El TSJA ordena repetir un juicio por estafa a un desguace tras ignorarse una pericial caligráfica clave

El TSJA anula una absolución y ordena repetir un juicio por estafa y falsedad documental al no valorarse una pericial caligráfica clave.

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Sede del TSJA. EUROPA PRESS/ARCHIVO

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido que se repita un juicio por presunta estafa y falsedad documental contra el representante de una sociedad mercantil que reclamó por la vía judicial una supuesta deuda a una empresa de grúas y desguaces de Almería. La reclamación se sustentaba en un presupuesto de 2016 que habría sido firmado por una de las responsables de dicha empresa, quien sostiene que esa firma no es auténtica.

La Sala de Apelación del TSJA estima íntegramente el recurso formulado por la empresa de grúas y desguaces al detectar un error en la valoración de la prueba por parte de la Audiencia de Almería. En concreto, reprocha que no se haya tomado en consideración un informe de pericia caligráfica que apuntaría a la falsificación de la firma estampada en el documento de aceptación del presupuesto, origen de la deuda discutida.

Según recuerda el TSJA, la resolución de la Audiencia que absolvió al acusado de la falsedad documental descartaba que existiera en la causa prueba que respaldara la versión de la representante de la empresa “más que sus propias manifestaciones, pues ni siquiera la prueba pericial arroja luz sobre los hechos”.

Sin embargo, el alto tribunal andaluz subraya que el dictamen emitido por el perito calígrafo sí ofrece elementos concretos sobre la firma del presupuesto. El informe concluye que, aunque la rúbrica corresponde a la misma persona —la representante de la empresa—, esta habría sido incorporada al documento utilizado para reclamar la deuda “por escaneado y trasposición de imágenes”.

Frente a esta tesis, el acusado declaró en el juicio que tanto la oferta como la aceptación del presupuesto se suscribieron el 15 de febrero de 2016 y que la representante del desguace “firmó la aceptación delante de él”. “El informe pericial caligráfico viene a contradecir de forma evidente dicha afirmación”, replica el TSJA, que destaca que el perito concluye que la mujer no estampó su firma “de puño y letra”.

Además, el tribunal aprecia un error en la interpretación de la prueba relativa al procedimiento civil que el acusado inició para reclamar la supuesta deuda. En esa vista, la empresa de desguaces cuestionó la autenticidad del documento de aceptación del presupuesto, impugnación que finalmente no fue tenida en cuenta en la resolución de aquel proceso.

“La actuación de la querellante ha sido coherente en todo momento y no ha sido correctamente valorada por la Audiencia”, sostiene el TSJA, que deja sin efecto la sentencia absolutoria y ordena la repetición del juicio. El nuevo enjuiciamiento deberá celebrarse ante un tribunal compuesto por magistrados distintos a los que dictaron la resolución anulada, a fin de que se dicte una nueva sentencia.