La familia Morillo, perjudicada por la muerte de Mario Jara Morillo en el accidente ferroviario de Adamuz del domingo 18 de enero, en el que fallecieron otras 45 personas, ha presentado ante el Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba) un recurso de reforma contra la providencia que obliga a las acusaciones particulares a actuar bajo una única defensa letrada, defendiendo así “la libre elección de abogado frente a la unificación impuesta”.
El recurso, formulado por la procuradora Maria José Carralero Medina y dirigido por el abogado penalista y Doctor en Derecho Luis Romero Santos, se dirige contra la resolución de 22 de abril de 2026 que ordena a las víctimas personadas como acusación particular compartir un solo letrado, bajo apercibimiento de designación de oficio.
Desde la defensa han señalado que se produce “vulneración de derechos fundamentales”, puesto que “la medida judicial vulnera el artículo 24 de la Constitución Española, en su vertiente de tutela judicial efectiva y derecho de defensa, al restringir la facultad de las víctimas de elegir libremente a su abogado”.
En la misma línea, subrayan que “la imposición de una dirección letrada única supone una restricción directa de este derecho fundamental, al obligar a las perjudicadas a someter su estrategia procesal a un letrado no elegido por ellas”.
El escrito cita igualmente el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que reconoce el derecho a la libre designación de letrado, “proyectable también sobre las acusaciones particulares como titulares de la acción penal y civil”.
Del mismo modo, cuestionan “la interpretación extensiva del artículo 113 de la LECrim, que permite unificar representaciones cuando lo exija la buena marcha del procedimiento”, y sostienen que “la resolución judicial no acredita la existencia de perturbación real del proceso, ni la imposibilidad de adoptar medidas menos restrictivas, convirtiendo una facultad excepcional en una regla general”.
“FALTA DE MOTIVACIÓN Y DESPROPORCIONALIDAD”
Entre los motivos del recurso, destacan que “entre los argumentos centrales figura la carencia de motivación suficiente, en contravención del artículo 120.3 de la Constitución, ya que la providencia se limita a invocar genéricamente la economía procesal sin concretar qué perjuicios procesales se están produciendo”.
En consecuencia, consideran que “la medida es desproporcionada al no superar el juicio de proporcionalidad: existen alternativas menos restrictivas, puede generar conflictos de interés entre perjudicadas y el sacrificio del derecho de defensa es superior al beneficio organizativo”.
Por todo ello, el recurso pide que “se deje sin efecto el requerimiento de unificación obligatoria, con expresa declaración del derecho de las representadas a mantener los profesionales libremente designados”.