El Supremo recorta el tiempo de Hacienda para exigir deudas a administradores de empresas en concurso

El Supremo reduce el plazo de Hacienda para derivar responsabilidad a administradores en concursos, reforzando la seguridad jurídica y los límites temporales.

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Edificio del Tribunal Supremo. Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

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El Tribunal Supremo ha acotado el periodo del que dispone la Agencia Tributaria para reclamar deudas a los administradores de sociedades inmersas en concurso de acreedores, según ha comunicado el despacho valenciano Varona Legal & Numbers, que actúa en este procedimiento.

La sentencia del Alto Tribunal, fechada el pasado 30 de abril de 2026, cuestiona el criterio que venía aplicando la Administración tributaria sobre el momento en que empieza a contar el plazo de prescripción para derivar la responsabilidad subsidiaria, lo que implica una reducción sustancial del tiempo del que disponía Hacienda para dirigirse contra empresarios y administradores sociales.

El fallo establece ahora un parámetro especialmente relevante para los concursos de acreedores, al determinar que el cómputo del plazo no puede quedar supeditado de forma indefinida a la conclusión formal del concurso cuando ya constaban actuaciones previas que ponían de manifiesto la falta de patrimonio suficiente de la sociedad deudora.

Desde la firma han subrayado que esta interpretación “refuerza los principios de seguridad jurídica y de limitación temporal de la potestad administrativa”, al impedir que determinados expedientes de derivación se prolonguen durante largos periodos, generando una situación de incertidumbre continua para empresarios, administradores y sus entornos familiares.

Igualmente, han incidido en que se trata de una resolución “absolutamente innovadora”, al ser la primera ocasión en la que el Tribunal Supremo se pronuncia en esta línea, fijando un criterio especialmente beneficioso para empresarios y administradores afectados por procedimientos concursales.

Además, han señalado que el pronunciamiento tendrá una incidencia destacada en los futuros expedientes de derivación de responsabilidad tributaria.

Para Varona Legal & Numbers, el criterio sentado por el Supremo lanza también un mensaje inequívoco sobre la obligación de respetar de manera estricta los plazos legales y las garantías procedimentales en la fase recaudatoria de la Administración. “El Tribunal Supremo recuerda que la potestad de derivar responsabilidad no puede convertirse en un mecanismo sin límites temporales. La Administración también está sometida a reglas y plazos”, han concluido desde el despacho valenciano.