Un total de 136 solicitudes de indemnización presentadas por víctimas y familiares de fallecidos en el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba) han recibido ya el visto bueno desde que el pasado 3 de febrero el Gobierno central abriera el plazo para pedir estas ayudas, concebidas como un apoyo económico inmediato y no reembolsable para los afectados.
De esas 136 peticiones, 18 ya se han abonado efectivamente y otras 118 cuentan con una aprobación provisional —72 dirigidas a familiares de fallecidos y 46 a personas heridas—, a la espera de que concluya el periodo de diez días concedido a los solicitantes para formular alegaciones, según los datos oficiales consultados por Europa Press. Una vez finalice ese plazo, se dictará la resolución definitiva y se procederá al pago correspondiente.
El 3 de febrero el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible abrió el plazo de solicitud de estas ayudas destinadas a las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), en el marco de lo previsto en el Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, aprobado por el Consejo de Ministros, con el objetivo de respaldar económicamente a los afectados, reducir la incertidumbre económica derivada de los accidentes y facilitar una tramitación ágil y accesible.
Los posibles beneficiarios incluyen a las personas que viajaban en los trenes siniestrados y al personal ferroviario que se encontraba a bordo (maquinistas, personal de a bordo o en formación) y que sufrieron lesiones, así como a los familiares de las personas fallecidas, siguiendo el orden y los criterios fijados en la normativa aplicable. El sistema contempla una ayuda directa y no reembolsable en los casos de lesiones y fallecimiento, además de un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
Estas ayudas son compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros, con las futuras indemnizaciones por responsabilidad civil y con otras ayudas o seguros públicos o privados que pudieran corresponder. El trámite para presentar la solitud se estableció inicialmente hasta el 4 de mayo, si bien posteriormente el Ministerio de Transportes amplió un mes más para dos supuestos: personas que resultaran heridas como consecuencia de los accidentes ferroviarios; personas que reúnan la condición de víctimas indirectas de las personas fallecidas en los accidentes ferroviarios siempre y cuando para la misma persona fallecida no se hubiera presentado en plazo alguna solicitud por parte de otro beneficiario.
De este modo, los potenciales beneficiarios que se ajusten a las condiciones fijadas en la resolución de ampliación podrán registrar sus peticiones hasta el 4 de junio de 2026. Quienes ya hayan cursado su solicitud no tienen que realizar ningún trámite adicional. La gestión de los expedientes puede seguir efectuándose tanto de forma presencial como a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, donde se encuentra disponible toda la información sobre las ayudas, una guía explicativa, los formularios necesarios para la solicitud y un documento de preguntas frecuentes.