendrán en cuenta aquellas ventas desde el Estado miembro en el que esté establecido, sin incluir aquellas ventas desde otros Estados miembros.

Además, se precisa que la posibilidad de tributar en el país de destino únicamente podrá ejercerse en el Estado miembro en el que el sujeto pasivo esté establecido.

Respecto al régimen exterior, la norma trata de consagrar que todos los servicios que preste un empresario o profesional no establecido en la UE a consumidores del país en el que esté establecido puedan aplicarse al régimen exterior.

Este tipo de operaciones acogidas al régimen exterior se excluyen del régimen especial de caja y no permiten deducciones del IVA soportado en Estados miembros de consumo.

En todo caso, el proyecto habilita a estos operaciones solicitar la devolución de cuotas soportadas en Estados miembros de consumo mediante procedimientos generales de devolución, pudiéndose acoger a este sistema aunque no exista un acuerdo recíproco con el país en el que está establecido.

Otra de las obligaciones que previsiblemente contendrá el nuevo proyecto será la de contar con un representante fiscal ante la Administración tributaria para todas estas empresas acogidas al régimen exterior y de importación.

Se trata de una habilitación contemplada en la directiva que Hacienda se inclina por integrar puesto que, al no existir excepción, se aplica el régimen general de devoluciones a no establecidos en Comunidad Económica.