El Tribunal Supremo ha acordado abrir una causa penal contra el diputado de Sumar en Comú Podem en el Congreso, Félix Alonso Cantorné, por un supuesto delito de prevaricación administrativa relacionado con su etapa como alcalde de Altafulla (Tarragona).
De acuerdo con un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal adopta esta decisión por la presunta adjudicación directa de contratos a dos compañías durante el periodo en el que ejerció como primer edil, entre 2011 y 2019.
El alto tribunal, que nombra como instructor al magistrado Vicente Magro, fundamenta su resolución en el criterio del Ministerio Fiscal, favorable a admitir y tramitar la causa, así como en la exposición razonada remitida por un juzgado de la localidad tarraconense de El Vendrell.
El escrito detalla que las pesquisas se centran en la contratación realizada por el Ayuntamiento presidido entonces por Cantorné —actualmente aforado por su condición de diputado— con diversas empresas, sin ajustarse, presuntamente, a la normativa de contratación pública.
Contratos menores y adjudicación directa
Según exponen los magistrados, a partir de la información recopilada, Cantorné, “presumiblemente, para dar apariencia de legalidad y sabiendo que no lo era, acudió a una dinámica de contratación a través de la figura del contrato menor, con lo que eludía los requisitos de publicidad”.
El auto añade que dicho sistema “permitía la adjudicación directa y posibilitaba una elección arbitraria del adjudicatario, en lugar de acudir al procedimiento correspondiente, en ocasiones, incluso, sin acudir a procedimiento alguno, con lo que, en principio, podemos considerar que hay indicios que apuntan a los elementos de un presumible delito de prevaricación administrativa”.
La Sala puntualiza que no se limita, por ahora, el objeto de la instrucción a ese único delito, ya que “esa irregular manera de contratar ha ido acompañada de una dinámica de facturación para hacer pago de los servicios, que no cabría descartar que pudiera apuntar a algún tipo de irregularidad, si así resultase del ritmo de la investigación”.
Por este motivo, el Supremo ordena la apertura de diligencias de investigación “con la finalidad de confirmar, en su caso, ampliar la existencia de los indicios que se han venido indicando, como de descartarlos, si ese fuere el resultado de la investigación”.