La Audiencia de Murcia impone 16 años de cárcel a dos hombres por agresión sexual a una menor y absuelve a un tercero

La Audiencia de Murcia condena a dos hombres a 16 años de prisión por agredir sexualmente a una menor y absuelve a un tercer acusado por falta de pruebas.

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha dictado una pena de 16 años de prisión para dos varones al considerarlos responsables de delitos de agresión sexual contra una menor de edad, mientras que ha decidido absolver a un tercer encausado al no quedar demostrada su participación en los hechos.

Según declara probado el tribunal, la menor inició de forma voluntaria un encuentro sexual con uno de los procesados, pero retiró su consentimiento al comenzar a sentirse incómoda. A pesar de que la víctima expresó claramente que quería poner fin a la relación sexual, los dos condenados continuaron y la sometieron de manera conjunta recurriendo a la fuerza física.

La Sala basa la condena principalmente en la declaración de la joven, a la que concede total fiabilidad por su firmeza y coherencia a lo largo del procedimiento, de acuerdo con la información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU).

Además, los jueces subrayan como “prueba de cargo relevante” los informes periciales biológicos, ya que los análisis de ADN ratificaron la existencia de restos genéticos de ambos condenados en el cuerpo de la víctima.

En cuanto al tercer acusado, la resolución judicial acuerda su absolución al no hallarse elementos probatorios suficientes que acrediten su intervención directa ni su presencia consciente durante la agresión sexual.

Las penas fijadas para cada uno de los dos condenados alcanzan los 16 años de prisión en total, al imponerse ocho años por cada uno de los delitos y aplicarse la atenuante de dilaciones indebidas por la duración del proceso.

La sentencia también contempla la imposición de cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de cárcel, la prohibición de acercarse o mantener cualquier tipo de contacto con la víctima durante 21 años y el abono de una indemnización conjunta de 35.000 euros en concepto de daños morales.

Contra este fallo cabe presentar recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, que será el órgano encargado de revisar la resolución si alguna de las partes decide impugnarla.