El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado este martes la reforma del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), que supedita el acceso de los países en desarrollo a las ventajas arancelarias de la Unión Europea a su colaboración en el control de los flujos migratorios y en la readmisión de migrantes deportados. Este régimen comercial permite a Estados vulnerables vender sus productos en el mercado comunitario con aranceles muy reducidos o nulos.
La actualización del SPG fue cerrada políticamente el pasado mes de diciembre entre los representantes de la Eurocámara y del Consejo, que reúne a los gobiernos de los Veintisiete, pero quedaba por superar el voto del Parlamento y la posterior adopción formal por parte de los Estados miembros para que pueda empezar a aplicarse durante un periodo de diez años.
En virtud del nuevo esquema, la Unión Europea podrá retirar las preferencias arancelarias a un país concreto “si no coopera con la Unión Europea en la readmisión de sus nacionales”; será la Comisión Europea la encargada de “supervisar” el respeto de estas nuevas obligaciones y de decidir, en su caso, la puesta en marcha de medidas de represalia.
Durante las negociaciones, los eurodiputados consiguieron introducir “criterios más estrictos” para activar esta condicionalidad. Entre otros elementos, se establece la obligación de abrir un procedimiento de evaluación vinculante con el país afectado “de al menos doce meses” antes de adoptar cualquier decisión que implique la retirada de beneficios.
Asimismo, la reforma prevé un periodo de transición de dos años desde su entrada en vigor antes de que la “condicionalidad de readmisión” pueda aplicarse a los países catalogados como menos desarrollados, con el fin de darles margen para adaptarse a las nuevas exigencias.
El nuevo reglamento incorpora también varios instrumentos internacionales de Derechos Humanos y medioambientales a la lista de tratados que los países deben ratificar y aplicar para seguir disfrutando de las preferencias comerciales. Entre ellos figuran el Acuerdo de París sobre el clima, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Nueva salvaguarda para el arroz europeo
La reforma del SPG introduce además cambios en materia de protección de determinados sectores comunitarios, en particular una salvaguarda específica para las importaciones de arroz en la Unión Europea. Se trata de un mecanismo diseñado para un producto considerado “sensible” para los agricultores europeos, que se activará automáticamente cuando las compras a un país tercero superen el umbral fijado.
Con este sistema se establecen contingentes arancelarios para el arroz y, si se detecta un incremento “significativo” de las importaciones por encima del promedio histórico de la UE, se impondrá un arancel de nación más favorecida durante un tiempo limitado, con el objetivo de evitar “perturbaciones graves en el mercado arrocero europeo”. El acuerdo precisa que este tipo de salvaguarda automática no se extenderá a otros productos agrícolas distintos del arroz.
El texto pactado define también salvaguardas específicas para las importaciones de textiles y etanol procedentes de países acogidos a los regímenes SPG y SPG+, aunque estas medidas no se aplicarán a los Estados clasificados bajo la iniciativa 'Todo menos armas' (EBA), que agrupa a los países menos desarrollados.
En cualquier caso, las salvaguardas previstas para los grupos SPG y SPG+ solo podrán activarse cuando el valor de las importaciones del país afectado supere el 6% del valor total de las compras de la UE del producto en cuestión y el 47% del total importado desde todos los beneficiarios del SPG.