El Gobierno refuerza la protección infantil y amplía la escucha obligatoria de menores en procesos judiciales

La reforma elimina límites de edad para la escucha de menores, refuerza su protección judicial y prohíbe el uso de teorías sin base científica en procesos legales

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Juez, jugado, mazo EUROPA PRESS

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El Ejecutivo prepara una reforma de la ley de protección de la infancia que refuerza de forma significativa el papel de los menores en los procedimientos judiciales y administrativos, amplía sus derechos de escucha y crea un turno de oficio específico para casos de violencia contra la infancia.

La norma, a la que ha tenido acceso EL PAÍS y que irá al Consejo de Ministros, establece que los niños deberán ser escuchados en cualquier procedimiento que les afecte, sin que la edad sea un límite determinante, eliminando el criterio actual de los 12 años como referencia general.

Un nuevo sistema de protección y asistencia jurídica

La reforma impulsa la creación de un turno de oficio especializado en violencia contra menores, con formación específica en derechos de la infancia, violencia y comunicación adaptada.

Además, se habilita a la Dirección General de Derechos de la Infancia y la Adolescencia a personarse en procedimientos judiciales cuando existan indicios de desprotección grave o violencia.

Escucha obligatoria y nuevas garantías en los procesos judiciales

El texto busca reducir el impacto de los procesos judiciales en los menores, evitando su presencia en salas de vistas y reforzando el uso de medios como salas Gesell o Barnahus.

También se establece la obligación de actuar de forma inmediata cuando haya indicios de violencia, incluso si el menor no la verbaliza, imponiendo la búsqueda activa de pruebas y medidas de protección.

Prohibición expresa del “síndrome de alienación parental”

Uno de los cambios más relevantes es la prohibición explícita del uso del llamado síndrome de alienación parental en cualquier procedimiento judicial o administrativo, así como en informes públicos o privados.

La norma deja claro que este tipo de planteamientos sin base científica no podrán ser utilizados bajo ninguna circunstancia y que las resoluciones que los incluyan podrán ser impugnadas.

Cambios en custodia, formación y acceso a profesiones

La reforma también introduce criterios más estrictos en materia de custodia, estableciendo que no podrá acordarse custodia compartida si hay indicios de impacto negativo en el menor, y obliga a investigar el rechazo de los hijos hacia alguno de los progenitores.

En paralelo, se amplían los requisitos para trabajar con menores, incluyendo cualquier delito relacionado con la infancia, y se refuerza la formación obligatoria de profesionales en este ámbito.