El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente el fallo de la Audiencia Provincial de Cádiz que impone a un joven una pena superior a cuatro años de prisión por delitos de maltrato, amenazas y lesiones ejercidos sobre su pareja, que era menor de edad en el momento de los hechos.
Los episodios juzgados tuvieron lugar en la zona del Campo de Gibraltar. La relación sentimental se inició cuando él estaba a pocos días de cumplir 17 años y ella contaba con 14, aunque la resolución judicial solo tiene en cuenta los hechos ocurridos desde que el acusado alcanzó la mayoría de edad.
De acuerdo con la sentencia, recogida por Europa Press, la relación se prolongó entre junio de 2018 y febrero de 2020 y “desde poco tiempo después de iniciada la relación”, el joven, “por los celos que sentía de que pudiera relacionarse con otros varones, con ánimo de constreñir su libertad y limitar sus relaciones sociales sometió progresivamente a férreo control” a la víctima, hasta el punto de que, tras el verano de 2018, llegó a trasladarse al mismo instituto que ella.
El tribunal detalla que, ya con 18 años el acusado y 15 la menor, él la acompañaba y recogía del centro educativo “para controlarla o la obligaba a mirar al suelo para que no mirara a otros hombres y si levantaba la mirada la insultaba y en ocasiones le golpeaba”. A partir de septiembre de 2019 se sucedieron distintos episodios de violencia, algunos con resultado de lesiones, y entre diciembre de 2019 y febrero de 2020 la víctima recibió mensajes amenazantes en los que el joven la intimidaba con propinarle palizas e incluso con matarla.
En consecuencia, la Audiencia Provincial lo condenó a cuatro años y cuatro meses de prisión por un delito de maltrato habitual, otro de amenazas graves continuadas y un delito de lesiones, y lo absolvió del delito de violación al no considerarse acreditado. Tanto el Ministerio Fiscal, que recurrió la absolución por agresión sexual, como la defensa del acusado, que cuestionó la validez como prueba de los mensajes de WhatsApp aportados por la víctima, presentaron recursos que han sido rechazados por el TSJA, quedando firme la condena.