Transportes impondrá desde el 5 de octubre la digitalización obligatoria de los documentos de control en carretera

Transportes obligará desde el 5 de octubre a digitalizar los documentos de control del transporte por carretera, en una primera fase basada en ficheros PDF.

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Conductor de un camión. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

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El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha difundido una resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril en la que se fijan las especificaciones técnicas para implantar, de forma obligatoria a partir del próximo 5 de octubre, la digitalización de los documentos de control administrativo requeridos en el transporte de mercancías y de viajeros por carretera.

Esta actuación, prevista en la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, pretende avanzar hacia un modelo de transporte “más innovador, eficiente, transparente y sostenible” sustituyendo el soporte en papel por soluciones electrónicas “más ágiles, más seguros y eficientes”.

Desde el ministerio recuerdan que los documentos de control administrativo son preceptivos en los servicios interiores con origen y destino dentro del territorio español, incluidas las operaciones de cabotaje, mientras que los servicios internacionales quedan fuera del ámbito de aplicación.

Requisitos de las aplicaciones y formato del DeCA

Las herramientas informáticas utilizadas deberán, según precisa Transportes, convertir los datos de los documentos de control administrativo en el caso de mercancías, o de las hojas de ruta en el caso de viajeros, en un fichero electrónico en cuanto se disponga de la información y, en todo caso, antes del inicio efectivo del servicio. De este modo se generará un documento electrónico de control administrativo (DeCA).

De acuerdo con la resolución, estos ficheros electrónicos se guardarán en un repositorio accesible para los agentes de control durante la prestación del servicio y en los controles en carretera, y cada fichero contará con una dirección web única y específica (URL).

En cuanto al DeCA, el archivo deberá tener formato PDF generado a partir de datos estructurados, por lo que “no serán válidos los ficheros obtenidos a partir del escaneo”, e incorporará en el propio documento un código QR que contenga la URL de descarga.

La citada URL deberá permitir el acceso a “toda persona habilitada”, de forma que los agentes de las fuerzas de vigilancia en carretera puedan consultar el PDF almacenado mediante una llamada a la URL para su descarga directa, opción que “se podrá desactivar” una vez concluido el servicio.

Si durante el trayecto fuera necesario modificar o actualizar el DeCA, se permitirá generar un nuevo fichero electrónico con un nuevo código QR, o bien alterar el documento ya existente añadiendo los datos actualizados y el motivo de la modificación, manteniéndose operativo el código QR original.

Además, en un único DeCA será posible reflejar varios servicios siempre que, en el transporte público de mercancías, el cargador contractual y el transportista efectivo coincidan exactamente en todos los envíos.

En el marco de una inspección del personal de Transporte Terrestre o de los agentes de vigilancia, el conductor deberá mostrar el DeCA con su código QR o, en su defecto, bastará con presentar “tan solo el código QR”.

Para acompañar esta transformación digital “realista, gradual y adaptada a la operativa”, la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha puesto en marcha jornadas formativas gratuitas para detallar el procedimiento, cuyo formulario de inscripción está disponible en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Por último, según subrayan desde el ministerio, esta primera etapa basada en el intercambio de archivos PDF servirá para preparar al sector nacional con el fin de “dar el salto” al Reglamento eFTI europeo, un modelo apoyado exclusivamente en datos y no en documentos, que las autoridades estarán obligadas a aceptar a partir de julio de 2027.

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