Dos años de cárcel para un abuelo por besar en la boca a su nieta de 14 años en Sevilla

La Audiencia de Sevilla condena a un abuelo a dos años de prisión por besar en la boca a su nieta de 14 años, considerado agresión sexual a menor.

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Audiencia Provincial de Sevilla. Imagen de archivo. EUROPA PRESS

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Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 53 -5 1.735.819 41.60%
PSOE-A 28 -2 947.713 22.71%
VOX 15 +1 576.635 13.82%
ADELANTE ANDALUCÍA 8 +6 401.732 9.62%
PorA 5 = 263.615 6.31%
SALF 0 = 105.761 2.53%
PACMA 0 = 25.056 0.60%
100x100 0 = 14.753 0.35%
ANDALUCISTAS-PA 0 = 12.319 0.29%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 9.281 0.22%
JM+ 0 = 7.961 0.19%
PCPA 0 = 5.849 0.14%
FE de las JONS 0 = 4.962 0.11%
MUNDO+JUSTO 0 = 4.696 0.11%
PARTIDO AUTÓNOMOS 0 = 3.693 0.08%
NA 0 = 3.012 0.07%
HE> 0 = 2.134 0.05%
PCTE 0 = 1.777 0.04%
PODER ANDALUZ 0 = 1.076 0.02%
29 0 = 741 0.01%
ALM 0 = 646 0.01%
ANDALUSÍ 0 = 532 0.01%
IZAR 0 = 502 0.01%
JUFUDI 0 = 396 0.01%
IPAL 0 = 360 0.01%
CONECTA 0 = 329 0.01%
SOCIEDAD UNIDA 0 = 237 0.01%

Escaños (109)

Mayoría: 55
PP 53 escaños
PSOE-A 28 escaños
VOX 15 escaños
ADELANTE ANDALUCÍA 8 escaños
PorA 5 escaños

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto una pena de dos años de prisión a un hombre de 66 años por besar en la boca, de forma forzada, a su nieta de 14 años, a la que agarró de la cara mientras hablaban sobre sus notas escolares y aprovechando que se encontraban solos en la vivienda.

Según recoge el apartado de hechos probados de la sentencia, consultada por Europa Press, la madre de la menor, la niña y el abuelo convivían en el domicilio de este último desde finales de julio de 2025.

En la tarde de Año Nuevo, el 1 de enero de 2025, y mientras la madre se ausentaba del domicilio para realizar tareas domésticas, el hombre “se quedó en el domicilio con su nieta, de catorce años de edad”.

La menor estaba sentada en el sofá cuando comenzó una conversación con su abuelo sobre sus calificaciones. En ese contexto, prosigue el fallo, “en un momento dado de la conversación, Juan le pidió a la niña que le diera un beso”. La adolescente aceptó porque pensó que su abuelo le estaba pidiendo un beso en la mejilla.

Cuando la niña se acercó para darle el beso, el acusado “agarró la cara de la misma y le dio un beso en los labios”. La menor reaccionó empujándole y se marchó a su habitación. Poco después, Juan acudió a su cuarto para pedirle perdón y, al mismo tiempo, “se justificaba diciéndole que era muy guapa”.

Cuando la madre regresó a casa tras finalizar sus quehaceres, la menor no le contó de inmediato lo sucedido. Más tarde, ya en la cama, la mujer recibió un mensaje de su hija relatando lo ocurrido.

“No sé cómo decirte esto a la cara... Antes, cuando tú no estabas y yo estaba sola con el abuelo, hemos hablado de las notas y me ha dicho que si le daba un beso. Yo le he dicho que sí, porque pensaba que era en la mejilla, pero él me ha apretado la cara y me ha dado un beso en la boca. Después, le he empujado para que se quitase y he ido a mi cuarto. Ha llamado a mi puerta y me ha pedido que le perdonase, pero yo le he dicho que no y él me ha dicho que me duchara. Te he esperado para ducharme”, explicaba la menor en su mensaje.

Al leer el texto, la madre, “muy exaltada y nerviosa, se levantó a la cama, fue a la de la menor y le dijo que durmiese esa noche con ella”. La progenitora evitó enfrentarse entonces a su padre, aunque sí informó de lo ocurrido a una de sus hermanas.

A la mañana siguiente, la mujer trasladó a la niña a la que había sido su vivienda anterior, donde coincidieron con el padre de la menor y sus hermanas. Tras poner en común lo sucedido y valorar la situación, decidieron presentar denuncia. Una patrulla policial acudió al domicilio familiar y se desplazó después a la casa del abuelo, donde se practicó la detención. “Darle un beso en la boca a mi nieta no es una agresión sexual”, manifestó el hombre durante su arresto.

El informe médico incorporado a la causa indica que el historial clínico de Juan revela que “en el momento en el que ocurrieron los hechos contaba con 66 años, si bien se inició en el consumo de cocaína a los 23 o 24. Pasó periodos de consumo muy excesivo y de carácter diario. El consumo de alcohol iba de la mano del consumo de cocaína y llegó a tener periodos de consumo abusivo”. Esta situación “merma considerablemente su capacidad cognitiva, hasta el punto de que, a la hora de llevar a cabo los hechos narrados, pensaba que darle un beso en los labios a su nieta menor de edad era una mera muestra de cariño”.

Durante el juicio, el acusado sostuvo que “el beso se lo dio en la mejilla” y negó que “agarrara la cara de su nieta para obligarle a besar sus labios”, si bien admitió que fue a pedirle perdón “porque la quiere, no por darle un beso en los labios” y dijo no recordar “haberle dicho a los policías que lo detuvieron que besar a su nieta en los labios no era delito”, aunque creía que “no lo había dicho”.

La menor declaró que accedió sin reparos a besar a su abuelo porque “pensaba que se refería a un beso en la mejilla, pero cuando se acercó a él le cogió por los hombros y por la cabeza y le obligó a besarle los labios”. Añadió que “su madre se puso muy nerviosa y le comunicó lo sucedido a sus tías” y que “el beso fue apretado y duró unos segundos”.

La madre, por su parte, manifestó que “había marchado a poner una secadora a la casa de su madre” y que “dejó a su hija sola durante una media hora”, que daba total credibilidad al testimonio de la niña y que, tras conocer los hechos, ella y su hermana se encararon con su padre “diciéndole de todo, mientras él permanecía callado”. También declaró que escuchó al acusado decir a los agentes que besar a su nieta “no era un delito”, extremo que uno de los policías presentes corroboró en la vista oral.

El médico forense que intervino en el procedimiento afirmó que “no percibió que la menor en su exploración estuviese siendo manipulada” y que su versión resultaba “creíble”. Hasta ese momento, la relación entre abuelo y nieta era normal y no existían antecedentes de comportamientos semejantes.

El tribunal ha dado plena validez a estas pruebas y ha señalado que la única versión que se opone al relato principal es la del propio procesado, “que niega cualquier participación en los hechos y, si bien reconoce que le dio un beso en la mejilla a su nieta, niega el contacto labio con labio, menos aún forzado”.

La Sala considera que la declaración de la menor “describe los hechos de forma clara y contundente” y que, junto con el resto de testificales, “tienen suficiente carga probatoria para destruir la presunción de inocencia” y “sirven para acreditar los hechos imputados por el Ministerio Fiscal”. Además, tiene en cuenta que el acusado haya admitido que dijo a su nieta que era muy guapa y que le pidió perdón, aunque no recuerde haber afirmado ante los agentes que besar a su nieta era delito, lo que “revela la existencia de contradicciones en su narración”.

En consecuencia, el tribunal califica los hechos como delito de agresión sexual a menor de dieciséis años, apreciando una circunstancia atenuante de error de prohibición vencible, al entender que “debido al consumo prolongado de estupefacientes y alcohol, en el día de los hechos el acusado tenía tal deterioro psicosomático que no le resultaba posible discernir si lo que estaba realizando era antijurídico, como efectivamente lo es, o si se trataba de una simple muestra de cariño”. Por todo ello, se le condena a dos años de prisión y a la prohibición de acercarse a su nieta o comunicarse con ella durante cuatro años.