European doctors and scientists ask the European Commission for tobacco regulation based on scientific evidence

A group of 26 European scientists has urged the European Commission, chaired by Ursula von der Leyen, to review tobacco and nicotine regulation to align it with scientific evidence, warning that equating all nicotine products with conventional cigarettes "is not supported by evidence."

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A group of 26 independent scientists and public health experts from different European countries has sent a letter to the President of the European Commission, Ursula von der Leyen, and to members of the Community Executive to demand a review of the regulatory approach to tobacco and nicotine products, with the aim of aligning it with available scientific evidence.

The letter is accompanied by 131 scientific studies that were not included in the recent impact assessment report of the Directive published by the European Commission, with the intention that the Executive take this documentation into account.

The signatories express their concern about the possibility that the future European regulation starts from the premise that all nicotine products present risks equivalent to those of conventional cigarettes. In their opinion, this statement "is not supported by evidence". In this regard, they emphasize that "it is not supported by evidence to treat fundamentally different products in terms of public health risk as equals".

Experts recall that, although electronic cigarettes, heated tobacco, or nicotine pouches are not risk-free and must remain subject to strict regulation —especially to prevent their use by minors—, they cannot be equated in terms of danger to combustible tobacco. “It is equally incorrect to suggest that these products are as dangerous as smoking, or to regulate them as if they were,” they warn.

The main risk is tobacco combustion 

The letter emphasizes that the main risk factor of smoking is tobacco combustion, responsible for the release of toxic substances associated with cancer, cardiovascular and pulmonary diseases, and premature mortality. In contrast, they maintain that nicotine, although addictive, is not the main cause of these harms.

In this context, the signatories argue that the evaluation of non-combustion products should be done in comparison with the continued consumption of cigarettes, and not solely against total abstinence. “The key question is not whether these products are risk-free, but whether they are more or less harmful than continuing to smoke,” they point out.

Likewise, they warn that evaluating these alternatives exclusively against "non-use" can lead to regulatory decisions far removed from the reality of millions of adult smokers, for whom the immediate alternative is not to stop consuming nicotine, but to continue smoking.

Alert for confusion between nicotine and smoke

Scientists also warn of the confusion in public debate between nicotine and smoke, and point out that this equation can mislead both citizens and policymakers. “Confusing nicotine with smoke is not a minor technical error: it misinforms the public and can lead to bad legislation,” they point out.

In relation to the protection of minors, the signatories agree that it must be a priority, although they emphasize that this objective must not replace scientific rigor nor justify policies based on incorrect premises. In this regard, they indicate that international evidence shows that youth smoking has continued to decline in countries where there are non-combustion alternatives under strict regulatory frameworks.

Warning about the goal of a tobacco-free generation

Lastly, the letter warns that the European Union's goal of achieving a "tobacco-free generation" —defined as a prevalence of less than 5% by 2040— could be compromised if regulation does not adequately distinguish between different products.

“Legislating on the basis that all nicotine products are the same risks protecting the cigarette market rather than reducing it,” conclude the experts, who urge the European Commission to adopt a regulatory approach that reflects the risk continuum between products, clearly differentiates between the effects of combustion and nicotine, and follows the comparative approach requested by the European Parliament in its resolutions.

“Europe cannot claim to ‘follow the science’ in the fight against cancer while ignoring one of the most basic scientific distinctions: the difference between smoke and non-combustion products,” the letter concludes.

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¿En qué fase de tramitación se encuentra la revisión de la Directiva Europea sobre productos del tabaco y la nicotina?

Situación actual de la revisión de la Directiva Europea sobre productos del tabaco y la nicotina

La revisión de la Directiva Europea sobre productos del tabaco y la nicotina (TPD, por sus siglas en inglés) se encuentra actualmente en la fase preliminar del procedimiento legislativo europeo. La Comisión Europea está preparando la propuesta formal de la nueva directiva (“TPD 3”), con la consulta pública abierta y a punto de cerrarse a finales de abril de 2026. No existe aún un texto legislativo formal ni ha comenzado la tramitación parlamentaria; se prevé que la propuesta se presente a lo largo de 2026 y que el proceso legislativo se extienda hasta 2028 antes de su adopción y transposición nacional.

Fase de tramitación y calendario previsto

Actualmente, la Comisión Europea está en la fase de elaboración de la propuesta, realizando estudios de impacto y recopilando evidencia científica sobre los productos alternativos de nicotina (como cigarrillos electrónicos y tabaco calentado). La consulta pública, que recoge aportaciones de la industria, gobiernos y comunidad científica, está a punto de concluir (Philip Morris pide una regulación adaptada a los nuevos productos). Se espera que la propuesta formal de la TPD revisada se presente en 2026, tras lo cual comenzará el debate en el Parlamento Europeo, el Consejo y los trílogos interinstitucionales. Si se cumplen los plazos habituales, la directiva podría aprobarse entre 2027 y 2028, entrando en vigor en los Estados miembros a partir de 2028-2029 (Grecia pide prudencia ante la nueva directiva del tabaco de la UE).

Reacciones y contexto regulatorio

Diversos actores han reaccionado a la revisión:

  • Gobiernos: Grecia ha pedido cautela y un enfoque basado en la evidencia científica.
  • Comunidad científica: Un grupo de 26 expertos ha solicitado a la Comisión que distinga entre los riesgos del tabaco tradicional y los productos sin combustión (Médicos y científicos piden regulación basada en la evidencia).
  • Industria: Empresas como Philip Morris han participado activamente en la consulta pública, pidiendo una regulación adaptada a los nuevos productos.

La TPD vigente regula desde 2016 la fabricación, presentación y venta de productos del tabaco y nicotina, y la revisión busca actualizar el marco ante la evolución del mercado y la aparición de nuevos productos (Revisión de la Directiva Europea sobre tabaco).

Implicaciones para España y próximos pasos

España y otros países han recibido advertencias de la Comisión Europea sobre la necesidad de coordinar la regulación nacional con la revisión europea para evitar vulnerar el mercado único (Bruselas y CNMC alertan sobre la nueva ley antitabaco). El proceso legislativo europeo continuará tras la presentación de la propuesta formal, con debates y posibles enmiendas en el Parlamento y el Consejo.

Resumen

En conclusión, la revisión de la Directiva Europea sobre productos del tabaco y la nicotina está en fase prelegislativa, con la consulta pública a punto de cerrarse y la propuesta formal prevista para 2026. El proceso parlamentario y de adopción se espera para 2027-2028, con entrada en vigor posterior a la transposición nacional.

¿Qué cambios principales se prevén en la nueva Directiva Europea sobre productos del tabaco y la nicotina? ¿Cómo afectará la revisión de la directiva a la legislación española sobre vapeadores y productos alternativos? ¿Qué posición han adoptado los principales partidos políticos españoles respecto a la regulación europea del tabaco?

¿Cuáles son las competencias de la presidenta de la Comisión Europea en materia de salud pública y regulación del tabaco?

Competencias de la presidenta de la Comisión Europea en salud pública y regulación del tabaco

La presidenta de la Comisión Europea, actualmente Ursula von der Leyen, no tiene competencias ejecutivas directas en materia de salud pública o regulación del tabaco, ya que estas áreas recaen principalmente en los Estados miembros y en los comisarios responsables de salud. Sin embargo, la presidenta dirige la agenda política de la Comisión, coordina la acción de los comisarios y puede impulsar iniciativas legislativas europeas en salud pública, incluyendo la regulación del tabaco, dentro del marco de competencias atribuidas por los Tratados de la Unión Europea.

Marco competencial de la Comisión Europea en salud pública

Según los Tratados de la Unión Europea, la salud pública es una competencia de apoyo, lo que significa que la UE puede complementar las políticas nacionales, pero no sustituirlas. La Comisión Europea puede proponer legislación, coordinar acciones entre Estados miembros, financiar programas y promover campañas de prevención, pero la organización y prestación de servicios sanitarios sigue siendo competencia nacional.

En materia de salud pública, la Comisión puede:

  • Proponer directivas y reglamentos para armonizar aspectos específicos, como la regulación de productos del tabaco.
  • Coordinar respuestas ante amenazas transfronterizas para la salud.
  • Financiar proyectos y campañas de prevención.
  • Fomentar la cooperación entre Estados miembros.

Regulación del tabaco: papel de la Comisión y de su presidenta

La regulación del tabaco en la UE se basa principalmente en la Directiva 2014/40/UE sobre productos del tabaco, que establece normas sobre fabricación, presentación y venta de productos del tabaco y productos relacionados. La Comisión Europea, a través del comisario de Salud y Seguridad Alimentaria, es responsable de proponer revisiones y velar por la correcta aplicación de esta normativa.

La presidenta de la Comisión puede:

  • Incluir la revisión de la normativa sobre tabaco en las prioridades políticas de la Comisión.
  • Coordinar la acción de los comisarios para impulsar nuevas propuestas legislativas.
  • Representar a la Comisión en foros internacionales sobre salud pública y control del tabaco.
No obstante, la iniciativa técnica y la negociación recaen en el comisario competente y en los servicios técnicos de la Comisión.

Limitaciones y alcance

La presidenta de la Comisión Europea no puede imponer regulaciones directamente a los Estados miembros ni sustituir la acción nacional en salud pública. Su papel es de liderazgo político, coordinación y representación, asegurando que la Comisión actúe dentro de los límites de los Tratados y en colaboración con el Parlamento Europeo y el Consejo.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre iniciativas concretas recientes de la presidenta en este ámbito.

¿Qué directivas europeas regulan actualmente el consumo y la publicidad del tabaco? ¿Qué papel tiene el Parlamento Europeo en la aprobación de normas sobre salud pública? ¿Cómo se coordinan las políticas de salud pública entre la Comisión Europea y los Estados miembros?

¿Qué requisitos legales debe cumplir la Unión Europea para establecer nuevas normativas sobre productos con nicotina?

Requisitos legales para que la Unión Europea establezca nuevas normativas sobre productos con nicotina

Para que la Unión Europea (UE) apruebe nuevas normativas sobre productos con nicotina, debe cumplir una serie de requisitos jurídicos y procedimentales: contar con una base jurídica adecuada en los Tratados de la UE, respetar los principios de atribución, subsidiariedad y proporcionalidad, seguir el procedimiento legislativo ordinario (con iniciativa de la Comisión y codecisión entre Parlamento y Consejo), realizar una evaluación de impacto y consulta pública, e incorporar dictámenes científicos de agencias especializadas cuando la salud esté implicada. Este proceso asegura que la legislación sea legítima, eficaz y basada en evidencias.

Base jurídica en los Tratados

La UE solo puede legislar en materias para las que tenga competencia atribuida en los Tratados, principalmente el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Para productos con nicotina, las bases jurídicas más habituales son el artículo 114 TFUE (mercado interior), el artículo 168 TFUE (salud pública) y el artículo 169 TFUE (protección de consumidores). La elección de la base jurídica determina el alcance y el procedimiento legislativo aplicable.

Límites competenciales: atribución, subsidiariedad y proporcionalidad

La UE debe respetar el principio de atribución (solo actúa en competencias conferidas), subsidiariedad (solo interviene si los objetivos no pueden alcanzarse eficazmente a nivel nacional) y proporcionalidad (no exceder lo necesario para lograr los objetivos). Estos principios se evalúan durante la preparación y adopción de la normativa.

Procedimiento legislativo

El procedimiento habitual es el legislativo ordinario (artículo 294 TFUE): la Comisión Europea presenta la propuesta tras estudios y consultas, el Parlamento Europeo y el Consejo la examinan y enmiendan, y la norma se adopta cuando ambas instituciones coinciden en el texto. En casos específicos pueden aplicarse procedimientos especiales, pero para productos con nicotina el ordinario es el más común.

Evaluación de impacto y consulta pública

Antes de presentar la propuesta, la Comisión debe realizar una evaluación de impacto que analice las consecuencias económicas, sociales y medioambientales, incluyendo consultas públicas abiertas a ciudadanos, empresas y organizaciones. Esto garantiza transparencia y calidad normativa.

Intervención de agencias científicas

Cuando la normativa afecta a la salud pública, la Comisión puede solicitar dictámenes científicos a agencias como la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) u otras especializadas, para asegurar que las medidas se basan en evidencias científicas sólidas.

Resumen

En definitiva, la UE debe: (1) tener base jurídica adecuada, (2) respetar los límites competenciales, (3) seguir el procedimiento legislativo ordinario, (4) realizar evaluación de impacto y consulta pública, y (5) considerar dictámenes científicos cuando corresponda. Este marco garantiza la legitimidad y eficacia de la legislación europea sobre productos con nicotina.

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¿A quién fue dirigida la carta de los 26 científicos y expertos en salud pública sobre la regulación del tabaco?

Question 1 of 3

¿Cuál es el principal factor de riesgo del tabaquismo según los científicos firmantes de la carta?

Question 2 of 3

¿Qué advierten los expertos sobre regular todos los productos con nicotina como si fueran iguales?

Question 3 of 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?