La Fiscalía del Supremo cierra la denuncia contra Ayuso por cohecho en su viaje a México al no ver indicios delictivos

La Fiscalía del Supremo archiva la denuncia por cohecho contra Ayuso por su viaje a México al no hallar indicios objetivos de dádivas ni pagos irregulares.

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha decidido archivar la denuncia presentada contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por un presunto delito de cohecho vinculado a la financiación del viaje institucional que realizó a México el pasado mes de mayo, al concluir que no hay indicios objetivos de que recibiera y aceptara una dádiva o regalo por razón de su cargo.

Así se recoge en un decreto al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se acuerda el cierre de las diligencias de investigación al considerar que la denuncia se apoya básicamente en informaciones de prensa, diferencias entre los gastos hechos públicos y sospechas sobre quién habría asumido determinados costes del desplazamiento.

“Los hechos relatados no presentan, en el estado en que han sido denunciados, caracteres de delito. La denuncia no aporta indicios objetivos de que la presidenta de la Comunidad de Madrid recibiera y aceptara una dádiva o regalo en consideración a su cargo”, afirma la resolución.

La fiscal incide además en que “la ausencia de determinados gastos en un portal público y la falta de explicación pública sobre su financiación no permiten inferir, por sí solas, la existencia de un pago por tercero con relevancia penal”.

El decreto precisa que no consta la existencia de una dádiva, ni la identidad de un eventual oferente, ni la aceptación consciente de una ventaja por parte de la denunciada, ni tampoco un vínculo entre una hipotética prestación y el ejercicio de sus funciones públicas.

En esta línea, la representante del Ministerio Público destaca que la denuncia no incorpora una factura sufragada por un tercero, una reserva a nombre de Ayuso abonada por otra persona, una comunicación dirigida a ella, un medio de pago ajeno, una manifestación de aceptación o un testimonio directo sobre el supuesto ofrecimiento.

Una denuncia por cohecho y las diligencias solicitadas

La denuncia fue registrada el 21 de agosto de 2026 por Francisco Javier Flores Vaquerizo y atribuía a la presidenta madrileña un posible delito de cohecho del artículo 422 del Código Penal por los gastos del viaje a México efectuado entre los días 2 y 11 de mayo.

El denunciante alegaba que la información publicada en el Portal de Transparencia solo recogía dos gastos, por un total de 623,28 euros, mientras que otros miembros de la delegación habrían declarado importes muy superiores por conceptos como transporte, alojamiento o manutención.

A partir de esas discrepancias y de diversas informaciones periodísticas y manifestaciones públicas, planteaba la posibilidad de que parte de los gastos de Ayuso hubieran sido asumidos por un tercero no identificado, potencialmente vinculado a los organizadores de los Premios Platino u otras entidades relacionadas con el viaje institucional.

Para aclarar estas sospechas, reclamaba la práctica de 23 bloques de actuaciones, entre ellos la solicitud de expedientes administrativos, facturas, reservas de vuelos y hoteles, documentación económica y tributaria, datos sobre medios de pago, comunicaciones y correos electrónicos, declaraciones testificales y papeles relativos a convenios y patrocinios.

No obstante, la Fiscalía entiende que esas diligencias se dirigían a averiguar si había existido una prestación susceptible de integrar un delito, quién la habría costeado y si la presidenta conocía y había aceptado esa eventual ventaja, en vez de partir de un hecho delictivo mínimamente respaldado por indicios objetivos.

El decreto subraya que la investigación penal no puede transformarse en una pesquisa general para tratar de descubrir si detrás de una carencia de información pública o de una posible irregularidad administrativa se esconde algún ilícito penal.

Según la fiscal, la amplitud de las actuaciones solicitadas resultaba desmedida, al extenderse también a datos bancarios, tributarios y económicos de terceros y a relaciones correspondientes a otros ejercicios, lo que refuerza la decisión de no continuar con las diligencias.